JEP rechazó el sometimiento del general Miguel Maza Márquez y su caso pasa a la Corte Suprema

La decisión se tomó luego de que el exdirector del DAS no presentara un plan de aporte a la verdad satisfactorio

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General (R) Miguel Maza Márquez.
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General (R) Miguel Maza Márquez. Foto: Mario Franco - Colprensa

En la resolución 4514 conocida por W Radio, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, le negó el sometimiento a la JEP al general Miguel Maza Márquez por sus nexos con paramilitares, la entidad también confirmó que exdirector del Departamento Administrativo de Seguridad DAS no presentó un plan de aporte a la verdad.

El exgeneral, que buscaba salirse de la JEP desde 2020, aceptó que no tenía información relevante que aportar a las investigaciones adelantadas por la Jurisdicción Especial para la Paz; razón por la cual, era meritorio para rechazar cualquier tipo de otorgamiento de beneficios.

Hay que recordar que la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas aceptó el sometimiento de Maza Márquez por la condena que recibió por concierto para delinquir en la Corte Suprema de Justicia, y lo hizo en calidad de integrante de la fuerza pública, por que para la época de los hechos, era general de la Policía Nacional. Luego de esto, la abogada del exdirector interpuso un recurso de apelación contra esa decisión.

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El 23 de noviembre de 2016, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia condenó a Maza Márquez por dos delitos. Primero, por concierto para delinquir por sus vínculos con el grupo armado ilegal denominado Autodefensas del Magdalena Medio. Segundo, por el homicidio con fines terroristas de Luis Carlos Galán Sarmiento, Julio César Peñaloza Sánchez, Santiago Cuervo Jiménez y Pedro Nel Angulo Bonilla.

Aunque la JEP carecía de competencia para vincular al exdirector por el homicidio con fines terroristas contra el excandidato presidencial Galán Sarmiento por no guardar relación alguna con el conflicto armado, sí podía vincularlo como un compareciente forzoso, ya que para la época de los hechos, tenía condición de integrante activo de la Policía Nacional.

Se precisó entonces, que la investigación y posterior condena de Maza Márquez se produjo por las acciones que emprendió como director del DAS; por lo tanto, su comparecencia ante la JEP debía hacerse en calidad de Agentes del Estado que no integran la fuerza pública (AENIFPU).

Esto dio como resultado que para aceptar el sometimiento de Maza a la JEP, este debía presentar un compromiso claro, concreto y programado, pero el 19 de octubre de 2020, la apoderada del exgeneral manifestó que su defendido desistía de su comparecencia ante la JEP.

Por tal razón, el día de hoy, la Sala sentenció que: “...el señor GR (R) Maza Márquez ha desacatado lo ordenado por la JEP, tras haber solicitado voluntariamente su sometimiento, lo que corresponde es no aceptarlo en esta jurisdicción. En efecto, dicha omisión constituye una actitud reprochable, si se considera que el solicitante en su calidad de servidor público y general retirado de la Policía Nacional debería ser un ejemplo en el cumplimiento de lo establecido en la Constitución y la ley”

El proceso penal en el que el exgeneral había sido condenado en 2016 por el magnicidio de Luis Carlos Galán pasará nuevamente a la Corte Suprema de Justicia donde, de acuerdo a su defensa, buscará acudir a la doble conformidad.

La Sala también aclaró que el exdirector del DAS puede ser procesado como eventual máximo responsable dentro del caso 06 “Unión Patriótica” por el cual es investigado y ha sido llamado a rendir declaración varias veces.

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