A las personas no binarias no les ha cumplido el Gobierno nacional ni la Registraduría

La falta de claridad en los procedimientos ha impedido que las personas no binarias puedan ejercer plenamente su derecho a la identidad

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Manifestación contra la transfobia en Bogotá. Foto @itamaria83. Twitter.
Manifestación contra la transfobia en Bogotá. Foto @itamaria83. Twitter.

El 14 de diciembre de 2022, trascendió a la opinión pública un comunicado de prensa emitido por la Fundación Grupo de Acción y Apoyo a Personas con experiencia de vida Trans (GAAT) y el Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos (Raza e Igualdad). En este se hace un llamado urgente al Gobierno nacional para que implemente lo antes posible la sentencia T-033 de 2022 de la Corte Constitucional, en la cual se incluye la casilla no binaria “NB” en los documentos de identidad de los colombianos que así lo soliciten.

En el comunicado se denuncia que el fallo, emitido por el alto tribunal que ordenó a la Registraduría Nacional del Estado Civil (RNEC), al Ministerio de Justicia y Derecho y otras entidades competentes, desarrollar los procesos necesarios para incluir el cambio en los documentos de identidad, no ha sdo cumplido.

“Si bien la RNEC no ha dado cumplimiento a esta orden en el plazo establecido y no ha emitido regulación alguna, a partir del 05 de octubre de 2022, día en que se cumplieron seis meses de la notificación del fallo, las personas no binaries pueden exigir que el componente de género en sus documentos de identidad sea corregido, aun sin la reglamentación correspondiente”. Referencia la comunicación.

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Denuncia sobre cédulas para personas no binarias. Foto @mutantefluidx. Instagram.
Denuncia sobre cédulas para personas no binarias. Foto @mutantefluidx. Instagram.

Según denuncian las dos organizaciones, la falta de claridad en los procedimientos ha impedido que las personas no binarias puedan ejercer plenamente su derecho a la identidad y ha hecho que su capacidad de acceso a otros derechos conexos se vea limitada.

Agregan que, en procesos de acompañamiento a personas que querían realizar el trámite, pudieron evidenciar la negación del servicio por parte de las notarias, alegando que este proceso debe hacerse en la oficina donde reposa el acta de nacimiento original. Ello a pesar de que el decreto 1227 de 2015 indica que este proceso puede realizarse en cualquier notaria del país.

“Las notarías no permiten adelantar el trámite para la escritura pública si la declaración juramentada se hace en una notaría distinta: Lo que, además de no tener fundamento legal, genera que la persona que lleva a cabo el trámite deba volver a iniciar el proceso y deba asumir un doble pago por la declaración juramentada”.

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Guía con lo necesario para acceder al cambio de cédula en Colombia. Video: @FundacionGaat, Instagram.

A las barreras evidenciadas en las notarias, se suman los costos que toma el trámite, pues en algunos casos pueden exceder la capacidad financiera de las personas trans y no binarias. Panorama ante el cual, desde el GAAT y Raza e Igualdad, se generan las siguientes recomendaciones:

1. El Ministerio de Justicia, la Superintendencia de Notariado y Registro y la Registraduría Nacional del Estado Civil emitan una directiva nacional dirigida a las notarías y registradurías de todo el país en el que se estipule que a partir del 05 de octubre de 2022 entró en vigor la sentencia T-033 de 2022, y se insista en la obligación que tiene todo el personal de estas instituciones de facilitar y acatar lo ordenado por la Corte Constitucional, con especial atención a recibir y tramitar las solicitudes de cambio de componente sexo a “no binario” en los documentos de identidad y a facilitar el traslado de las escrituras públicas en los casos en que se requiera.

2. Desde el Ministerio de Justicia, la Superintendencia de Notariado y Registro y la Registraduría Nacional del Estado Civil se estipulen procedimientos digitales que permitan que las personas trans y/o no binarias no tengan que trasladarse a lugares de donde han huido por ser víctimas de actos de discriminación y violencia y alienten a las notarías y registradurías de todo el país a formarse y hacer uso de estas vías alternativas para la modificación de registros civiles remotamente.

3. El Ministerio de Justicia, la Superintendencia de Notariado y Registro y la Registraduría Nacional del Estado Civil adelanten procesos de socialización y formación en derechos LGBTIQ+, con enfoque especial en la garantía de derechos de las personas trans y/o no binarias con el personal de notarías y registradurías en todo el país a fin de propender por la sensibilización sobre sus derechos y eliminar los actos de discriminación por parte del funcionariado público.

4. La Superintendencia de Notariado y Registro y la Procuraduría Generales de la Nación adelanten las debidas investigaciones disciplinarias y sancionatorias contra el personal de notarías y registradurías que sean renuentes a la aplicación de las disposiciones legislativas y constitucionales relativas a la garantía al derecho a la identidad de personas trans y/o no binarias.

5. La Registraduría Nacional del Estado Civil, agilice el proceso de fortalecimiento de la plataforma tecnológica que soporta el sistema de identificación y registro civil PMT II, a fin de que las disposiciones contempladas en la sentencia T-033 de 2022 puedan empezar a implementarse en los plazos y términos establecidos por la Corte Constitucional.

Consulte aquí la sentencia T-033 de 2022.

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