Álvaro Córdoba, hermano de la senadora Piedad Córdoba, afronta actualmente un proceso para ser extraditado a Estados Unidos por el delito de narcotráfico y, con la intención de frenar su traslado, presentó una tutela por la supuesta vulneración del debido proceso, la dignidad y el principio de legalidad. Este jueves 5 de enero, el Consejo de Estado le negó la petición y dejó en firme la decisión del Corte Suprema de Justicia y el Gobierno nacional.
El recurso que entregó el oriundo de Antioquia aseguraba que la Presidencia de la República, el Ministerio de Justicia y la Corte Suprema de Justicia habían vulnerado sus derechos al aceptar la solicitud de extradición. De acuerdo con el diario El Espectador, los tres cargos por los que fue acusado Córdoba se realizaron en el territorio colombiano, por lo que la defensa alegó que solo “se puede extraditar a un ciudadano colombiano por delitos cometidos en el exterior”.
El caso de Álvaro Córdoba empezó el 3 de febrero de 2022 cuando fue capturado en la Operación Coral en el barrio El Poblado, en Medellín, por intentar hacer un envío de más de 3.000 kilos de cocaína al mes. El hermano de la senadora del Pacto Histórico fue señalado de brindarle apoyo logístico a la subestructura de alias Gentil Duarte y alias Iván Mordisco de las disidencias de las extintas Farc.
Tras su arresto, la corte federal del Distrito Sur de Nueva York solicitó su extradición, que fue avalada por la Corte Suprema el 17 de agosto de 2022. La Sala Penal accedió a la petición, pero no por todos los delitos: Álvaro Córdoba solo deberá responder por el cargo de narcotráfico ante Estados Unidos, pues en el fallo se determinó que los otros dos —tráfico y porte de armas— “ocurrieron en territorio colombiano” y no tienen injerencia en el país norteamericano.
La orden de traslado llegó al despacho del Ministerio de Justicia y fue firmada por el presidente Gustavo Petro el 23 de noviembre del año pasado. Ante esa decisión, la defensa del recluso en la cárcel La Picota le solicitó al Consejo de Estado evaluar los derechos al debido proceso, la dignidad y el principio de legalidad y le pidió que se niegue el concepto de la Corte Suprema que da luz verde a la extradición.
La decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado determinó que la tutela no tenía lugar debido a que el delito de narcotráfico no solo se limita al lugar donde se cometió, a diferencia de los otros dos cargos que fueron considerados como “desfavorables” por la Corte Suprema de Justicia. En ese sentido, no habría una vulneración a los derechos fundamentales de Córdoba.
“Dada la conducta penal reprochada no se trata, únicamente, de la ubicación del sujeto activo al momento de la comisión de la conducta, como lo pretende hacer ver la parte actora, sino del lugar donde esta se materializa, siendo, en el asunto bajo estudio, en los Estados Unidos de América”, se lee en el fallo conocido por el diario El Espectador.
Cabe destacar que en diciembre del año pasado, el Consejo de Estado ya había definido que la decisión que se tomó desde la Casa de Nariño fue “respetuosa del derecho al debido proceso”. Para el tribunal, el Gobierno nacional siguió las normas aplicables como los artículos 499, 500 y 501 de la Ley 906 del 2004 o el Código de Procedimiento Penal.
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