Procuraduría pidió a la JEP criterios claros sobre las sanciones impuestas a los exmiembros del secretariado de las Farc

El Ministerio Público exige que los proyectos de sanción propia cumplan con los mínimos previstos en el Acuerdo de Paz y que sean reparadores para las víctimas

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Procuraduría pidió a JEP criterios claros para las sanciones impuestas al Secretariado de las Farc. Foto: Referencia
Procuraduría pidió a JEP criterios claros para las sanciones impuestas al Secretariado de las Farc. Foto: Referencia

La Procuraduría General de la Nación fue clara y enfática con la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP- al pedir que los criterios para las sanciones impuestas al ex-secretariado de las Farc sean claros y vayan encaminados a la reparación de las víctimas, además para que los proyectos de sanción propia cumplan con los mínimos previstos en el Acuerdo de Paz.

Esto en el sentido de aclarar estos cuestionamientos que serán esenciales, “pues de lo contrario la restricción efectiva de derechos quedaría reducida a la realización esporádica de actividades, lo que dista de ser una sanción por la comisión de crímenes internacionales”, informó el Ministerio Público.

El pronunciamiento del Ministerio Público, se dio tras conocer la propuesta de Trabajos, Obras y Actividades con contenido Reparador – Restaurador (TOAR) presentada a la JEP por los exmiembros del Secretariado de las Farc.

La Procuraduría inició diciendo que reconoce avances importantes, así como la buena voluntad de los miembros del ex- secretariado de las Farc y que aunque existe un documento de lineamientos diseñado por la JEP, el mismo no incluyó criterios fundamentales que permiten hacer que los TOAR sean realmente efectivos.

El el Procurador Delegado ante la JEP, Jairo Acosta, fue claro en los puntos que deben ser reconsiderados y que deben dejarse claros para no generar falsas expectativas.

Procuraduría pidió a JEP criterios claros para las sanciones impuestas al ex-secretariado de las Farc

<b>Las víctimas son el centro del proceso</b>

Para esto la Procuraduría enfatizó en diseñar un procedimiento de consulta previa delimitando el grupo poblacional, los daños específicos, la racionalización de los recursos, los cronogramas atendibles y las actividades de los comparecientes de forma clara podría generar falsas expectativas.

Se debe poner como centro a las víctimas sin afectarlas en su dignidad y derechos, es decir, debe ser una acción sin daño. Para que se garanticen los principios de este modelo de justicia transicional, la consulta con las víctimas debe partir de la base de un proyecto que tenga vocación de prosperidad y certeza”, dijo el Procurador Delegado ante la JEP, Jairo Acosta.

<b>Protocolo exigido por la Procuraduría General de la Nación</b>

El Ministerio Público le dejo en claro a la JEP varios lineamientos para que sea efectiva la sanción, por lo cual deben definir:

1. La relación que debe existir entre el TOAR y el daño

2. Los límites sobre los criterios de reparación y restauración

3. El alcance entre la reincorporación, reparación y reconciliación

4. El papel de la sociedad civil, las víctimas y el Ministerio Público

5. Las garantías mínimas de sostenibilidad

6. la articulación con el gobierno nacional y las características mínimas que debe cumplir la restricción de derechos y libertades.

Respecto a estos lineamientos, la Procuraduría explicó que: “estos vacíos hacen más difícil para los intervinientes asumir posturas jurídicas frente a la propuesta planteada por los comparecientes que, en consecuencia, carecen de herramientas y criterios para la formulación de proyectos, por lo que la JEP deberá formular criterios y ajustar los ya presentados, para que sean compatibles con los fines de la sanción propia”, en esto fue enfático.

Finalmente, sobre las características mínimas que debe cumplir la restricción de derechos y libertades: “Se deben delimitar los lugares de residencia durante el proceso de ejecución de la sanción propia, las condiciones de seguridad que se brindarán, las formas de medición de los tiempos de dedicación, el tiempo mínimo exigido el rol y actividades de la Misión de Naciones Unidas en lo que trata de la verificación del cumplimiento de la sanción propia y cómo esto se complementará con las labores de la Secretaría Ejecutiva” asegura el documento de observaciones.

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