Con 125 votos, el proyecto de reforma tributaria resultó aprobada en la Cámara de Representantes. Ahora, se espera la conciliación de artículos con el Senado de la República el próximo martes.
Debido a artículos eliminados en los debates, la iniciativa ya no recaudaría 20 billones de pesos, como se tenía estipulado.
Entre los impuestos aprobados están los polémicos de bebidas azucaradas y la no deducibilidad de regalías para empresas que trabajan en el sector de hidrocarburos.
Tras el debate, el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, se mostró satisfecho y aseguró que se tendrán recursos para la reforma social e integral que habla el Acuerdo de Paz de La Habana y que es un compromiso firme de este Gobierno.
“Esta reforma tributaria es una gran contribución al cambio que pretende adelantar con fuerza el Gobierno nacional. Aquí se combinan dos elementos esenciales: garantizar que tenemos una política fiscal sólida y que tenemos los recursos adicionales para impulsar el gran avance de la paz total”, anotó el funcionario.
Este también dijo que habrán recursos para la paz, salud, vivienda y acueductos para la población colombiana que hoy carece de ellos, así como recursos para impulsar la economía popular, que es absolutamente esencial para hacer un cambio profundo, no solo de la sociedad, sino de la economía del país.
Además, envió un mensaje al sector privado, que criticó tanto la reforma tributaria.
“Debo decirle al sector privado, pese a las críticas recibidas, que este Gobierno quiere trabajar estrechamente con este sector en el avance de este país, incluyendo el sector petrolero y del sector del carbón, que obviamente contribuyen, adicionalmente, a esta reforma tributaria, al financiamiento del gasto social de Colombia, pero para los que tenemos la esperanza de seguir trabajando con ellos en el desarrollo del país”, subrayó.
Finalmente, según él, todo el sector empresarial también avanza con la reforma, porque este país, con la paz social, es un país que le conviene al sector empresarial.
De acuerdo con los debates, estos son los principales artículos aprobados:
Impuestos saludables: alimentos ultraprocesados y bebidas azucaradas
Para los alimentos ultraprocesados, teniendo en cuenta lo que se les añada de sal o sodio, grasas extra y también azúcares, tendrán una tarifa del 10 % en 2023, del 15 % en 2024 y del 20 % desde 2025.
Este tiene una excepción, pues productores y personas naturales que en el año gravable anterior o en el año en curso obtuvieron ingresos brutos inferiores a 380 millones de pesos, no serán responsables de este impuesto. Los chocolates no serán gravados si no tienen azúcar extra.
De igual forma, el Congreso de la República aprobó mayores plazos para la entrada en vigor en los impuestos sobre los alimentos ultraprocesados con el fin de atender las preocupaciones sobre los efectos de la canasta familia y el índice de inflación.
Quedaron exentos de este impuesto el pan industrial, pan, miel, todos los productos de leche, bocadillos, obleas, yogurt, suero, mantequilla, cuajada, demás leches, fermentados, aromatizados con frutas o cacao, así como lactosueros y concentrados con adición de azúcar.
Dicho impuesto, que tendría un efecto inflacionario de 0,27 % en el primer año, será conciliado entre el Senado y la Cámara de Representantes.
Las bebidas azucaradas deberán pagar impuestos en los años 2023, 2024 y 2025. Las únicas que no pagarán serán, en 2023 y 2024, las bebidas con menos de 6 gramos de azúcares añadidos.
Por su parte, las que tengan azúcares añadidos entre los 6 y los 10 gramos pagarán un impuesto de 18 pesos para 2023 y de 28 pesos para el 2024. En caso de que sea mayor o igual a 10 gramos el impuesto será 35 pesos y 55 pesos para 2023 y 2024, respectivamente.
Para 2025, pagarán impuesto las bebidas de hasta 5 gramos de azúcares añadidos que no paguen impuestos. A su vez, aquellas con 5 y 9 gramos deberán pagar 38 pesos de impuesto. Las de más de 9 gramos tendrán un impuesto de 65 pesos.
