Tras finalizar 2022 son varios los colombianos a los que la prima de servicios de diciembre se les esfumó, por lo que cuentan los meses para llegar a junio y recibir de nuevo este pago. Con lo que no cuentan, es que en enero se efectúa otro pago extra: los intereses de las cesantías. Cabe recordar que este pago es una obligación que deben cumplir las compañías con sus colaboradores.
Ahora, el pago de la prestación social, a la que se tiene derecho como trabajador vinculado a un contrato fijo o a término indefinido, se liquida de forma anual con corte al 31 de diciembre. En el caso de que el empleado no haya cumplido un año, la empresa deberá promediar los días laborados para generar así el aporte a los fondos de cesantías.
Asimismo, este pago es consignado en el fondo de cesantías de preferencia del colaborador y permite contar con un dinero extra cuando este lo necesite, ya sea para vivienda, emprendimientos o educación.
Las personas que coticen cesantías y deseen hacer uso de estas, deberán tener presente que la forma de solicitud o de tramitación varía según los lineamientos de los fondos responsables (Protección, Colfondos, Porvenir, Fondo Nacional del Ahorro) de este alivio monetario.
Compra o remodelación de vivienda (Protección).
El empleado puede retirar sus cesantías para construir vivienda, liberar embargos, pagar impuestos predial o contribución de valorización. Los requisitos solicitados son:
- Carta del empleador dirigida a Protección autorizando el retiro de las cesantías. En este se debe incluir el nombre del trabajador, número y tipo de documento de identidad y monto a retirar.
- Incluir datos del empleador: razón social, tipo y número de identificación. Esta carta no puede presentar tachones, enmendaduras o estar mal diligenciada. Si el proceso de retiro es virtual, la carta de retiro puede estar escaneada en un solo archivo o imagen.
- El retiro podrá ser transferido a una cuenta o a nombre de una empresa o una persona diferente al solicitante, cuando el empleado solicite el retiro en la línea de servicio y presente la copia de la promesa de compraventa, la carta de asignación del subsidio (cuando aplique) y la carta de autorización del afiliado para girar los dineros.
- El pago por transferencia bancaria solo se efectúa en entidades registradas en Protección o se podrá reclamar personalmente en Bancolombia, Davivienda, o corresponsales bancarios Pagafácil, Reval o Multipagas, esto según la ciudad en que se encuentre.
- El solicitante debe revisar el saldo de las cesantías antes de iniciar con el retiro. Deberá ingresar el valor autorizado por el empleador en la carta. Si el colaborador ingresa un valor superior la solicitud esta será rechazada.
Para educación (Protección).
Esta opción permite realizar pagos de matrículas en programas de educación superior, posgrados, educación continua y programas para el trabajo y el desarrollo humano, así como de programas de idiomas, de educación con títulos acreditados por el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.
Requisitos:
- Liquidación de la matrícula vigente de la institución educativa, original o copia, sin cancelar.
- Certificado de la liquidación, este debe incluir la siguiente información: nombre de quién se matricula (afiliado o beneficiario), valor de la matrícula, forma de pago y NIT de la entidad de educación superior.
- Retiro para alguno de los beneficiarios: es necesario presentar los documentos que evidencie su relación, como por ejemplo el registro civil, o las declaraciones extrajuicio.
- Para los hijos del cónyuge, que no sean hijos reconocidos legalmente por el afiliado, no se podrán hacer retiros para educación superior.
- Si el beneficiario es hijo, se debe adjuntar el registro civil de nacimiento.
- Si el beneficiario es cónyuge, se debe adjuntar el registro civil de matrimonio.
- Si es para compañera o compañero permanente, se debe anexar una declaración extrajuicio donde especifique el tiempo de convivencia (tener presente que este debe ser mínimo de 24 meses).
Para créditos educativos (ICETEX u otros).
- Si el retiro es para alguno de los beneficiarios, es necesario presentar los documentos que demuestren la relación, como el registro civil (nacimiento o matrimonio, dependiendo del caso) y las declaraciones extra-juicio.
