Hacienda de Bogotá invitó a los deudores de impuestos, a ponerse al día con sus obligaciones tributarias

La secretaría, como entidad pública, tiene la obligación de remitir a la Contaduría General de la Nación el listado de los contribuyentes que registran deudas pendientes

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La secretaría de Hacienda remitió a los deudores a los tutoriales para pagar a través de la página de la secretaría. REUTERS/Luisa González. REUTERS/Luisa González
La secretaría de Hacienda remitió a los deudores a los tutoriales para pagar a través de la página de la secretaría. REUTERS/Luisa González. REUTERS/Luisa González

La Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), entidad que a finales de diciembre del 2022 publicó el calendario tributario para que los capitalinos paguen sus impuestos, invitó a los contribuyentes este 7 de enero, a que por favor presenten los saldos pendientes por pagar, tanto de los impuestos de ICA, ReteICA, Delineación Urbana, Predial y de Vehículos, para que se pongan al día con Bogotá.

Por tal motivo, en estos momentos la entidad se encuentra enviando más de 100 mil comunicaciones por varios canales de contacto, tales como mensajes de texto, correos electrónicos y correos físicos a los ciudadanos que no han cumplido con el pago de sus impuestos, para que se pongan al día, antes de que tengan que comenzar a pagar los tributos de este nuevo año.

A este respecto, es importante tener presente que la Secretaría de Hacienda, como entidad pública, tiene la obligación de remitir a la Contaduría General de la Nación el listado de los contribuyentes que registran deudas pendientes por impuestos distritales, para que sean reportados en el Boletín de Deudores Morosos del Estado (BDME).

En dicha herramienta para identificar a los deudores morosos son reportadas todas aquellas personas naturales y jurídicas que tienen contraída una obligación con una entidad pública, cuya cuantía supera los cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) y más de seis meses de mora.

Así mismo, también registra a aquellas personas que, habiendo suscrito un acuerdo de pago, lo hayan incumplido.

“Invitamos a los ciudadanos a efectuar el pago de sus obligaciones tributarias para atender oportunamente las necesidades básicas de los habitantes más vulnerables. Les sugerimos ingresar al Boletín de Deudores Morosos del Estado, ubicado en el sitio web de la Secretaría de Hacienda, a fin de conocer sus obligaciones tributarias pendientes de pago, generar los recibos y realizar los pagos correspondientes”, enfatizó la directora de Cobro de la SDH, Karem Liliana Conde.

Tutoriales de pago

Para facilitar los pagos, la entidad Distrital precisó que, a través del micrositio, “Cero deudas con Bogotá”, habido en la página web de la Entidad, se encuentran disponibles los tutoriales para el pago de impuestos de años anteriores, así como las entidades bancarias y mecanismos autorizados para el pago y la información relativa de quiénes deben solicitar recibos de pago de forma presencial.

Finalmente, la Entidad reiteró la invitación a la ciudadanía a estar al día con Bogotá y enfatizó en un hecho: las comunicaciones son de carácter informativo, todos los trámites son gratuitos y no se requieren de intermediarios para adelantarlos.

“Si se tiene alguna duda en lo referente al pago de las obligaciones tributarias o se requiere verificar la autenticidad de una comunicación, es fundamental consultar a través de los canales oficiales de la Secretaría”, indicó la cartera respectiva.

El calendario de este 2023

Punto aparte, vale recordar que esta entidad dio a conocer, el 27 de diciembre de 2022, el calendario tributario 2023, según el cual los contribuyentes tienen plazo para declarar y pagar el impuesto Predial, sin descuento ni sanción, hasta el 14 de julio y con 10 % de descuento, hasta el 12 de mayo.

De igual forma, precisó que los contribuyentes podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses, siempre que presenten la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) a más tardar el 26 de mayo de 2023.

Los vencimientos serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y cuarta, el 1 de diciembre.

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