En la mañana del martes 27 de diciembre, el alcalde Daniel Quintero compartió en sus cuentas de las plataformas Instagram @quinterocalle y Twitter @QuinteroCalle la declaración de renta correspondiente a 2021.
“En el marco de la transparencia publico mi declaración de renta del año 2021. Como novedad más relevante está una pequeña reducción patrimonial, el pago de 62 millones en impuesto de renta, y la compra familiar a través de leasing de nuestra casa en Medellín”, son las palabras con las que acompaña la foto de la declaración presentada ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN.
En la declaración entregada por el mandatario antioqueño se puede apreciar que el total del patrimonio bruto declarado es de $1,298,902,000 pesos, mientras que sus deudas alcanzan los $389,380,000 pesos, para un total de su patrimonio líquido de $909,522,000 pesos.
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En la casilla correspondiente al impuesto neto de renta se lee que el alcalde tendría que cancelar a la DIAN $62,389,000 pesos, sumado al impuesto de ganancias ocasionales que corresponden a $443,000 pesos, lo que da como resultado un total de 62,832,000 pesos.
En la información compartida por Quintero se evidencia que contaba con un saldo a favor del año gravable anterior correspondiente a $20,463,000 pesos y $65,609,000 pesos como retención en abono por inexequibilidad al impuesto solidario por el COVID-19.
Al hacer las sumas y restas correspondientes al valor total pagado por el alcalde Daniel Quintero se evidencia entonces que terminó con un saldo a favor correspondiente a $23,240,000 pesos para el 2022, por lo que no tuvo que cancelar ningún valor en el 2021.
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¿Por qué deben publicar sus declaraciones de renta los servidores públicos?
En la ley 2013 de 2019 publicada el 30 de diciembre del mismo año, en la cual se busca dar cumplimiento a los principios de transparencia y publicidad, y la promoción de la participación y control social a través de la publicación y divulgación proactiva de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
Dentro de las personas que están obligados a cumplir con la ley se encuentran los servidores públicos electos mediante voto popular, los magistrados de las altas cortes, Tribunales de Justicia Especial para la Paz; el Fiscal General de la Nación; el Procurador General de la Nación; el Defensor del Pueblo; el Contralor General de la República; el Registrador Nacional del Estado Civil y Los Ministros de Despacho.
También están obligados dentro de la ley los Directores de Departamentos Administrativos; personas naturales y jurídicas que administren; celebren contratos o ejecuten bienes o recursos públicos y, por supuesto, el Presidente de la República, entre otros.
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La publicación de esta información es requisito para posesionarse, ejercer y retirarse del cargo o antes, durante y al término del ejercicio de la función pública.
La presentación y registro de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios deberá ser actualizada cada año, y dicha información debe ser publicada de manera que facilite su uso y comprensión por las personas y que permita asegurar su calidad, veracidad, oportunidad y confiabilidad.
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