Colombia tiene una concentración de la propiedad absolutamente ineficiente y construida a sangre y fuego, según académico

En Colombia, las reformas agrarias adelantadas por los distintos gobiernos siempre se hicieron bajo el contexto de paz

Guardar
Foro “La tierra y la
Foro “La tierra y la paz total. Reformas necesarias”. FOTO: Universidad del Rosario

Con el Gobierno del presidente Gustavo Petro varias voces hablan de las reformas que necesita el país, entre ellas la posibilidad de una nueva agraria que se articule con el Acuerdos Final de Paz firmado entre el Estado colombiano y la extinta guerrilla de las Farc en Cuba.

Para el director del Observatorio de Tierras, Francisco Gutiérrez, la reforma agraria en términos del modelo de desarrollo, permite la convergencia entre dos demandas de la sociedad que usualmente se consideran como separadas: la demanda de desarrollo hacia el crecimiento económico y la demanda de inclusión social.

Según el académico, es evidente que las reformas agrarias se pueden hacer bien o mal y en distintos contextos. Por ejemplo, en Colombia siempre se hicieron bajo el contexto de paz.

“Deberíamos preguntarnos de dónde venimos y a dónde queremos salir. A mi juicio, a pesar de todos los avances intelectuales que tenemos, aún en términos de acceso a la tierra Colombia tiene una concentración de la propiedad absolutamente ineficiente y, por otra parte, construida a sangre y fuego”, precisó Gutiérrez en el foro “La tierra y la paz total. Reformas necesarias” de la Universidad del Rosario.

En el mismo, el viceministro de Desarrollo Rural, Darío Fajardo, indicó que la escena de hoy es una escena donde todavía se debate si se hace o no una reforma agraria.

“Unos sectores dijeron tenemos que tener una reforma agraria. Y yo les decía, tenemos una reforma agraria vigente, lo que pasa es que no se ha aplicado. ¿por qué no pensamos qué ha pasado con la Ley 160 de 1994?”, precisó Fajardo.

Por su parte, el director de Ordenamiento de la Propiedad Rural del Ministerio de Agricultura, Andrés Leonardo Parra, aseguró que hay una interpretación simplista que la identifica con un esfuerzo estatal de distribución de propiedad.

“Entonces el Estado en reforma agraria lo que hace es comprar predios de propiedad para posteriormente hacer redistribución en procesos de adjudicación. La reforma agraria hoy se caracteriza con tres elementos adicionales: el primero es acceso, el segundo seguridad jurídica y el tercero administración de las tierras del Estado”, precisó Parra.

Jurisdicción agraria

Otro asunto analizado en el foro fue la jurisdicción agraria. Aunque en el Gobierno se debate sobre esta y cómo debería implementarse en un país como Colombia, aún no se tiene clara cuál es la forma óptima de desarrollarse. Sin embargo, hay expertos que plantean que los trámites legales para la jurisdicción agraria se deberían agrupar en una sola jurisdicción para llevar a cabo esos procesos.

“Desde el 2007 cuando perdimos la pelea del acto legislativo para la jurisdicción agraria, lo que reinó fue la tesis de la especialidad. Inicialmente la idea era no crear una nueva jurisdicción porque implicaba crear una nueva corte, lo que era muy costoso y se iba a demorar más tiempo”, expresó la subdirectora Técnica de la Unidad de Restauración de Tierras (URT), Aura Bolívar.

Pese a esto, Bolívar aseguró que pasaron alrededor de cinco años y aún no existe especialidad alguna, básicamente, porque la última iniciativa lo que hizo fue mirar dos especialidades, una de jurisdicción ordinaria y otra en la jurisdicción contenciosa, con jueces, tribunales, magistrados y unos mecanismos especiales de cierre y con la imposibilidad y un órgano de no cierre.

“El primer riesgo de las especialidades, es la inexistencia de un órgano de cierre que impide que se consolide un derecho agrario propiamente sustantivo, pero además procesalmente hablando la inexistencia de una sola jurisdicción conduce a tener vías distintas”, anotó la subdirectora Técnica de la URT.

Por su parte, la representante a la Cámara Delcy Isaza planteó que, aunque crear una jurisdicción implica un costo, estructura y funcionalidad para darle la oportunidad de garantía a los campesinos, es de suma importancia que se haga con agilidad para después poder crear una ley estatutaria y además una jurisdicción ambiental.

“Esa problemática ambiental que tenemos necesita de su propia jurisdicción para no cargar a la que estamos creando, porque realmente la haríamos fracasar antes de iniciarla”, afirmó Isaza.

No obstante, mucho se habla de lo urgente que es implementar la jurisdicción agraria, pero poco de lo que se debería hacer mientras es consolidada.

Para ello, la procuradora Segunda Delegada en lo Agrario, Martha Carvajalino, manifestó que es importante tomar medidas transitorias, porque mientras el Congreso de la República pone en marcha la jurisdicción agraria, tiene que resolver quiénes y qué jueces van a conocer de los asuntos agrarios.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar