Desde el portal web del Ministerio de Educación el viceministro de Preescolar, Básica y Media, Hernando Bayona Rodríguez, detalló la propuesta presentada por el ministro Gaviria, a finales de 2022, sobre incluir en la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 el artículo que permitirá favorecer la jubilación digna de los maestros en el país.
Conforme a lo explicado por el viceministro esta propuesta género un revuelo entre los directivos de FECODE, el cual permitirá a los docentes del magisterio, que actualmente están pensionados y aún siguen ejerciendo, contar con un mecanismo de compensación económico para que puedan gozar de una jubilación digna.
“Reconociendo y valorando su labor: una vida dedicada a la docencia. En esta columna pongo en contexto y explico brevemente la propuesta”, agregó Bayona.
El viceministro explicó que esta propuesta está dirigía a docentes del decreto 2277, con una edad igual o superior a 60 años, que están pensionados y aún trabajan. El proyecto busca generar un mecanismo de compensación económico que se otorgará a los docentes que voluntariamente decidan retirarse.
Bayona aclaró que aún no se ha definido el mecanismo que tendrá en cuenta el cálculo de la edad del docente actual y el tiempo que le queda hasta su retiro “forzoso”, 70 años.
“Es clave enfatizar el carácter voluntario que tendrá esta medida, pues cumple con el principio de libre elección sobre las trayectorias de vida que todos tenemos. Por esta razón, los docentes tendrán acceso a toda la información sobre el valor del mecanismo económico y la forma en que este opera para que puedan tomar la decisión sobre si aceptarlo o no”, aclaró el viceministro.
¿Cuáles son los decretos detallados?
Según Bayona, actualmente, coexisten dos decretos que regulan la carrera docente en el sector oficial, los cuales son: el decreto 2277 de 1979 y el 1278 de 2002. Entre estos decretos existen diferencias en cuanto a las condiciones de ingreso, ascenso, retiro y remuneración salarial.
El viceministro detalló que desde 2002 los docentes del sector oficial solo pueden ingresar a la carrera docente bajo el decreto 1278, la proporción de docentes del 2277 se ha venido reduciendo en los últimos 20 años.
Además, antes de 2002 todos los docentes de carrera del sector oficial pertenecían al estatuto 2277, para el 2022 el número de docentes de ese decreto bajó a 123 mil, lo que representa un 37 % del total de docentes del magisterio oficial.
Cabe resaltar que, las condiciones salariales de los docentes del 1278 son mejores que las del 2277, tanto al inicio de la carrera como al final de esta, preciso el viceministro. Bedoya comparó los salarios del 2022 de los estatutos, tanto en el momento de ingreso de la carrera como el salario al final de la escala salarial.
“Mientras que el salario inicial de un docente con título de normalista (grado 1) en el decreto 2277 es $1.458.671, en el decreto 1278 (grado 1A) es $1.980.920. Similarmente, ocurre con los docentes que ingresan al escalafón docente con título de licenciado. En el antiguo estatuto los licenciados iniciaban en el grado 7 con un salario de $2.098.960, mientras en el nuevo escalafón inician en el grado 2A con un salario de $2.493.127″, explicó Bedoya.
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Asimismo, el viceministro agregó que existen otras difénicas entre los decretos con relación a los máximos salarios que puede alcanzar los docentes. De acuerdo con Bayona el “nuevo” escalafón tiene mejores condiciones.
Es decir, que al final de la carrera docente un normalista en el decreto 2277 podría alcanzar máximo el grado 8, el cual que corresponde a un salario (año 2022) de $2.305.574, mientras que en el decreto 1278, el máximo grado para normalistas es 1D que corresponde a $4.035.219.
Otros elementos diferenciales
El viceministro señaló que existe otro factor diferencial, entre los dos estatutos, el cual es la compatibilidad o de no recibir pensión y salario simultáneamente, lo que se convierte en una clave para comprender el contexto en el que se elabora la propuesta y que tiene que ver con las condiciones de retiro.
Cabe resaltar, que a la fecha cerca de 80 mil docentes del sector oficial cobijados por el decreto 2277, que actualmente laboran, se encuentran pensionados. “Este decreto permite que los docentes se pensionen jóvenes, 55 años; sin embargo, esta no es la única razón para continuar trabajando una vez se pensionan y muchos siguen hasta los 70 años”, sumó Bayona.
Uno de los puntos que resaltó el viceministro sobre el porqué del no retiro de labores, después de pensionarse, fue detallado por un grupo de docentes que manifestó que la principal razón corresponde a un tema económico.
¿Qué busca la medida?
El viceministro enfatizó sobre el carácter voluntario que tendrá esta medida, la cual cumple con el principio de libre elección sobre las trayectorias de vida “que todos tenemos”. En consecuencia, los docentes tendrán acceso a toda la información sobre el valor del mecanismo económico y los medios en que este opera, para que puedan tomar la decisión sobre si aceptan o no.
Finalmente, Bayona agregó que desde el ministerio se sienten convencidos de que esta apuesta continuará consolidando la dignificación de la profesión docente y seguir poniendo en el centro la educación.
“Invitamos a todos los actores e instancias gubernamentales, legislativas, de sociedad civil y, especialmente, a los docentes del país, a que se sumen a esta iniciativa, y podamos viabilizar y concretar este proyecto en el 2023 en el marco del Plan Nacional de Desarrollo que está actualmente en proceso de construcción”, concluyó el viceministro.
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