Proteger a los compradores de vivienda nueva: cuál fue la petición que le hizo la Procuraduría al ministro de Comercio

Principalmente el ente de control busca que se refuerce el deber que tienen las constructoras de suministrar información en la etapa de preventa y comercialización de proyectos inmobiliarios

Guardar
Procuraduría pidió al ministro de Comercio promover políticas para la protección de compradores de vivienda nueva. EFE/Luis Eduardo Noriega/Archivo
Procuraduría pidió al ministro de Comercio promover políticas para la protección de compradores de vivienda nueva. EFE/Luis Eduardo Noriega/Archivo

La Procuraduría General de la Nación pidió al ministro de Comercio, Industria y Turismo, Germán Umaña, que impulse políticas para garantizar los derechos constitucionales de los compradores de vivienda nueva. Las recomendaciones fueron presentadas tras conocer las estadísticas sobre este mercado y los informes remitidos por la Superintendencia de Industria y Comercio respecto de las quejas más comunes de los consumidores de vivienda colombianos.

En la comunicación enviada al titular de esa cartera, el ente de control llamó la atención sobre la necesidad de formular lineamientos que refuercen el deber que tienen las constructoras de suministrar información, considerando la inclusión de deberes específicos en la etapa de preventa y comercialización de proyectos inmobiliarios”, indicaron desde el Ministerio Público.

Lea también: Así es la propuesta del alcalde de Cali sobre carriles VIP mediante el ‘Sistema Inteligente de Transporte Público’

La Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública también, “exhortó al ejecutivo a articular, en conjunto con la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y las alcaldías del país, la aplicación efectiva de los instrumentos legales que mitiguen el riesgo de desprotección de los consumidores de vivienda nueva”, aseveraron desde la Procuraduría General de la Nación.

Por último, el ente de control sugirió al ministro Umaña, “proponer acciones para fortalecer la labor de la Red Nacional de Protección al Consumidor desde la coordinación que lleva a cabo la SIC, con el fin de promover el ejercicio eficiente de las funciones de protección al consumidor en todo el país”, enfatizaron desde el Ministerio Público.

En otras noticias: Gobierno ratifica la orden de mantener las operaciones militares en contra de organizaciones al margen de la ley

<b>Consideraciones jurídicas señalas por la SIC a la hora de comprar vivienda</b>

La Super Intendencia de Industria y Comercio -SIC- explica que de conformidad con lo señalado en la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), los proveedores y productores deberán suministrar a los consumidores información, clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan.

Es decir, que el vendedor del proyecto inmobiliario deberá entregar toda la información del proyecto y esta deberá ser comprensible y clara para el comprador.

Para los bienes inmuebles, la SIC señala que la garantía legal comprende la estabilidad de la obra por diez años, y para los acabados un año. Dato importante a tener en cuenta, sobre todo en las últimas décadas, donde se han presentado varios eventos en los que los consumidores se han visto vulnerados al tener que evacuar edificaciones en alto riesgo de colapso.

Sobre este tema, ejemplifica que: “Las partes, insumos, accesorios o componentes adheridos a los bienes inmuebles que deban ser cambiados por efectividad de garantía, podrán ser de igual o mejor calidad, sin embargo, no necesariamente idénticos a los originalmente instalados”.

Y agregaron que: “El Decreto 19 de 2012 en su artículo 185, exige a las empresas constructoras para poder adelantar actividades de construcción y venta de inmuebles destinados a vivienda, la radicación de algunos documentos que deben estar a disposición de los compradores en todo momento con el objeto de que sobre ellos efectúen los estudios necesarios para determinar la conveniencia de la adquisición”, y explicaron adicionalmente que si el proyecto escogido está sometido al régimen de propiedad horizontal la Ley que lo regula es la 675 de 2001.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar