Gobierno responde a procuradora sobre la liberación de dos miembros de la primera línea

De acuerdo con el Ministro del Interior, Alfonso Prada, la queja elevada por Margarita Cabello no cuestiona la figura de los voceros de paz establecida en el decreto 2242 de 2022 y las facultades presidenciales que este otorga

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Sobre la no liberación de dos jóvenes en Cauca, Prada dijo que este fue un trámite que "se enredó"
Archivo (EFE/Ricardo Maldonado Rozo)
Sobre la no liberación de dos jóvenes en Cauca, Prada dijo que este fue un trámite que "se enredó" Archivo (EFE/Ricardo Maldonado Rozo)

En reiteradas ocasiones representantes del Gobierno nacional, incluyendo el propio presidente Gustavo Petro, han hecho precisiones sobre la reglamentación que permite al Ejecutivo liberar a jóvenes detenidos en protestas para designarlos como gestores de paz. Pese a eso, varios sectores políticos y del mismo poder judicial han señalado reparos a esta figura planteada, en primera instancia, por el jefe de Estado.

A dichas observaciones se suman las denuncias hechas por la procuradora General, Margarita Cabello, sobre supuestas irregularidades a la hora de excarcelar a Adriana Esperanza Bermeo y Santiago Márquez Charris, que estaban detenidos en cárceles de Girón —Santander— y Medellín, respectivamente.

En primer lugar, señaló que la funcionaria de la Rama Judicial se tomó atribuciones que no le correspondían y el 22 y 23 de diciembre de este año le otorgó la libertad de Bermeo y Márquez, quienes estaban recluidos en cárceles de Girón (Santander) y Medellín.

El origen de esta queja fue un pronunciamiento del juzgado 69 de garantías de Bogotá, el cual desmintió haberle dado la libertad a estos jóvenes pese a que en esa dependencia fue adelantado el proceso contra Márquez por el delito de empleo o lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos. En la segunda queja, la Procuraduría manifestó que la directora del Centro de Servicios Judiciales tampoco habría convocado al organismo de control para efectuar la salida de los detenidos.

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Precisamente, el Gobierno nacional y esta sección de la Rama Judicial se pronunciaron sobre esta queja expuesta por Cabello Blanco. El ministro del Interior, Alfonso Prada, expuso que en las últimas dos décadas esa instrucción ha sido acatada de manera inmediata porque “no interrumpe los procesos”.

“(...) En el centro de reparto que tiene el Consejo Superior de la Judicatura, durante los últimos 20 años, se han ordenado las libertades que provienen de facilitadores, de gestores de paz, de gestores de convivencia, ahora de estos voceros de paz”, añadió el alto funcionario.

De paso, enfatizó en que esa queja elevada por la procuradora no es un cuestionamiento hacia el decreto 2242 del Gobierno nacional, que permite la creación de una Comisión Intersectorial para analizar los casos de jóvenes detenidos en protestas que podrían ser designados gestores de paz.

Para Prada, dicha queja “es una solicitud que le hace la señora procuradora y el procurador delegado en el proceso concreto a la instancia judicial que toma las decisiones, no es un cuestionamiento para nada a las facultades del presidente ni al procedimiento de nombramiento de vocería de paz”, concluyó Prada.

Sobre los voceros en Cauca

Pese a que el presidente Petro había determinado que los jóvenes Bremmen Hinestroza y Álvaro Andrés Duque debían quedar en libertad para ser nombrados como gestores de paz, un juez les negó la excarcelación este miércoles 28 de diciembre por un supuesto “enredo” en el trámite, tal y como lo indicó el ministro Prada.

Sobre esto, describió que “fue un trámite procesal que creo que se enredó porque antes de ser nombrados voceros de paz por el presidente de la República, las dos personas, a través de sus abogados, habían solicitado el traslado o la sustitución de la medida”. Añadió que esa sustitución había sido negada y se juntó con la no liberación de los jóvenes, de modo que apenas fue radicada una solicitud de audiencia para definir el futuro de ambos procesos.

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