Crimen del niño Gabriel Esteban: Procuraduría en Bogotá decidirá si investiga a entidades que debían proteger al menor

A la seccional del Ministerio Público en la capital colombiana le remitieron las actuaciones del ICBF y la Comisaría de Familia donde la mamá del pequeño denunció por violencia intrafamiliar al asesino y padre del niño

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Imagen de referencia de Gabriel
Imagen de referencia de Gabriel González Cubillos, padre y asesino de su propio hijo Gabriel Esteban Cubillos. Foto: Archivo Infobae.

El procurador Distrital de Instrucción de Bogotá, Néstor Mauricio Areiza, tendrá que decidir si inicia una investigación disciplinaria a la Defensoría de Familia del ICBF (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar) Regional Bogotá - Centro Zonal Usme y a la Comisaría de Familia en la misma localidad del sur de la capital colombiana por sus actuaciones ante la denuncia por violencia intrafamiliar que instauró Consuelo Rodríguez, la madre del menor, contra Gabriel González Cubillos, padre y asesino de su propio hijo de cinco años Gabriel Esteban Cubillos.

Se debe recordar que este deleznable infanticidio se enmarca dentro de la denominada violencia vicaria, en la que el agresor busca causar daño a su excompañera sentimental a través de sus hijos, por lo que se cuestiona que al confeso homicida le permitieran visitas al pequeño Gabriel pese a que ya había un antecedente de maltrato a la madre.

La emisora La W Radio obtuvo el documento del Ministerio Público con el que al funcionario le remiten la documentación de las acciones de esas entidades tras se analizadas por Viviana Mora Vergel, procuradora delegada con Funciones Mixtas para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer, quien las había solicitado tras conocerse que a la progenitora del niño le expidieron una medida de protección tras separarse González, tras ser señalado por maltrato.

En el medio radial explicaron que en el documento se hace un recuento de los hechos que concluyeron en el homicidio, así como de los llamados de atención e interrogantes a las mencionadas entidades por parte de Mora Regel en un oficio del 5 de octubre, luego de que se hiciera público el deleznable hecho.

De acuerdo con los documentos, hubo un grave antecedente cuando la madre del niño acudió al ICBF para denunciar que el progenitor se había llevado al menor desde el 6 agosto y no le permitía hablar con él, así como que le había manifestado que no se lo entregaría hasta el 15 de ese mismo mes.

Reseñaron en el medio radial que, además, la señora Consuelo Rodríguez señaló que era víctima de violencia intrafamiliar por parte de su excompañero sentimental, y dicho caso se remitió desde la Fiscalía General de la Nación a la Comisaria de Familia de Usme.

Sin embargo, en el seguimiento que hizo del caso el funcionario de la Comisaría de Familia de Usme, Libardo Parra, se determinó que habían cesado las agresiones y no había reincidencia del padre del menor. No obstante, la medida de protección a la mujer se mantuvo, de acuerdo con el documento, donde también se indicó que González no había hecho llegar a la Comisaría los soportes del acompañamiento terapéutico que tenía que recibir como se ordenaba en la mencionada medida.

En la emisora Blu Radio, que también citó la misma remisión al Procurador en Bogotá, se reseñó que los maltratos los ejercía el parricida contra su expareja porque ella había terminado la relación y había entablado una nueva con otra persona.

Incluso había un informe en que se señalaba que la mujer hizo ocho llamadas telefónicas que realizó la madre del niño en julio, agosto y septiembre donde reiteraba que padecía maltrato y que una de las trabajadoras sociales de la Defensoría calificó de preocupantes, por lo que recomendó continuar con la atención a la mujer víctima.

Teniendo en cuenta estas situaciones, la procuradora Viviana Mora concluyó que desde esas entidades se pudo haber prevenido el infanticidio.

“Se debió explorar la dinámica familiar y la existencia de otras actuaciones administrativas de restablecimiento de derechos en favor del núcleo familiar y las eventuales afectaciones por los hechos de violencia psicológica referida por la víctima, que permitieran prever un comportamiento violento, agresivo o criminal del padre hacia su hijo o si este había iniciado un proceso de instrumentalización del niño, para afectar a la progenitora”, citaron en Blu Radio del documento.

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