Reforma tributaria: no se gravarán bebidas endulzadas con edulcorantes no calóricos o con menos de seis gramos por cada 100 mL

Aunque algunos congresistas alzaron la voz de protesta sobre los ajustes que se estaban dando alrededor de este impuesto, sus ideas no llegaron al documento que se radicó este martes

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Además de que los endulzantes no calóricos no estarán incluidos en el impuesto, la cantidad de azúcar dejaría excluida a la mayoría de bebidas azucaradas.
Además de que los endulzantes no calóricos no estarán incluidos en el impuesto, la cantidad de azúcar dejaría excluida a la mayoría de bebidas azucaradas.

En la mañana de este martes primero de noviembre se conoció el documento más reciente de la reforma tributaria, que busca un recaudo de 20 billones de pesos para financiar los programas sociales del Gobierno de Gustavo Petro.

Desde el comienzo hubo gran expectativa por el impuesto a las bebidas azucaradas incluido en esta reforma. No obstante, luego de las discusiones en las comisiones económicas y presiones de algunos sectores sociales, se añadieron dos modificaciones que podrían neutralizar los efectos que se esperaban para este impuesto: la concentración mínima de azúcar las bebidas y la exclusión de los edulcorantes no calóricos.

En primer lugar, en 2023 y 2024, ninguna bebida que tenga menos de seis gramos de azúcar por cada 100 mililitros tendrá ningún impuesto. Si la bebida tiene una concentración de entre seis y 10 gramos, pagará 18 pesos, y pagará 35 pesos toda bebida que tenga más de 10 gramos. No obstante, el representante a la Cámara Juan Carlos Losada alzó su voz de protesta: las bebidas azucaradas más populares contienen 4,9 gramos de azúcar.

La petición original era gravar las bebidas con cuatro gramos o más, pero algunos congresistas hicieron lobby para que se subiera el valor mínimo. El representante dijo que justo esto mismo pasó en gobiernos anteriores.

“Nosotros pensamos que este gobierno del cambio iba a gravar a las bebidas azucaradas y con este tecnicismo están dejándola sin pagar impuestos, pero peor aún: nos quieren hacer creer que sí tienen un impuesto. Porque empiezan a pagar a partir del 6 g, cuando la realidad es que prácticamente ninguna sobrepasa esta cantidad de azúcar y por lo tanto van a quedar exentas de pagar el impuesto”, reclamó Losada.

A pesar de este reclamo, los valores mínimos no se redujeron. No obstante, hay una promesa de bajar el umbral a cinco gramos desde 2025: el documento dice que por las bebidas entre 5 y 9 gramos se pagará 38 pesos, y por las de 9 o más gramos, 65 pesos. Vale la pena recordar que este umbral aún deja por fuera a las bebidas más populares.

Además de no gravar la gran mayoría de bebidas azucaradas por este mico, otro componente fue dejado por fuera del documento: los edulcorantes no calóricos, como el aspartamo, el acesulfamo-K, la sucralosa y la estevia. En Colombia, los fabricantes de alimentos no están obligados a reportar cuántos edulcorantes distintos a los monosacáridos y polisacáridos incorporan en sus preparaciones.

Entonces, si lo que se penaliza es la ingesta de estos componentes, la industria se limitará a reemplazarlos para evadir el impuesto y se frustrará la intención del articulado, que es cambiar los hábitos alimenticios de los colombianos y hacer que busquen alternativas saludables a estos productos.

”Al excluir los edulcorantes no calóricos del impuesto, se están dejando de lado otras consideraciones de salud pública, de equidad tributaria y de recaudo tributario efectivo y potencial”, dijo el senador Juan Pablo Gallo al diario El Tiempo.

Su propuesta para contrarrestar este vacío legal era “gravar con una tarifa plana ad valorem (del 10 %, 15 % o 20 %) toda la categoría de bebidas que incluyan edulcorantes, sean estos naturales o artificiales, calóricos o no calóricos, excluyendo el agua embotellada”, pero esta idea no fue incluida en el articulado que se presentó este martes.

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