En enero continúa el pico y placa en Bogotá

A diferencia de otros años, en el primer mes de 2023 no se levantará la medida de restricción de vehículos en la capital

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Foto vía bogotá.gov.co
Foto vía bogotá.gov.co

En 2023, a diferencia de otros años, no se levantó la medida de pico y placa para vehículos particulares, de transporte de pasajeros y para el servicio de transporte especial. Por lo tanto, debe tener en cuenta los horarios y restricciones para la flota vehicular que se moviliza por las vías de la capital.

Aunque las nuevas medidas respecto a las restricciones de movilidad tomadas por la Alcaldía de Bogotá han causado polémica, sólo comenzarán a regir a partir del 10 de enero, una vez hayan terminado las celebraciones de fin de año. El nuevo pico y placa irá hasta el mes de abril de 2023.

Para los carros particulares, del dos al seis de enero de 2023, primera semana del año, las medidas de pico y placa en Bogotá seguirá rigiendo con total normalidad: los días pares no pueden circular los vehículos con placas finalizadas en 0,2,4,6 y 8; por otro lado, los días impares no pueden movilizarse los vehículos cuyas placas finalizan en 1,3,5,7 y 9.

Sin embargo, a partir del martes 10 de enero, comenzará a regir el nuevo pico y placa en la capital, medida que se mantendrá por cuatro meses hasta abril de 2023.

Con la nueva medida, los carros con placas terminadas en 1,2,3,4 y 5 podrán circular los días impares; mientras que los días pares, sólo pueden circular los vehículos con placa terminada en 6,7,8,9 y 0.

Aunque los cambios en las restricciones comienzan a mitad de mes, las sanciones por el incumplimiento a la medida de pico y placa se van a mantener, y como está estipulado en el Código Nacional de Tránsito, la infracción C 14 “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente” tiene una multa equivalente en el 2022 a $488.500 pesos, más la inmovilización del vehículo.

Cronograma de pico y placa en enero

En la primera semana del nuevo año el pico y placa se mantendrá como es usual:

Semana del 2 al 8 de enero

  • Lunes 2: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
  • Martes 3: La restricción aplica para placas terminadas en 1,3,5,7 y 9
  • Miércoles 4: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
  • Jueves 5: La restricción aplica para placas terminadas en 1,3,5,7 y 9
  • Viernes 6: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
  • Sábado 7: No aplica
  • Domingo 8: No aplica

A partir de la segunda semana se aplican los cambios estipulados por la Alcaldía de Bogotá. Por lo tanto, el cronograma después del puente festivo con motivo del Día de los Reyes Magos queda de la siguiente manera:

Semana del 9 al 15 de enero

  • Lunes festivo 9: No aplica
  • Martes 10: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Miércoles 11: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Jueves 12: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Viernes 13: La restricción aplica para placas terminadas 6, 7, 8, 9 y 0
  • Sábado 14: No aplica
  • Domingo 15: No aplica

Semana del 16 al 22 de enero

  • Lunes 16: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Martes 17: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Miércoles 18: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Jueves 19: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Viernes 20: La restricción aplica para placas terminadas 1, 2, 3, 4 y 5
  • Sábado 21: No aplica
  • Domingo 22: No aplica

Semana del 23 al 29 de enero

  • Lunes 23: La restricción aplica para placas terminadas 6, 7, 8, 9 y 0
  • Martes 24: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Miércoles 25: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Jueves 26 La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Viernes 27: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Sábado 28: No aplica
  • Domingo 29: No aplica

Semana del 30 al 31 de enero

  • Lunes 30: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Martes 31: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

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