Desde el pasado 29 de octubre están abiertas las inscripciones de ciudadanos extranjeros, residentes en Colombia, que quieran participar en las elecciones de alcaldes y gobernadores que se llevarán a cabo el próximo año. Por lo mismo, en la página de la Registraduría Nacional están disponibles los pasos que deben seguir para acceder a este derecho. Lo más importante dentro de la lista es tener la cédula de extranjería con categoría de residente vigente, expedida por Migración Colombia, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 1070 de 2006.
Hasta el 29 de agosto del 2023, entonces, se podrán realizar las inscripciones para hacer parte del proceso electoral. “Si bien la Registraduría realiza el proceso de inscripción de los extranjeros residentes en Colombia, es Migración Colombia la entidad encargada de verificar el cumplimiento de los requisitos del trámite de inscripción, señalados en el artículo 5 de la Ley 1070 de 2006″, informó la entidad electoral.
Es de destacar que para esos comicios se tiene presupuestada la elección de los 32 gobernadores y 418 diputados que conformarán las asambleas departamentales. Así mismo, 1.102 alcaldes, 12.072 concejales de todos los municipios del país y 6.513 ediles que conformarán las JAL.
Teniendo en cuenta lo dicho, entonces, estos son los requisitos:
- Tener visa de residente de conformidad con las normas que regulen la materia.
- Acreditar como mínimo cinco (5) años continuos e ininterrumpidos de residencia en Colombia.
- Poseer cédula de extranjería de residente.
- Estar inscrito en el respectivo registro electoral (censo electoral).
- No estar incursos en las inhabilidades constitucionales y legales.
Para realizar el trámite, destaca la entidad, los ciudadanos deben dirigirse a cualquier Registraduría a nivel nacional dentro de los siguientes horarios: de lunes a viernes, desde las 8:00 a.m. a 4:00 p.m. Es importante recordar, así mismo, que la fecha para la elección de las máximas autoridades territoriales en departamentos, ciudades y municipios del país quedó pactada para el próximo 29 de octubre de 2023.
Será el próximo 31 de diciembre de 2023 cuando finalice el periodo constitucional de cuatro años (2020-2023) para el que fueron elegidos, el pasado 27 de octubre de 2019, gobernadores, alcaldes, diputados departamentales, concejales de ciudades y municipios, y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL). El 29 de octubre del 2023, los ciudadanos elegirán a quienes asumirán estos cargos para el periodo 2024-2027.
Alexander Vega Rocha, registrador nacional, asistió a la conmemoración del décimo aniversario de la Asociación Colombiana de Ciudades Capitales (Asocapitales), esto, en la ciudad de Tunja en Boyacá, allí, el funcionario aprovechó la coyuntura y realizó el lanzamiento oficial de las elecciones territoriales 2023, en las cuales los colombianos elegirán alcaldes, gobernadores y diputados, además de los representantes de las Juntas de Acción Local.
Conforme a lo expuesto por el registrador nacional, Alexander Vega Rocha, habrá un aumento considerable de puestos de votación en todo el país, esto, en comparativa a las elecciones de alcaldes del año 2019, pues para el 2023 se espera que se habiliten 1227 puestos de votación más, claramente esto corresponde a zonas urbanas y rurales.
De igual forma, Vega Rocha destacó la necesidad de que los colombianos inscriban su cédula y revisen el punto de votación que les corresponde, esta medida aplica para los ciudadanos que hayan cambiado de lugar de vivienda o en su defecto, aquellas personas extranjeras que vivan en Colombia hace cinco años mínimo, claramente, si dentro de sus deseos está participar en las elecciones.
En cuanto al tema de inscripción del documento de identidad, la Registraduría Nacional del Estado Civil sostuvo: “Es de recordar que deben inscribir su cédula aquellos ciudadanos que cambiaron su lugar de residencia o que hayan regresado al país, así como los extranjeros residentes en Colombia (mínimo 5 años de residencia) que quieran participar en esta jornada electoral y que tengan cédula de extranjería con categoría de residente vigente expedida por la autoridad competente”.
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