En Santiago de Cali recuerdan con fervor, la figura de Monseñor Isaías Duarte Cancino, líder católico, quien a través de sus distintas obras se convirtió en un prócer del diálogo y la paz en el territorio colombiano. En las últimas horas, su nombre tomó fuerza nuevamente, luego que la Corte Suprema de Justicia tomara una decisión respecto al disidente ‘Iván Márquez’, adjudicando la responsabilidad del asesinato de Duarte.
La muerte de Monseñor
El asesinato de monseñor Isaías Duarte Cancino, se dio el 16 de marzo del año 2002, cuando precedía una ceremonia religiosa en el Oriente de la capital del Valle del Cauca, pues dos hombres armados lo abordaron tras salir de la iglesia y dispararon en su contra a quemarropa, a pesar de la presencia de testigos.
La congregación que había dirigido Duarte, tenía que ver con el matrimonio de más de 100 parejas en la ciudad de Cali, ceremonia que frecuentemente es liderada por la Arquidiócesis de Cali hasta el día de hoy. Si bien, este asesinato se le adjudicó a grupos de narcotráfico del Valle y a las FARC, luego se determinó que la organización responsable estaba comandada por el secretariado de las FARC-EP.
Vida y obra
Es importante resaltar que dentro de las distintas obras que realizó Duarte Cancino, se destaca la gestión humanitaria en el marco de la desmovilización del Ejército Popular de Liberación (EPL) y el grupo paramilitar Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá (ACCU), sumado a esto, intervino en la liberación de secuestrados de la iglesia La María en el sur de la capital del Valle del Cauca, tras la incursión armada del ELN en el año de 1999, de igual forma, realizó la misma gestión en la vía que conduce de Cali a Buenaventura en el año 2000.
La decisión de la Corte
Son varios nombres los que señaló la Corte Suprema de Justicia en el marco de esta investigación, pues el secretariado de las FARC era conformado por distintos cabecillas, entre los cuales resaltaban los nombres de: ‘Tirofijo’, ‘Mono Jojoy’, ‘Timochenko’, ‘Alfonso Cano’, ‘Pablo Catatumbo’, entre otros, no obstante, el máximo tribunal desestimó su sentencia en contra de los que aún están vivos y señaló únicamente a ‘Iván Márquez’.
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Conforme a lo expuesto por la Corte en la Radicación 41799 del acta 273, la competencia del caso procede exclusivamente en contra de ‘Iván Márquez´, en donde se ratifica su condena por homicidio agravado en contra de un líder religioso, cuya pena está configurada en 25 años de prisión, además de quedar inhabilitado para ejercer funciones públicas eventualmente.
La sentencia señala:
“En consecuencia, con relación a LUCIANO MARÍN ARANGO, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.304.877, alias ‘Iván Márquez’, queda vigente la sentencia proferida el veintinueve de diciembre de dos mil once (2011), por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Cali, que lo condenó a trescientos meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 20 años, por el delito de homicidio agravado, de acuerdo con lo previsto en los artículos 103 y 104 #10 (por cometerse en contra de un líder religioso y en razón de ello) de la Ley 599 de 2000102; al pago de perjuicios morales por valor de 1.000 s.m.l.m.v; y le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria”.
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