Fiscalía judicializa al hombre quien habría atacado con unas tijeras de podar a un perro en Boyacá

El canino presentó varias heridas en el tórax y fue trasladado a una clínica veterinaria, donde lo intervinieron quirúrgicamente

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Jhony Aureliano Verdugo Acero atacaría con unas tijeras de podar a un perro de nombre Manolo, tras una riña que se presentó con la mascota que lo acompañaba. Foto archivo Infobae
Jhony Aureliano Verdugo Acero atacaría con unas tijeras de podar a un perro de nombre Manolo, tras una riña que se presentó con la mascota que lo acompañaba. Foto archivo Infobae

La Fiscalía General de la Nación dio a conocer la judicialización de dos hombres por parte del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (GELMA) que en graves hecho de intolerancia y agresividad, causaron duras afectaciones a perros en Boyacá y Valle del Cauca.

El primero de estos hechos aconteció el pasado 17 noviembre de 2020, en un parque del municipio de Sogamoso, Boyacá, donde un hombre identificado como Jhony Aureliano Verdugo Acero atacaría con unas tijeras de podar a un perro de nombre Manolo, tras una riña que se presentó con la mascota que lo acompañaba.

“El canino tenía varias heridas en el tórax y fue trasladado a una clínica veterinaria, donde lo intervinieron quirúrgicamente. Verdugo Acero fue imputado por el delito de maltrato animal”, resaltó el organismo judicial.

El otro caso presentado por la Fiscalía sucedió el 14 de junio de 2021, donde el ciudadano Luis Fernando Santana le habría causado la muerte a un perro de nombre NIño, estos hechos se llevaron a cabo en el municipio de Caicedonia, Valle del Cauca.

Según el material probatorio presentado por el ente judicial, Luis Santana se presentó en un alto grado de exaltación a la vivienda de la madre agrediéndola verbalmente, estando aun afuera de la casa. Al escuchar el escándalo, el canino asomó la cabeza por una reja y este hombre, presuntamente, se le lanzó para atacarlo violentamente con un palo.

“En ese sentido, fue imputado por el delito de maltrato animal agravado”, señaló la Fiscalía.

Así lo dio a conocer Alejandro Gaviria, fiscal Coordinador de GELMA, a través de la cuenta de Twitter de la Fiscalía General de la Nación:

Alejandro Gaviria, Fiscal Coordinador del Gelma, dio detalles de la agresión que sufrió el canino de nombre Manolo

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Cabe recordar que en los últimos días Fiscales del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal dieron detalles de las acciones judiciales en contra de un ciudadano del Valle del Cauca por tentar contra la vida de un canino.

Así pues, el organismo judicial imputó el delito de maltrato animal a John Clisman Gómez Jaramillo quien al parecer habría agredido a un cachorro de cuatro meses, llamado Manchas, el pasado 12 de agosto. Según información suministrada por la entidad, este canino le pertenecía a la pareja sentimental del acusado.

“Los hechos se registraron en Tuluá (Valle del Cauca). La Policía fue alertada sobre una pelea en una vivienda. Al llegar al lugar, la mujer indicó que su compañero atacó al perro dejándolo inconsciente. ‘Manchas’ fue trasladado y atendido en una clínica veterinaria por un trauma craneoencefálico” agregó el ente.

En cuanto a estos hechos, la Ley 1774 de 2016 decreta en su artículo número 1 que los animales como seres sintientes no son cosas y recibirán protección contra el sufrimiento y el dolor, principalmente, el causado directa o indirectamente por humanos.

“Por lo cual en la presente ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial” resalta el artículo 1° de la ley 1774.

Asimismo, el Artículo 339A señala que por cualquier medio o procedimiento donde se maltrate a un animal amansado, doméstico, silvestre vertebrado o exótico vertebrado, causándole con esto lesiones que menoscaben gravemente su salud o integridad física y/o la muerte incurrirá en pena de prisión de 12 a 36 meses.

“E inhabilidad especial de uno (1) a tres (3) años para el ejercicio de profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multa de cinco (5) a sesenta (60) salarios mínimos mensuales legales vigentes”, señala el artículo 339A de la ley 1774.

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