- Certificado de crédito otorgado y estado de cuenta. Debe contener el nombre e identificación del deudor, saldo de la deuda o valor a pagar.
- El pago se generará a nombre de la entidad prestadora correspondiente.
Para seguros educativos.
- Se debe aportar el certificado de existencia y representación de la entidad con la que contrajo el seguro educativo.
- Póliza de seguro suscrita con la entidad.
- Copia de la factura o cuenta de cobro, con destino a la entidad con la cual contrató el seguro.
- Se debe acreditar la calidad de hijo, cónyuge y compañero permanente del titular de los recursos. Igualmente, se debe acreditar que dichos recursos son destinados directamente a educación.
- Si el valor del comprobante de pago es superior al saldo de la cuenta, se generará un pago a nombre de la institución que será parcial, por lo que el estudiante deberá solicitar a la institución un nuevo recibo por el valor faltante.
Por terminación de contrato.
Estos son los requisitos solicitados por Protección para realizar la solicitud de retiro de cesantías por motivo de terminación de contrato laboral:
- Carta escaneada de retiro autorizada por el empleador en un solo archivo o foto. Tener a la mano el tipo y número de identificación del empleador.
- La carta debe contener los nombres y el número de identificación del afiliado y del empleador.
- Aplica pago por transferencia bancarias registradas en Protección o se podrá reclamar personalmente el dinero en Bancolombia, Davivienda o en corresponsales bancarios Pagafácil, Reval o Multipagas, según la ciudad en la que se encuentre.
- El solicitante debe revisar el saldo de las cesantías antes de iniciar con el retiro. Deberá ingresar el valor autorizado por el empleador en la carta. Si el colaborador ingresa un valor superior la solicitud esta será rechazada.
Por otro lado, las personas que se encuentren afiliadas a la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Porvenir, y que deseen hacer un retiro parcial de este ahorro, debe presentar una carta del empleador realizada, según aplique, con sus pertinentes membretes, encabezados, pies de páginas, sellos y firmas, señalando:
- Nombre o razón social del empleador, junto con el tipo y número de identificación.
- Nombres y apellidos del solicitante (empleado), junto con el tipo y número de identificación.
- Datos de contacto del empleador.
- Salario devengado (empleado).
- El monto de la disminución del ingreso mensual.
Porvenir señaló que este retiro aplica para trabajadores con licencia no remunerada, suspensión del contrato de trabajo, por disminución de salario (el cual se aplicó desde la cuarentena), para vivienda, educación o para alguna emergencia económica.
Para realizar el proceso de retiro de las cesantías, de manera virtual, los solicitantes deberán seguir los siguientes pasos:
- Ingresa a la página de Porvenir.
- Acceder en ‘Retira tus cesantías en línea’.
- En este espacio se ´podrá elegir entre ‘Iniciar solicitud’ o ‘Consultar estado de una solicitud’.
- Cuando se selecciona ‘Iniciar solicitud’ el sistema lo transferirá a ‘Solícita el retiro de tus Cesantías’, donde se deberá registrar los datos del afiliado y los datos del empleador para comenzar con el requerimiento.
- Al realizar la solicitud del retiro de las cesantías, podrá validar la petición en ‘Consultar estado de una solicitud’, ingresando el número de documento y de solicitud.
Requerimientos de Colfondos
Retiro de cesantías para educación. Las personas inscritas en Colfondos podrán hacer este retiro a través de las oficinas o por medio del portal online .colfondos.com.co, y deberán presentar los siguientes documentos:
- Recibo de matrícula original y fotocopia por parte de la Institución de Educación Superior o instituciones que imparten programas técnicos en artes y oficios, que estén aprobados por autoridades de educación departamental.
- Copia de la resolución de aprobación de la institución educativa y constancia de la aprobación del respectivo programa educativo para los casos de educación; para el trabajo y desarrollo.
- Documentos de identificación de los beneficiarios.
