Estos son los servicios de los que más se quejan los colombianos: la Superitendencia de Industria y Comercio reveló el informe

Los sectores que mayor incomodidad le generaron a los colombianos fueron por temas de salud, servicios públicos y el incumplimiento en las garantías ofrecidas en la compra de productos o servicios

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De igual forma se indicó que el mayor número de quejas se concentraron en la región Andina. EFE/ Mauricio Dueñas/Archivo
De igual forma se indicó que el mayor número de quejas se concentraron en la región Andina. EFE/ Mauricio Dueñas/Archivo

De acuerdo a un informe revelado por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), durante el 2022 cerca de 300.934 ciudadanos en Colombia depositaron sus quejas por vulneraciones de sus derechos como consumidores.

Según indicó la entidad sobresalen tres sectores que concentraron el mayor porcentaje de descontento de los ciudadanos colombianos. La SIC reveló que las mayores quejas fueron enfatizadas en los servicios médicos con un 34%, los servicios públicos con un 20% y finalmente por las garantías ofrecidas en la compra de productos o servicios con un 16%.

El Superintendente de Industria y Comercio (e) Juan Camilo Durán indicó: “Los resultados confirman que la salud, los servicios públicos domiciliarios y la garantía de los productos y servicios adquiridos siguen siendo las tres grandes prioridades en materia de atención para los ciudadanos”.

De igual manera se especifica en el reporte las regiones que concentraron en mayor parte el número de las quejas: “El mayor número de registros se dio en la región andina, con 177.826 colombianos atendidos, representando el 59 %. Luego la región caribe con 74.183 atenciones (24 %) y la región pacífica con 31.874 (10 %). Así mismo, se atendieron un total de 66.597 ciudadanos pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3, que equivalen al 22 %”.

Sobre más información de Superintendencia: fue suspendido el proceso de venta de la empresa de acueducto, aseo y alcantarillado de Barranquilla, Triple A. Esto debido a una carta enviada por Dagoberto Quiroga, quien es el Superintendente de Servicios Públicos y quien le señaló a la Sociedad de Activos Especiales (SAE), que el proceso de enajenación de la Triple A solamente puede hacerse mediante una subasta pública y no por medio de un contrato de compra y venta de acciones con Alumbrado Públicos de Barranquilla por un valor de 565 mil millones de pesos.

Precisamente Quiroga indicó que tras consultar a firmas expertas, el avaluó sería de 800 mil millones de pesos, algo que ha resaltado también el presidente de la Sociedad de Activos Especiales Daniel Rojas, quien indicó durante una rueda de prensa: “el estudio de valoración de la empresa basado en los supuestos macroeconómicos del Banco de República, en un escenario conservador, arroja una valoración por $2,4 billones y como el 82 por ciento lo administra la SAE, podríamos decir que administramos una propiedad valorada en $1,9 billones, este contrato se suscribió en algo cercano a los $500 mil millones y allí encontramos una primera preocupación”.

Algo también enfatizado por Superservicios en su carta emitida a la SAE: “La comparación entre el avalúo realizado para la venta y el que se realizó por la Superservicios, evidencia una notable diferencia en el valor de la empresa, lo cual ameritaría, al menos una suspensión transitoria del trámite de enajenación mientras las partes revisan los antecedentes o los órganos de control verifican los hechos”.

Otro de los apartados resaltados en el texto a la SAE es que una vez efectuada la compra por Alumbrados Públicos de Barranquilla la participación pública disminuyó un 23% mientras que el sector privado aumentó un 23%.

Precisamente desde la SAE indicó el presidente Rojas que el contrato estará suspendido hasta que los entes de control aclaren el complejo panorama: “la Superintendencia nos ha sugerido una suspensión temporal del contrato hasta que la Contraloría, que nos ha citado el 14 de enero a las partes para esclarecer el documento, no tenga una decisión en firme, y como la SAE no puede suspender unilateralmente el contrato, nuestra decisión es la de abstenernos de ceder la participación accionaria hasta tanto no haya una declaración en firme de los órganos de control”.

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