Pago de impuestos en Bogotá: desde cuándo se podrán comenzar a pagar

Poco después de que la Secretaria de Hacienda publicara el calendario tributario, este viernes 30 de diciembre la entidad dio a conocer las fechas de apertura para el pago de los tributos

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Los SuperCADE CAD, Américas, Suba
Los SuperCADE CAD, Américas, Suba y 20 de Julio estarán disponibles para pagos, previo agendamiento en el sitio web de la Secretaría.

La Secretaría Distrital de Hacienda informó, este viernes 30 de diciembre, que a partir del lunes 2 de enero de 2023, la entidad atenderá en el horario habitual de lunes a viernes, de 7:00 a. m. a 5:30 p. m., y los sábados de 8:00 a. m. a 12 m., en los SuperCADE CAD, Américas, Suba y 20 de Julio, previo agendamiento en el sitio web de la Secretaría.

De esta manera, los ciudadanos que requieran pagar su impuesto predial o de vehículos automotores antes de recibir su factura, que llegará en el primer semestre de 2023, lo podrán hacer mediante la presentación de una declaración en la Oficina Virtual o asistiendo a uno de los puntos de atención presencial.

“Invitamos a los contribuyentes a que realicen el pago de sus impuestos haciendo uso de la factura que se enviará en el primer semestre del año. Sin embargo, si requieren cancelar el impuesto de forma previa, podrán declarar en la página web de la Secretaría de Hacienda”, explicó este viernes el director de Impuestos, Pablo Verástegui.

Pago antes de la recepción de factura

Ahora, ¿cómo pagar el impuesto predial y de vehículos de 2023 antes de la recepción de la factura? En primer lugar, invitamos a los ciudadanos a esperar la factura impresa en la dirección de contacto registrada. En caso de que se necesite realizar el pago con anterioridad, se deben tener en cuenta las siguientes recomendaciones: ingresar a la oficina virtual, generar una declaración y pagar en línea.

Si el predio tiene más de un propietario, la información para declarar estará cargada en la oficina virtual de alguno de ellos. Se recomienda revisar la oficina virtual de cada persona.

Punto aparte, la secretaría indicó que en los siguientes casos los contribuyentes deberán asistir presencialmente para que se expida la declaración.

• Predios con leasing, sucesiones, poseedores, fideicomitentes, beneficiarios y predios nuevos sin chip.

• Vehículos con leasing, traspasos abiertos o que no estén en las tablas del Ministerio de Transporte y sucesiones.

Conozca el calendario tributario

Punto aparte, esta misma semana la administración distrital dio a conocer, el martes 27 de diciembre, el calendario tributario 2023, según el cual los contribuyentes tienen plazo para declarar y pagar el impuesto Predial, sin descuento ni sanción, hasta el 14 de julio y con 10 % de descuento, hasta el 12 de mayo.

De igual forma, los contribuyentes podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales, sin intereses, siempre que presenten la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) a más tardar el 26 de mayo de 2023.

Los vencimientos serán de la siguiente manera: primera cuota, el 9 de junio; segunda, el 4 de agosto; tercera, el 6 de octubre, y cuarta, el 1 de diciembre.

Por otro lado, el impuesto de Vehículos tendrá un plazo máximo para declarar y pagar con el 10 % de descuento por pronto pago, hasta el 2 de junio de 2023 y hasta el 28 de julio, sin descuento ni sanción.

Ahora, de acuerdo con la Secretaría de Hacienda, los contribuyentes pertenecientes al régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA), por su parte, tendrán de nuevo un solo plazo máximo en cada vencimiento, comenzando por el 14 de abril, para el pago del primer bimestre. Igual sucederá con ReteICA, cuyos agentes de retención comienzan el año entrante sus vencimientos bimestrales a partir del 17 de marzo.

Los contribuyentes de ICA del régimen Preferencial deberán presentar por medios virtuales una única declaración anual, por el año gravable 2023, a más tardar el 16 de febrero de 2024.

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