Contratos de prestación de servicios con el Estado deberán ser para temas puntuales: director de Función Pública

César Manrique habló acerca de los nuevos lineamientos para estos acuerdos laborales en entidades estatales y resaltó la importancia de evitar la precarización del empleo público

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Contratos de prestación de servicios
Contratos de prestación de servicios con el Estado deberán ser para temas puntuales: director de Función Pública. Colprensa

Después de que el Gobierno de Gustavo Petro anunciara los nuevos lineamientos para el Plan de Formalización del Empleo Público en 2023, empezó una polémica alrededor de los contratos de prestación de servicios por parte del Estado. Al respecto, el director del Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), César Manrique, aseguró que esos acuerdos deben realizarse para fines puntuales y no para cumplir con misiones permanentes.

“Los contratos de prestación de servicio es para fines puntuales, nunca para cumplir misiones permanentes de las institucionales”, escribió el funcionario desde su cuenta de Twitter. De acuerdo con Manrique, las entidades disfrazan contratos reales en estos tipos de acuerdos laborales, por lo que incumplirían “los mandatos legales y constitucionales y se precariza el empleo público”.

En la revista Semana, el director señaló que en algunas ocasiones han utilizado los contratos de prestación de servicios como una forma de “clientelar”, por lo que se han generado “nóminas paralelas”. En ese sentido, “necesitamos administraciones públicas que cumplan las necesidades de las comunidades, para ello necesitamos servidores públicos con estabilidad laboral”.

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También comentó que si bien esos acuerdos laborales no tienen un límite de tiempo, cuando empiezan a tener un carácter permanente deben ser formalizados. “Las instituciones, cada dos años, por ley, deben revisar cargas laborales y ampliar la planta de ser necesaria”, añadió.

La polémica de las modificaciones a los contratos de prestación de servicios

Las declaraciones del director surgieron justo después de que se conociera la circular conjunta 01 de 2023, que pretende dignificar el empleo público y definió los lineamientos para los contratos de prestación de servicios. Entre esos se destaca que dichos acuerdos laborales se reducirán al máximo después de cuatro meses y los contratos que se hagan tendrán “plazos que nos superen los cuatro meses señalados”.

Ese límite de tiempo generó controversia, especialmente tras la respuesta del Ministerio del Trabajo. La cartera indicó que el Ministerio de Hacienda ya asignó el presupuesto para este año, por lo que la modificación de los contratos “es imposible de ejecutar”. También manifestó que observaron “con extrañeza que el DAFP haya emitido la circular (...) sin atender nuestras recomendaciones y los principios legales”.

Aun así, el Ministerio entregó algunas sugerencias en la misiva para hacer realidad ese proyecto. Las anotaciones están enfocadas en la importancia de sistematizar los datos que permitir determinar de que forma se podría hacer el tránsito; sin embargo, la cartera insistió en que se siga celebrando este tipo de contrato, por lo menos, hasta diciembre de 2023.

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César Manrique habló ante los micrófonos de Blu Radio y manifestó que las modificaciones estarían cumpliendo “una norma de orden constitucional y legal que es el principio del mérito”. Seguido a ello, explicó que “desafortunadamente en Colombia” los contratos de prestación de servicios son un instrumento “con el que cuenta la administración, unas habilidades y destrezas que no se pueden encontrar dentro de su nómina en áreas específicas”.

Ante ese panorama, la administración de Gustavo Petro busca “establecer cuántos servidores públicos necesita cada entidad”. Por eso, entre los lineamientos se resalta que las entidades estatales de la Rama Ejecutiva del orden nacional no podrán justificar la celebración de contratos de prestación de servicios de apoyo a la gestión cuando se pretenda fichar a personas naturales que ya tienen otros acuerdos de esta naturaleza.

Esta es la circular que emitió el DAFP junto con Agencia Nacional de Contratación Pública:

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