La Procuraduría General de la Nación solicitó ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca establecer una medida judicial de protección especial para los ejemplares equipos que están a cargo de la Policía Nacional. El ente de control precisó que esta medida debe ser aplicada solo en momentos de manifestación pública, escenario donde los caballos se disponen para controlar y mitigar los desmanes.
El concepto enviado por el Ministerio Público señala que el uso de los equipos como herramienta disuasoria en protestas ha provocado que, en repetidas oportunidades, resulten heridos. Situaciones que se habrían generado por parte de civiles que hacen presencia en el marco de las manifestaciones. La entidad precisó que estos ataques a los animales transgreden la ley 1776 de 2016, que consagra el deber del Estado para proteger a los animales y la prohibición de causarles cualquier tipo de daño.
“Un grupo de ciudadanos tuvo la preocupación de que, en las últimas manifestaciones que se han presentado desde el año 2019 han habido una serie de disturbios donde los manifestantes exaltados han tirado palos, piedras y han ocasionado heridas a los callos de los Carabineros”, Víctor David Lemus Chois, procurador delegado primero ante el Consejo de Estado.
De igual forma, la conceptualización del Ministerio Público señala que los caballos deben ser considerados como animales sintientes por parte de la policía y las instituciones, por lo que solicita activar una medida especial para su cuidado.
“Este concepto fue hecho como intervención del Ministerio Público en una acción popular en la que se busca proteger a los caballos de los Carabineros como animales sintientes”, añadió el procurador Víctor Lemus.
Dentro del oficio que fue enviado al Tribunal Superior de Cundinamarca se hace claridad que no se está pidiendo la crianza y la utilización de los equinos por parte de la Policía Nacional. El concepto es claro en mencionar que la única exclusión que se pide para los caballos es en el acto de control y vigilancia que se hace en el marco de las protestas.
“No se trata de prohibir la crianza del uso de caballos por parte de la Policía Nacional para todas aquellas actividades en la cuales no exista peligro para su integridad, sino que se prohíba su utilización exclusivamente para la vigilancia y control de manifestaciones públicas, en cuanto el riesgo que representa para el animal verse convertido en un objetivo de los ataques de marchantes violentos”, indicó la Procuraduría General de la Nación.
El ente de control reconoció lo significativa que es la labor de los equinos en otro tipo de tareas que desempeña la Policía Nacional, en compañía de los ejemplares. Las actividades de mayor importancia, según detalló el procurador delegado primero ante el Consejo de Estado, se ejercen en la ruralidad del país, o en zonas de difícil acceso.
“Los Carabineros son un cuerpo de la policía muy importante para desarrollar actividades como la protección de los parques naturales, las zonas de especial protección de reserva forestal y las zonas rurales. Allí pueden seguir cumpliendo una actividad muy importante”, agregó el procurador Víctor Lemus.
Finalmente, el ente de control político resaltó que la Policía Nacional cuenta con medios más eficaces para controlar o dispersar los desmanes derivados de las manifestaciones. Por otro lado, enfatizó en que se tiene la seguridad de que los maltratos a los caballos, en ningún momento, fueron provocados por miembros de la Fuerza Pública.
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