Cárcel para evasores de impuestos: estos son los nuevos cambios en la reforma tributaria que anunció el gobierno Petro

Además, el Gobierno llegó a acuerdos con los congresistas sobre impuestos a las zonas francas y a los profesionales

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El ministro de Hacienda, José
El ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, presentó el texto del proyecto de reforma tributaria el pasado 8 de agosto en el Congreso de la República. FOTO: PRESIDENCIA

Nuevos acuerdos fueron alcanzados entre el gobierno de Gustavo Petro y las bancadas del Congreso sobre tres puntos fundamentales en la redacción del proyecto de ley de la reforma tributaria: impuestos a los profesionales, a las zonas francas, y pena de cárcel para evasores.

Sobre este último punto, el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, explicó que la prisión será para reincidentes: “el primero paga, el segundo paga con una multa adicional y la tercera vez va a la cárcel”.

También indicó que la idea es penalizar a quienes evadan más de 1000 millones de pesos, teniendo en cuenta que actualmente la sanción es por encima de los 5000 millones, y quienes pagan no deben pagar la pena de cárcel. A su vez, el senador del Partido Conservador Efraín Cepeda añadió:

“Se extingue la pena si se paga la primera vez, si la segunda vez ocurre nuevamente una evasión la pena se extingue solo en un 50% y ya la tercera vez la pena no se extingue”.

Esta proposición cuenta con el visto bueno del Consejo Superior de Política Criminal, que está integrado por el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría y Personería. “En cuanto a la extinción de la acción penal por el pago de impuestos, sanciones tributarias e intereses, la propuesta de modificación introduce una condición razonable tendiente a mitigar la reincidencia y promover que quienes no han delinquido, se abstengan de hacerlo por evitar una sanción penal mayor al eventual beneficio que obtendrían con la comisión del ilícito”, indicó el órgano.

No obstante, este Consejo también recomendó hacer algunos ajustes, como estipular un plazo máximo de la suspensión de la acción penal por la suscripción de un acuerdo pago. ”Esto evitaría eventuales inconvenientes para la investigación y juzgamiento de las conductas e iría en línea con el principio de seguridad jurídica, que es uno de los pilares fundamentales del ordenamiento jurídico nacional”, explicó.

Impuesto a las zonas francas

Estas deberán pagar un impuesto del 20 % sobre las utilidades por sus exportaciones o por las ventas a extranjeros, mientras que las ventas al mercado interno pagarán un 35 %. Por otra parte, nunca perderán su condición de zona franca, por lo que se les permitirá seguir importando maquinaria y equipos sin aranceles.

Hay unas excepciones que son productos energéticos que se vendan al mercado interno, que quedó con el 20%, que son las zonas francas offshore de gas, reficar y biocombustibles”, explicó José Antonio Ocampo, que agregó: “los puertos, aeropuertos y hospitales se considera que las ventas extranjeras son exportación”.

Impuestos a los profesionales

Los profesionales liberales, es decir, quienes hagan consultorías (abogados, arquitectos, periodistas, entre otros) se mantendrán en el régimen simple de tributación siempre y cuando sus ingresos anuales estén por debajo de 500 millones de pesos (sin la reforma, son 4000 millones anuales).

Impuesto a las iglesias

Sobre esta tributación no se llegó a un acuerdo per sé, pero sí a un principio de acuerdo. “La utilidades de esas instituciones, si las aplican a su propio objeto social (el culto), a labores filantrópicas o se aplican en obras meritorias para la comunidad, tendrán un beneficio tributario. Ahora, si los excedentes se van para otras cosas como que compran locales o apartamentos, serán gravables”, explicó el representante por el Centro Democrático Óscar Darío Pérez.

Se espera que este jueves haya una última reunión para concertar algunos otros puntos adicionales, y si todo queda listo, la votación por el proyecto de ley podría darse la próxima semana.

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