Cárcel para evasores
Los evasores tendrán cárcel si omiten activos, declaren un menor valor de estos o declaren pasivos inexistentes para defraudar o evadir 1.000 millones de pesos o más. Se les impondrá cárcel de 48 a 108 meses.
Si la evasión supera los 2.500 millones de pesos o es inferior a los 5.000 millones de pesos, la pena se incrementará en una tercera parte. La pena se incrementará en la mitad si la evasión o fraude es superior a los 5.000 millones de pesos.
Será sancionado con cárcel de 36 a 60 meses de prisión cuando la falta no constituya otro delito sancionado con pena mayor, superior o igual a 100 millones de pesos o sea inferior a 2.500 millones de pesos.
Si se establece que la falta supera los 2.500 millones de pesos, pero es menor a los 5.000 millones de pesos las penas se incrementarán en una tercera parte. Si es superior a los 5.000 millones de pesos, las penas se incrementarán en la mitad.
Los evasores podrán evitar ir a la cárcel solo si en los dos primeros fraudes, paguen lo que deben.
En caso de cometer falta por tercera vez tendrá castigo, pero solo de la mitad de la pena. Si comete una cuarta falta no tendrá ningún beneficio.
Personas naturales
Se unificarán las cédulas en el país, excepto para pensiones, ganancias ocasionales y dividendos, teniendo en cuenta rentas de trabajo, rentas de capital y no laborales. La tarifa máxima del impuesto a los dividendos será del 20 % y no del 39 % propuesto.
Los dividendos de más de 38 millones de pesos (1.000 unidades de valor tributario) tendrán una retención del 15 % y no del 20 %, como se había propuesto. El Gobierno avaló la propuesta de bajar al 15 % la tarifa especial de dividendos o participaciones recibidas por sociedades extranjeras y personas naturales no residentes.
Se aprobó la disminución de la renta exenta y deducibles. Para la primera, pasó a 25 % y tiene un límite de 30 millones de pesos (790 unidades de valor tributario).
En cuanto a los deducibles, el máximo será de 50 millones de pesos (1.340 unidades de valor tributario). Además, se seguirán utilizando los pagos de la medicina prepagada y las administradoras de fondos de cesantías (AFC) con 50 millones de pesos como tope. Puede haber deducibilidad para los dependientes. Por hijo, una persona tiene la posibilidad de descontar hasta 2.700.000 de pesos.
Ganancias ocasionales
Las ganancias ocasionales no tendrán una tarifa gravada del 20 %, como se estableció en principio, sino del 15 %. No se aplicará para el caso de viviendas. Para las loterías o rifas el impuesto seguirá en 35 %.
Para las tarifas de patrimonio, a partir de 2.736 millones de pesos se tendrá una tarifa marginal del 0,5 % y luego de 1 % para los de 4.636 millones. Quienes superen los 9.082 millones la tarifa será del 1,5 %. Sin embargo, para este el impuesto, por ahora, será hasta el 2026.
Empresas: petróleo, carbón, hidroeléctricas, sector financiero
Para las empresas la tarifa sigue en 35 %. No obstante, para el caso de las hidroeléctricas queda en el 3 % y el sector financiero debe asumir una sobretasa del 5 %, que sería temporal hasta el 2027 y empezará en 2023.
Los sectores de petróleo y del carbón no podrán deducir las regalías en la declaración del impuesto a la renta y tendrán sobretasas que dependerán del precio promedio internacional del petróleo y carbón de los últimos 10 años. Estas empresas deberán asumir tarifas que irán entre el 5 %, 10 % o 15 %. Estas disposiciones se convierten en las más importantes de la reforma tributaria, toda vez que representarían cerca de 9 billones de pesos.
Aquí, la reforma tributaria establece que el valor intrínseco de las compañías ahora calculará con base en el valor histórico de las mismas y su actualización con el dato de inflación.
Las zonas francas seguirán con el beneficio del 20 % sobre las ventas en el exterior y el 35 % sobre las ventas dentro del país, excepto los productos energéticos que sean vendidos al mercado interno.
Iglesias y culto
Se eliminó la propuesta de que las iglesias y establecimientos de culto pagaran impuestos por desarrollar otras actividades por las que reciben ingresos.
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