En las últimas horas, se dio a conocer que desde el Ministerio de Justicia se está preparando un borrador de proyecto de ley, que busca que los presos en Colombia puedan prestar servicios en diferentes entidades durante el día y regresar a las cárceles en las noches.
Las personas privadas de la liberta en las diferentes cárceles del país viven día a día problemas como el hacinamiento y las condiciones de vida dentro de las instalaciones. A pesar de algunas medidas como la prisión domiciliaria, la sobrepoblación de condenados en las prisiones del país es un problema que sigue preocupando.
Para intentar solucionar algunos de los inconvenientes que se viven actualmente dentro de los penales a lo largo del territorio colombiano, se conoció que el ministro Néstor Osuna está preparando un proyecto de ley que modifique la forma en que se cumplen las penas de prisión.
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Una de las medidas que busca implementar el MinJusticia es que la prisión domiciliaria y la prestación de servicios de utilidad pública se conviertan en un sustituto de la pena de prisión intramural, esto con el fin de que los presos puedan dejar las cárceles en el día para trabajar.
Según el Ministerio Público, los servicios de utilidad pública son “los que el condenado realice en beneficio de la sociedad, las cuales podrán consistir en labores de recuperación o mejoramiento del espacio público; apoyo o asistencia a las víctimas siempre que estas lo acepten; asistencia a comunidades vulnerables; realización de actividades de carácter educativo en materia cultural, vial, ambiental, y otras similares que permitan el restablecimiento del tejido social afectado por el delito.”
En el proyecto de ley, se especifica que la prestación de servicios de utilidad pública consiste en realizar trabajos no remunerados fuera de las cárceles en instituciones públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales.
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Según la medida, el condenado que cumpla con los requisitos deberá prestar sus servicios en una entidad pública un total de cinco horas por cada semana de privación de la libertad que tenga pendiente por cumplir, también se detalla que su horario de trabajo no puede superar las ocho horas diarias y que el total de horas semanales de servicio de utilidad pública será de 20.
Para lograr esto, el Ministerio de Justicia y del Derecho pretende buscar convenios con diferentes entidades públicas, organizaciones sin ánimo de lucro y no gubernamentales que se encuentren en capacidad de recibir a las personas que estén cumpliendo una condena.
Esa lista de entidades, según el documento, será entregada de manera trimestral al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, como también, será compartido por intermedio de los Consejos Seccionales de la Judicatura a los juzgados de conocimiento y de ejecución de penas y de medida de seguridad, todo esto, con el fin de mantener el control de los reclusos que salen diariamente de las cárceles.
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Dentro de los requisitos que los reclusos deben cumplir para acceder a este beneficio, estarían que la pena impuesta sea igual o inferior a seis años o que el condenado no cuente con antecedentes judiciales dentro de los cinco años anteriores, salvo por delitos que tengan como pena principal la cancelación de una multa.
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