- Registro Civil de Matrimonio o de Nacimiento, según sea el beneficiario (cónyuges y/o hijos).
- Declaración extrajuicio para compañeros permanentes.
- Hijastros: Registro Civil de nacimiento, declaraciones extra juicio ante notario donde el afiliado especifique que responde económicamente por su hijastro y Registro civil del matrimonio o declaración extra - juicio para compañeros permanentes.
En caso que el afiliado desee hacer el retiro a través de Reval o Multipagas deberá presentar:
- Copia del recibo que indica el valor de la matrícula expedido por una institución de educación superior o por instituciones que impartan programas técnicos en artes u oficios aprobados por las correspondientes autoridades del sector educativo distrital, departamental o nacional.
Este recibo debe contener la siguiente información:
- Nombre y NIT de la institución.
- Área de estudio.
- Duración del programa.
- Valor.
- Forma de pago de la matrícula.
- Documentos de identificación de los beneficiarios:
- Registro Civil de Matrimonio o de Nacimiento según sea el beneficiario (cónyuges y/o hijos).
- Declaración extra juicio para compañeros permanentes.
- Hijastros: Registro Civil de nacimiento, declaraciones extra juicio ante notario donde el afiliado especifique que responde económicamente por su hijastro y Registro civil del matrimonio o declaración extrajuicio para compañeros permanentes.
Para vivienda.
- Carta original del empleador en la que certifique: nombre y número de documento de identidad del trabajador, concepto de retiro y valor del retiro.
- En caso de realizar esta solicitud de forma presencial, debe presentar documento de identidad original.
Por concepto de terminación de contrato.
- Carta original dirigida a Colfondos, emitida por el Empleador, y debidamente firmada y sellada, informando la terminación de contrato.
Por conversión a salario integral.
- Carta original dirigida a Colfondos, emitida por el Empleador, y debidamente firmada y sellada, informando la conversión a salario integral.
Por sustitución patronal
- Carta original dirigida a Colfondos, emitida por el empleador, y debidamente firmada y sellada, informando el cambio de empleador. En caso de que el solicitante realice esta solicitud de forma presencial, debe presentar su documento de identidad original.
Otros retiros: Como trabajador independiente se podrá retirar las cesantías simplemente presentando la solicitud. Documentación requerida para este tipo de retiro:
- Documento de identidad original o copia del afiliado.
- Documento adicional a cédula de ciudadanía con foto y número de cédula.
Fondo Nacional del Ahorro
El Fondo Nacioal indicó que las cesantías pueden ser utilizadas para compra o remodelación de vivienda, educación superior del trabajador, su cónyuge, hijos e hijastros; compra de acciones de entidades públicas, compra de póliza para seguros educativos, apertura de cuenta de Ahorro Voluntario Contractual (AVC) o por terminación del contrato de trabajo.
Además, señaló que los afiliados al podran tramitar el retiro de las cesantías a través de los puntos a nivel nacional o por medio del fondo en línas y App. Estos son los pasos a seguir para efectuar el tramite desde los canales virtuales (Fondo en línea y APP):
- Aplica para los retiros de cesantías que tengan saldo positivo y que no tengan: pignoración, embargo, estado especial o crédito con el FNA.
- Los pagos solo se efectuarán a la cuenta bancaria del Consumidor Financiero, de lo contrario el dinero será reintegrado.
Los destinos económicos que se pueden utilizar son:
- Compra de vivienda o lote, construcción o mejora de vivienda.
- Educación (matrícula y/o pensión) (PCE).
- Desvinculación laboral / desvinculación laboral dejando saldo.
Cabe resaltar que las solicitudes radicadas por este medio no requieren de presentación de documentos físicos, ya que los requisitos necesarios para la tramitación serán establecidos, validados y aprobados por el empleador; conforme al Decreto 1562 de 2019 en su Artículo 1 parágrafo 1, a través de la página web.
Este es el listado de documentos para el retiro de cesantía a través de los puntos a nivel nacional. Encuentre aquí los sitios de atención al solicitante: Puntos de Atencion.
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