Tradicionalmente se conoce por parte de los colombianos que, en caso de verse involucrados en un choque, es importante no mover los vehículos, aun si la colisión es simple o ‘de latas’ como se conoce popularmente. La medida tenía como propósito facilitarle el trabajo a las autoridades de tránsito al momento de que estas realizaran el croquis y el informe policial que le era entregado a los conductores involucrados para determinar las responsabilidades.
Sin embargo, una circular emitida el miércoles por el Ministerio de Transporte cambia esta práctica y, por el contrario, obliga a los conductores a mover los vehículos lo más rápido posible, en caso de presentar una colisión.
El problema que embarga a las demás personas cuando estas situaciones se presentan en la vía, es el trancón que se genera tras un choque que fácilmente puede ocupar uno o dos carriles. Un obstáculo que puede tardar, incluso horas, hasta que sea solucionado por parte de las unidades de tránsito. Esta sería la razón que motiva esta decisión tomada por parte del gobierno Nacional.
En este sentido, el Ministerio de Transporte expidió una circular que precisa el cumplimiento del artículo 16 de la ley 2251 de 2021. Allí, se entrega a disposición de los conductores y aseguradoras la determinación de responsabilidades y solución de los choques presentados en vía pública.
La circular explica que la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y los cuerpos operativos de los organismos de tránsito a nivel nacional ya no tendrán la obligación de elaborar el informe de accidentes de tránsito en siniestros en los que solo se presenten daños materiales. Las únicas salvedades para esta nueva medida son para las personas que estén bajo el efecto de alcohol, para cuando el vehículo presenta daños mecánicos que impiden su movimiento o cuando el siniestro involucra a, por lo menos, un herido.
De lo contrario, los automotores envueltos en la colisión tendrán que ser movidos, así como cualquier material que pueda obstaculizar el paso del tráfico.
De igual forma, el oficio emitido por parte del ministerio dicta que, bien los conductores o las compañías aseguradoras, de ahora en adelante son las encargadas de recolectar todo el material probatorio del accidente. Asimismo, agrega que las aseguradoras son las responsables de definir e informar a las personas que, tiene su vehículo asegurado, las herramientas técnicas y tecnológicas para realizar una toma de pruebas ágil, oportuna y suficiente acerca del suceso del evento. Con esto, se busca reemplazar el informe policial que era diligenciado por las autoridades viales.
Con esta disposición, el Ministerio de Transporte pretende darle prioridad al flujo vehicular, sobretodo, de las grandes ciudades, donde el tráfico es mayor. En caso de ser sorprendidos por las autoridades de tránsito en medio de un choque simple sin haber retirado los vehículos, los conductores podrían acarrear una multa por bloquear una calzada o intersección, definida en el Código Nacional de Tránsito como infracción C03, este comparendo corresponde al pago de 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV), lo que representa una cifra de 500 mil pesos.
Finalmente, la cartera de Transporte da vía libre a la negociación directa entre los conductores para definir los arreglos que deben tener los automotores, sin el acompañamiento de alguna autoridad. Aunque precisó que las compañías aseguradoras pueden seguir brindando asesoría y acompañamiento a sus clientes en estos procesos.
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