Según cifras del Consejo Superior de la Judicatura, desde el año 2019, hasta septiembre del 2022, 26.694 casos penales prescribieron, es decir, caducaron su vigencia ante la justicia del país para ser resueltos. Tal y como lo detalla la entidad, se estaría hablando, en promedio, anualmente, de 6.000 casos cerrados. En lo que va del año en curso, por ejemplo, se habla de 5.361 prescripciones, al día, entonces, son 19.8 casos los que se concluyen sin resoluciones claras. Además de los números que tiene aquel organismo en su registro, también hay una lista de los delitos que más tienden a prescribir en Colombia. Los que encabezan aquel grupo de crímenes están relacionados a ataques contra patrimonios económicos.
El hurto, la estafa, la administración desleal, entre otros relacionados, son los que más tienden a quedar en el olvido. En el periodo de tiempo mencionado previamente, se calcula que 5.045 de casos relacionados a estos delitos prescribieron. Dentro del conjunto de delitos que más tienden a quedar inconclusos de manera satisfactoria están aquellos que afectan la seguridad pública, crimen que tuvo 3.384 prescripciones. Seguido a ello están delitos que han afectado la salud pública, con 3.365 prescripciones; contra la vida e integridad personal, 2.514, y delitos contra la familia, con 2.382 prescripciones.
En lo que respecta a delitos individuales, los que más prescripciones tienen son los relacionados al tráfico de estupefacientes, con 830 de ellas entre 2019 y 2022; el tráfico de armas, que tiene 750 prescripciones; la inasistencia alimentaria, con 437 y el hurto agravado, con 392 vencimientos.
De acuerdo con lo que argumentaron expertos al diario El Tiempo, son varias las razones por las cuáles esto llega a ocurrir. La abogada Dalila Henao. por ejemplo, destacó, a ese medio de comunicación nacional, que una de las razones tiene que ver con fallas estructurales. “Creemos que es de rigor establecer el crecimiento de la planta de personal, que se concreta en más despachos para la jurisdicción penal y más fiscales encargados de las investigaciones”, dijo, por su lado, a ese periódico, Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ).
Esa misma entidad, de hecho, resaltó que para el año 2021, por ejemplo, había un promedio de 11,6 jueces, 9,2 fiscales y 7,8 defensores para cada 100.000 habitantes. También, el experto detalló que para ese año hubo una alta congestión de casos, de hecho, de cada diez casos, seis quedaron sin resolverse. Por el otro lado, de acuerdo con cifras de la CEJ, para el 2021 entraron 1′425.905 de procesos penales al Sistema Penal Oral Acusatorio. Para finales de ese periodo, 6.958 casos penales quedaron prescritos.
Es de resaltar, según la normativa colombiana, un delito prescribe teniendo en cuenta el máximo de la pena que esté establecida en el Código Penal. Los límites no pueden superar los 20 años en lo que respecta a la mayoría de los delitos. Por el otro lado, no puede pasar los 30 años para delitos relacionados a la de desaparición forzada, la tortura, el homicidio de miembros de organizaciones sindicales, el homicidio de defensores de Derechos Humanos, homicidio de periodistas, y desplazamientos forzados.
Dentro de esa misma normativa, no podrá ser inferior a cinco años la prescripción la comisión de delitos considerados de lesa humanidad, los crímenes de guerra y los delitos sexuales contra menores de edad.
Precisamente, este año, en lo que respecta al último crimen mencionado, la Fiscalía comentó: “El interés en erradicar la impunidad no puede traducirse en la adopción de medidas político criminales que mantengan en la indeterminación temporal el acceso de las víctimas a la administración justicia y que sacrifiquen, de paso, la protección de garantías procesales para el acusado. En efecto, la prolongación indefinida en el tiempo de la investigación y juzgamiento de las conductas criminales acarrea dificultades en la recolección de elementos materiales probatorios y evidencia física que afecta los derechos de las víctimas y del procesado, máxime cuando se trata de delitos de esta naturaleza”.
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