Procuraduría pide respuestas a la ANLA por daños ambientales ocasionados por la hidroeléctrica de Sogamoso

La central, con 820 MW, es la cuarta con mayor capacidad instalada en el país

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La hidroeléctrica genera el equivalente
La hidroeléctrica genera el equivalente al 10 % de la energía que requiere el país. Colprensa

Debido a las reiteradas quejas por parte de la comunidad de Sogamoso por presunta afectación al ecosistema ambiental, la Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) informar el seguimiento que realiza a la licencia de operación de la Central Hidroeléctrica Sogamoso y al Embalse Topocoro.

Según los pobladores ribereños, pescadores y comunidades campesinas afectadas, el bajo nivel en el caudal del río ocurre por la apertura y el cierre de las compuertas de la hidroeléctrica propiedad de Isagén.

De acuerdo con lo expresado por los habitantes, estas afectaciones se han presentado, especialmente, durante la temporada invernal de 2022 y podrían extenderse hasta febrero de 2023.

En la acción preventiva adelantada por el ente de control, el Ministerio Público exhortó al director general de la ANLA, Rodrigo Negrete Montes, a remitir los últimos informes técnicos de seguimiento a la licencia ambiental otorgada.

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Se solicitó precisar los datos sobre el caudal ecológico del río Sogamoso y el control aplicado para que dicho caudal permita conservar la función ecológica del afluente y el recurso pesquero e hidrobiológico. La petición se realizó a través de la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.

La Central Hidroeléctrica Sogamoso, con 820 MW, es la cuarta hidroeléctrica con mayor capacidad instalada en el país. Cuenta con la presa La Tora, de 190 metros de altura, y una casa de máquinas con las tres unidades de generación más grandes de Colombia.

En la petición, que se realizó el 6 de enero, la Procuraduría General señaló que es necesario y oportuno revisar el seguimiento que despliega la ANLA, “para evitar riesgos al recurso íctico por la disminución de la población de peces frente a posibles patrones migratorios, afectando la sostenibilidad ambiental y la de los habitantes que dependen del río.”

Según información oficial de la hidroeléctrica, la central genera el equivalente al 10 % de la energía que requiere el país. En cuanto a las ventas brutas, por transferencias de ley, se gira mensualmente el 6 % a los municipios de la cuenca del río Sogamoso: Girón, Betulia, Zapatoca, Los Santos, San Vicente de Chucurí y Lebrija.

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También se le gira un dinero a las Corporaciones Autónomas Regionales de Cundinamarca (CAR), a la Corporación Autónoma Regional de Boyacá (Corpoboyacá), a la Corporación Autónoma Regional para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (CDMB) y a la Corporación Autónoma Regional de Santander (CAS).

Finalmente, la Procuraduría invitó a la ANLA a ejecutar de manera urgente las actuaciones de seguimiento y control a la operación de la Central Hidroeléctrica Sogamoso y al Embalse Topocoro, así como la evaluación al cumplimiento de la Resolución 0476 del 17 de mayo de 2000.

Dicha resolución le advierte a Isagén que, en caso de que el proyecto requiera el levantamiento total o parcial de veda, deberá tramitar el correspondiente pronunciamiento ante la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente.

El Embalse Topocoro está ubicado a una hora y media de Bucaramanga, es un espejo de agua que abarca 7.000 hectáreas en seis municipios del departamento de Santander y es desde donde se saca el agua para impulsar la hidroeléctrica de Sogamoso.

El Topocoro fue construido al pie del parque natural Serranía de los Yariquíes, una reserva natural para preservar el hábitat de jaguares, pumas y tigrillos, así como otras especies endémicas de la zona.

La petición de la Procuraduría General finalizó con la necesidad de “realizar la ejecución del Proyecto Hidroeléctrico Sogamoso con el fin de garantizar su adecuada operación, así como el derecho al goce de un ambiente sano, especialmente de las comunidades aledañas a esta obra”.

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