Alerta por paletas de cóctel comercializadas en redes sociales sin el registro del Invima en Colombia

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos explicó que este producto, al encontrarse fuera del marco de los Decretos 1686 de 2012 y 162 de 2021, no se puede considerar como una bebida alcohólica

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Este producto no cuentan con
Este producto no cuentan con autorización sanitaria para su elaboración, envasado y comercialización e incumplen la normatividad sanitaria vigente para alimentos y bebidas. Foto captura: invima.gov.co

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos dio a conocer a través su cuenta de Twitter que el producto comestible de nombre In Palette no cuenta con autorización sanitaria para su debida elaboración, envasado y comercialización.

Así pues, al parecer este producto es comercializado a través de la red social de Instagram y se caracteriza por tener tres sabores de cocteles: Gin Tonic o Margaria, Mojito y Daikiri, a pesar de que no cuenta con el permiso por parte de Invima para su debida difusión y venta.

Ante esta problemática, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos emitió en las últimas horas una alerta sanitaria sobre este producto, para que los usuarios recurrentes de este o aquellos que estén interesados en adquirirlo no efectúen ningún tipo de compra.

“¡Atención! #AlertaSanitaria sobre “IN PALETTE: Paletas de cóctel de diferentes sabores” #Invima identificó la comercialización fraudulenta del producto mencionado”, tuiteó el instituto.

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El Invima resaltó que este producto “no cuentan con autorización sanitaria para su elaboración, envasado y comercialización e incumplen la normatividad sanitaria vigente para alimentos y bebidas” la cual está establecida en la Resolución 2674 de 2013, artículo 3.

“Aquel producto que de acuerdo a su riesgo y a lo contemplado en la presente resolución, requiera de registro, permiso o notificación sanitaria y sea comercializado, publicitado o promocionado como un alimento, sin que cuente con el respectivo registro, permiso o notificación sanitaria”, establece la resolución citada.

El Invima solicita a la
El Invima solicita a la población en general abstenerse de adquirir el producto relacionado en esta alerta. Foto captura: invima.gov.co

Por otro lado, el Invima resaltó que esta decisión se da igualmente por incumplir la normatividad de la Resolución 1082 de 1994, la cual enmarca la superación del contenido alcohólico permitido para alimentos, representando un riesgo para salud pública para poblaciones vulnerables como niños, mujeres embarazadas y personas que no pueden consumir productos con alcohol.

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El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos explicó que este producto, al encontrarse fuera del marco de los Decretos 1686 de 2012 y 162 de 2021, no se puede considerar como una bebida alcohólica. Además, la entidad agregó que este producto se viene comercializando en los perfiles de Instagram como: @breakingbarsaravena.

“En consecuencia, se trata de un producto fraudulento, y bajo estas condiciones no puede ser comercializado en el país”, añadió el Invima.

Con el fin de pausar la actividad comercial de este producto, el Invima ha generado algunas medidas para que la comunidad tenga en cuenta: el instituto solicita a la población en general abstenerse de adquirir el producto relacionado en esta alerta.

Asimismo, se recomienda todos los consumidores que hayan adquirido este producto, relacionado en esta alerta, suspender su consumo y por último, el Invima solicita a los consumidores consultar de manera permanente su página web, https://app.invima.gov.co/alertas/alertas-alimentos-bebidas y redes sociales, dispuestas por este instituto, @invimacolombia, para conocer información relacionada con alimentos o bebidas que puedan afectar la salud de los colombianos.

Finalmente, el instituto hizo un llamado a las secretarías de Salud departamentales, distritales y municipales para que lleven a cabo la búsqueda activa del producto relacionado, realizar actividades de inspección, vigilancia y control en los establecimientos de competencia que potencialmente puedan comercializar este producto y tomar las medidas sanitarias pertinentes.

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