El etiquetado en alimentos ultraprocesados es oficial

La ministra de Salud, Carolina Corcho, anuncio la expedición de la resolución 2492 que reglamenta la medida

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Habrá cambios en el etiquetado de los alimentos ultraprocesados, la medida responde a una orden del Consejo de Estado. Imagen. Archivo Infobae.
Habrá cambios en el etiquetado de los alimentos ultraprocesados, la medida responde a una orden del Consejo de Estado. Imagen. Archivo Infobae.

Desde el 30 de junio del 2021 se expidió la ley 2120, que ordenaba el etiquetado frontal en los alimentos ultraprocesados; sin embargo, faltaba la reglamentación de la norma. En la tarde del martes 13 de diciembre y por medio de las redes sociales, la ministra anunció la expedición del decreto 2492 que subsana el vacío por parte del Gobierno nacional.

“Acabamos de expedir la resolución 2492, reglamentaria de la ley 2120. Y también atendiendo el fallo del Consejo de Estado, en el cual estamos reglamentando el etiquetado frontal y estamos reconociendo ya en esta resolución, como reglamentación, el sello octagonal con fondo negro, donde se habla del exceso de grasas trans y también el exceso de edulcorantes”.
El etiquetado para alimentos ultraprocesados es oficial. Video: Ministerio de Salud, Twitter.

Gracias a una querella ciudadana, el pasado 2 de noviembre el Consejo de Estado le había ordenado al Ministerio de Salud y Protección Social expedir la reglamentación técnica, en un plazo máximo de dos meses, en la cual debía incluirse las especificaciones sobre el etiquetado frontal de empaques en alimentos ultraprocesados.

En una primera respuesta, al requerimiento ciudadano, la cartera de Salud argumentó que la ley ya había sido reglamentado por medio de la resolución 810 del 2021. Sin embargo, la sala afirmó que la resolución aludida no podía ser considerada como el reglamento técnico, que impone la norma legislativa sobre el objeto de controversia, pues fue emitida antes de la expedición de la Ley 2120 del 2021.

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Existía una fuerte polémica relacionada con el modelo de etiquetado, pues en la resolución 810 se propuso que fuera redonda y su leyenda rezara “alta en”; mientras que la Ley 2120 exigía que fuera en forma octagonal, lo que permitía ser relacionada con el símbolo de peligro, usando el texto “exceso de”.

En su momento, el exrepresentante a la Cámara, hoy director del ICETEX, Mauricio Toro, había expresado al respecto:

“La ciencia nos dio la razón. A pesar del exceso de trampas del gobierno Duque, del Ministerio de Salud y de las tácticas de la ANDI para torpedear la Ley Comida Chatarra, hoy finalmente el Ministerio de Salud tuvo que darnos la razón. El estudio contratado a la Universidad de Antioquia concluyó de manera irrefutable que la mayor evidencia científica establece el mejor etiquetado posible, que es el octagonal, con la palabra exceso, sin dibujos. Es decir, todo lo contrario a lo que el Ministerio de Salud y la ANDI tanto quisieron imponer a la empresa en estos 12 meses.”

Los distintos plazos vencidos y constante postergación fueron el centro de crítica por parte de diversas organizaciones sociales, que fueron clave en la formulación de la ley, entre ellas, Red PaPaz. En las últimas horas su directora ejecutiva, Carolina Piñeros, había expresado “Estamos a la espera de la resolución del @MinSaludCol que reglamente el etiquetado octagonal” por medio de las redes sociales.

El 12 de diciembre también se pronunció la Confederación Colombiana de Consumidores (CCC), a través del perfil en Twitter de su característico personaje “Tal cual”. Por medio de varios tuits se le recordó a la cartera de salud la obligación en mora, así como los distintos fallos que obligaban a la pronta expedición de la medida.

Desde la Confederación Colombiana de Consumidores se promovió una estrategia de incidencia por medio del personaje 'Tal Cual'.
Desde la Confederación Colombiana de Consumidores se promovió una estrategia de incidencia por medio del personaje 'Tal Cual'.

El documento de la resolución aclara que la medida rige tanto para productos nacionales, como internacionales, y exceptúa aquellos con propósito médico.

“Las disposiciones establecidas en la Resolución aplican a todos los alimentos para consumo humano, nacionales e importados que se comercialicen en el territorio nacional, exceptuando algunos alimentos de etiquetado nutricional, como fórmulas infantiles para niños y niñas entre 0 y 12 meses, alimentos para propósitos médicos especiales (APMES); infusiones de hierbas y frutas, té descafeinado e instantáneo, entre otros alimentos”.

Sin embargo, la comunicación de la ministra Corcho parece dar satisfacción a una lucha de muchos años. En los últimos minutos, la directora ejecutiva de Red PaPaz, publicó: “Querida Carolina Corcho, un gran avance para la Salud Pública, un triunfo de los académicos sin conflictos de interés y de organizaciones de sociedad civil, agradecemos a tantas personas que acompañaron en esta lucha de años”.

Desde Red PaPaz celebraron la expedición del decreto.
Desde Red PaPaz celebraron la expedición del decreto.

Finalmente, la ministra reconoció públicamente que este logro es producto de las organizaciones de la sociedad civil que lograron la promulgación de la Ley 2120, conocida como “Ley de Comida Chatarra”, de la cual se espera beneficios para la salud pública.

La ministra Carolina Corcho reconoció la labor de las organizaciones Red Papaz, Dejusticia y FIAN Colombia.
La ministra Carolina Corcho reconoció la labor de las organizaciones Red Papaz, Dejusticia y FIAN Colombia.

Acá puede consultar la resolución 2492.

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