Por qué la Corte Suprema redujo de 25 a 11 años de prisión una de las condenas de Samuel Moreno

Una nueva arista se abre en el caso del llamado Carrusel de la Contratación en Bogotá que el exalcalde capitalino dirigió entre el 2008 y el 2011

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Fotografía de archivo. En la
Fotografía de archivo. En la imagen, el exalcalde de Bogotá, Samuel Moreno Rojas, condenado por el 'carrusel de la contratación'. Foto: Colprensa/Germán Enciso

Aunque se dejó en firme la condena por corrupción contra Samuel Moreno, exalcalde de Bogotá, la Corte Suprema de Justicia le rebajó de 25 a 11 años de prisión una de las penas que el exmandatario enfrenta por el escándalo conocido como ‘Carrusel de la contratación’, que ocurrió mientras dirigía los destinos de la capital del país.

El caso en el que le disminuyeron los años de cárcel es el de la malla vial 006 de 2008, el de valorización 180 de 2005 y la cesión del contrato 137 de 2007 para la Fase III de Transmilenio. Por esta polémica contratación, donde se habrían perdido miles de millones de pesos, Moreno enfrentaba cargos por cohecho propio, interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación.

Esos delitos habían sido emitidos, en 2019, por el Tribunal Superior de Bogotá. Los magistrados de la Corte, en las últimas horas, analizaron la competencia de esa sentencia y, aunque le fueron ratificados varios de ellos, en otros fueron más laxos y le rebajaron la pena.

Exalcalde de Bogotá Samuel Moreno,.
Exalcalde de Bogotá Samuel Moreno,. Colprensa/Germán Enciso.

Así lo determinó la Sala Casación Penal del alto tribunal, donde también se dejó en firme la condena contra otros de los involucrados y aliados del exalcalde: a los empresarios del Grupo Nule, el abogado Álvaro Dávila, el entonces contralor distrital Miguel Morales Russi y algunos empleados del Instituto de Desarrollo Urbano, IDU.

El tribual definió que los citados involucrados fueron los responsables de dar las comisiones de éxito y los porcentajes de valor en los contratos del contrato antes descrito.

“Samuel Moreno acordó la obtención de grandes beneficios económicos a cambio de favorecer a los contratistas que colaboraron con dinero y políticamente en su campaña para conseguir ser elegido como Alcalde de Bogotá”, concluyó la Corte Suprema.

Tras confirmarse la responsabilidad de los citados sujetos, Samuel Moreno salió medianamente bien librado por el crimen de peculado por apropiación, luego de que los magistrados de la Corte definieron que el exmandatario local no tenía las suficientes pruebas para ser acusado por ese delito.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE COLOMBIA.

Cabe recordar que algo muy similar ocurrió contra la exdirectora del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), Liliana Pardo, a quien de alguna manera se exoneró por los 28 mil millones de pesos que se habrían embolatado en esa polémica obra.

“En ese fallo, del 7 de febrero de 2020, se declaró que en la cesión del contrato 137 de 2007 el Distrito no perdió dinero. Por lo tanto, si no se configuró el peculado por apropiación en favor de terceros, Samuel Moreno no podría tener la condición de interviniente en esa conducta. Tal cesión se entregó a Conalvías en 2010 sin que se amortizara un anticipo de 28.000 millones de pesos, valor que posteriormente fue asumido por la aseguradora Segurexpo”, agregó el alto tribunal en las últimas horas.

Hay que mencionar que en febrero de 2020, cuando se absolvió a Pardo, se había declarado que Bogotá no perdió dinero en el contrato 137, por ello no ocurrió el peculado por el que se le acusaba. Esto fue lo que hoy exonera a Samuel Moreno. “Si no se configuró el peculado por apropiación en favor de terceros, Samuel Moreno no podría tener la condición de interviniente en esa conducta”, determinó el tribunal en aquel entonces.

A inicios de este año, la Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Suprema de Justicia modificar una de las condenas que se le instauró a Moreno Rojas dentro del proceso por irregularidades en la cesión de un contrato de Transmilenio. Según advirtió el Ministerio Público, al exfuncionario público lo condenaron “dos veces el hecho de obrar en coparticipación criminal”.

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