El alcalde de Medellín, Daniel Quintero, fue sancionado con el pago de 15 salarios mínimos por haber incumplido en el fallo emitido en primera instancia por el Tribunal de Medellín en 2019. A pesar de que la sentencia no fue conferida, en primera instancia, durante su periodo de gobierno, cuando llegó a ser alcalde debía cumplir las ordenanzas judiciales que se le hacían directamente a la Alcaldía.
En curso del año 2018, la compañía Promotora La Cumbre, se encontraba desarrollando un proyecto habitacional en la comuna del exclusivo sector de El Poblado, exactamente en La Calera. Con fines de darle acceso vehicular, la empresa constructora debía construir una conexión vial entre las carreras 15 y 16, para conectar con la calle 6 A.
Sin embargo, esta fue una situación que emprendió las alarmas para los vecinos del sector, que enfáticamente se opusieron a que se ejecutara la construcción de esta conexión vial.
En noviembre de 2008, en este mismo sector, ocurrió una tragedia en una vía que estaba construida sobre esta zona de alto riesgo, por la ubicación que tuvo sobre la montaña del sur de Medellín. En ese episodio murieron 12 personas y seis viviendas se vinieron abajo.
Con este precedente y ante los proyectos que Promotora La Cumbre pretendía realizar, los habitantes de esta localidad de Medellín aseguraron que, la construcción de esta vía, requiere de estudios técnicos y geológicos que brinden plenas garantías para desarrollas tales obras. Razón por la que instauraron una acción popular contra la Alcaldía de Medellín y la empresa Promotora La Cumbre S.A. en 21 de mayo de 2019, ante el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Medellín.
En la sentencia que el estrado judicial profirió, reconoció la violación de los derechos colectivos de la comunidad y le ordenó a la Alcaldía de Medellín y a la empresa señalada a realizar una serie de estudios geotécnicos para definir la estabilidad de la zona y las obras que serían necesarias para el flujo de vehículos que recibiría esta conexión vial. Dichos estudios debieron realizarse en un tiempo de dos meses.
La decisión fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Antioquia el 24 de agosto de 2020, momento para el que Daniel Quintero cumplía ocho meses al frente de Medellín como alcalde, por lo que le correspondería a él, como jefe mayor de la ciudad, hacer los estudios ordenados por el tribunal.
Luego de más de 3 años de haber proferido la primera sentencia, los accionantes populares percibieron que no se cumplió lo ordenado, así que decidieron abrir una incidente de desacato en contra del representante legal de la empresa y del alcalde, Daniel Quintero. Diligencia que radicaron el pasado 16 de septiembre.
De cara a esta solicitud, el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Medellín resolvió a favor de la comunidad.
“Nótese que el municipio de Medellín ha oscilado en respuestas francamente evasivas para cumplir el fallo, desde la respuesta dada el 28 de junio de 2021 en la que se solicita plazo para que el equipo del DAGRD pueda hacer la verificación técnica y de campo, en aras de remitir un informe al Despacho, hasta la última respuesta del 02 de agosto de 2022 en que solicita que se le informe el lugar donde deben realizar la intervención”, concluye el fallo.
Para el juzgado, tanto la empresa como la alcaldía, han actuado pasiva e injustificadamente ante el fallo emitido en 2019. Por ello, el juzgado sancionó a Daniel Quintero en calidad de alcalde con el pago de $15 millones y al representante legal de Promotora La Cumbre con $10 millones.
Frente a esta determinación judicial, el alcalde Quintero no ha emitido algún pronunciamiento.
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