El Gobierno nacional reveló el martes 3 de enero los decretos con los cuales establece el cese al fuego bilateral con las organizaciones armadas que anunciaron estar dispuestas a someterse a negociaciones para abandonar sus actividades ilícitas. Entre estas, se encuentran las disidencias de las Farc al mando de alias ‘Iván Mordisco’, la denominada ‘Segunda Marquetalia’ y el ELN.
Aquellos decretos, firmados por el presidente Gustavo Petro, no solo establecen el cese al fuego, que va desde el primero de enero hasta el 30 de junio de 2023, sino que explican los mecanismos de monitoreo y verificación, las instituciones que estarán a cargo de hacer la veeduría de cumplimiento y el tratamiento que se la dará a cada uno de los grupos alzados en armas.
De esta manera, se detalla que a las disidencias de Iván Mordisco y al ELN se les dará tratamiento de organización política, por lo cual se adelantaría con ellos un proceso de paz; mientras que las Autodefensas Gaitanistas de Colombia (AGC), las Autodefensas Conquistadores de la Sierra Nevada y la Segunda Marquetalia no tendrán la misma condición de estatus político, y se le aplicará un proceso de sometimiento a la justicia.
Esta diferencia implica que los grupos reconocidos como organizaciones políticas podrían obtener algún tipo de participación política, como ocurrió con las Farc. En cambio, los grupos que no obtienen este reconocimiento solo podrán negociar con el Gobierno.
Las disidencias de la Segunda Marquetalia no tendrán el status político porque su comandante, Iván Márquez, ya participó en negociaciones de paz anteriormente, como parte de la guerrilla de las Farc (con los gobiernos de Belisario Betancur y Juan Manuel Santos), llegando incluso a obtener una curul en el Senado luego del acuerdo de 2016, y traicionando lo pactado posteriormente.
Esto se debe a que la sentencia C-080 de 2018 de la Corte Constitucional, con la que se declaró exequible la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), establece que el incumplimiento de lo pactado puede impedir que el compareciente acceda a los beneficios de la justicia transicional o que luego los pierda luego de haber sido otorgados. Por eso, las disidencias de Iván Márquez entrarán a un proceso de sometimiento a la justicia.
“En torno a facilitar la instalación de una mesa de diálogo y lograr el sometimiento a la justicia y su desmantelamiento, y acorde a los procedimientos para la ejecución del acuerdo del Cese al Fuego Bilateral Temporal y los protocolos pertinentes”, se lee en el decreto para la Segunda Marquetalia.
De igual forma, en la misma sentencia se señala que la JEP evaluará si la comisión de un nuevo delito significa la violación de las condiciones del Sistema de Verdad, Justicia, Reparación y No repetición que merezca una expulsión del sistema de justicia transicional, por lo cual el compareciente deba ser enviado a la justicia ordinaria.
Por su parte, las disidencias de alias Iván Mordisco nunca participaron anteriormente en un proceso de paz con el Ejecutivo, pues cuando empezaron las negociaciones en La Habana, él ya había anunciado que se mantendría en armas.
“Ordenar la suspensión de operaciones militares y operativos policiales en contra de los miembros del Estado Mayor Central FARC-EP que participen en el proceso de paz y se encuentren dentro de los procedimientos para la ejecución del Acuerdo del Cese al Fuego Bilateral Temporal y los protocolos pertinentes”, dice el decreto para las disidencias de alias Iván Mordisco.
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