Menores de siete años no tendrán que renovar su pasaporte: Cancillería extenderá la norma

La medida estará vigente hasta el 14 de diciembre de 2024; estos son los detalles de la decisión

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Imagen de archivo. Se buscará prorrogar de manera temporal, la medida con la que se suspendiótemporalmente la renovación de pasaporte de niños que cumplan 7 y 18 años. Foto: Colprensa

Gracias a una resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores, los menores que cumplan siete años o lleguen a la mayoría de edad (18 años) ya no estarían en la obligación de renovar su pasaporte. De acuerdo con la Cancillería, la medida aplicaría hasta el 2024.

En el documento, conocido por Blu Radio, se establece que se prorrogará la resolución 7421 de 2021, a través de la cual el Gobierno Duque había eliminado la obligación de renovar - temporalmente- el pasaporte para la población anteriormente mencionada, ante la alta demanda del documento que se ha presentado en el año.

Cabe recordar que la resolución está próxima a vencerse, por lo que la Cancillería, argumentando que la demanda de pasaportes “sigue siendo un hecho relevante”, buscará extender la medida hasta el 14 de diciembre del 2024.

“Como resultado de los efectos generados por la pandemia del COVID-19, y la necesidad de disminuir la afluencia de público en espacios cerrados, el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió la Resolución 7421 del 14 de diciembre de 2021, mediante la cual se suspendió provisionalmente la obligatoriedad del cambio de pasaporte cuando el menor de edad cumple siete años o alcanza la mayoría de edad, establecida en el literal h del artículo 15 de la Resolución 6888 de 2021″, expuso el Ministerio en la nueva resolución, conocida por Blu Radio.

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A renglón seguido, la Cancillería reiteró la necesidad de prorrogar la medida para, entre otras cosas, garantizar la prevención, promoción y conservación de la salud de los menores “con ocasión de infecciones respiratorias, incluidas las originadas por la covid-19″.

Con lo anterior, en el documento conocido por Blu Radio, el Ministerio de Relaciones Exteriores resuelve prorrogar la vigencia de la Resolución 7421 del 14 de dociembre del 2021 y hasta por el término de dos años a partir de la publicación de la siguiente resolución, en el sentido de suspender la obligatoriedad del cambio del pasaporte cuando el menor cumple siete años o alcanza la mayoría de edad”.

No obstante, la Cancillería aclaró que, una vez la medida expire, los ciudadanos que se beneficiaron con la misma tendrán que renovar su pasaporte.

¿Cómo expedir el pasaporte?

Conozca cómo expedir su pasaporte
Conozca cómo expedir su pasaporte colombiano. Foto: Colprensa - Sofía Toscano.

Para expedir su libreta de pasaporte, deberá agendar con antelación una cita presencial a través del siguiente link: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/agendamiento.xhtml, las cuales se habilitan diariamente desde las 5:00 de la tarde.

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Una vez le sea asignada la cita, deberá dirigirse a la oficina que seleccionó y presentar su documento original de la cédula de ciudadanía o la contraseña por primera vez expedida por la Registraduría o la contraseña expedida por solicitud de duplicado o renovación de la cédula, en caso de que haya extraviado dicho documento de identificación.

En el caso de que cuente con un pasaporte anterior -y su solicitud sea para renovarlo- también tendrá que presentar dicha libreta para realizar el trámite.

Cuando haya realizado el proceso, la oficina expedidora le dará a conocer la fecha y hora en la que podrá reclamar su pasaporte.

Respecto al costo del trámite, el Ministerio de Relaciones Exteriores explicó que, dependiendo del pasaporte que quiera expedir, deberá pagar un valor determinado. En el caso del pasaporte ordinario, este tiene un valor de $172.000 en Bogotá y de $172.000 + (impuestos) por fuera de la ciudad; el ejecutivo $262.000 y $262.000 + (i), respectivamente, y el pasaporte de emergencia $161.000 en Bogotá y $161.000 + (i) a las afueras.

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