Nueve días después de la firma del Acuerdo de Paz entre el Estado colombiano y la antigua guerrilla de las Farc en un acto llevado a cabo en Cartagena, que estuvo encabezado por el entonces presidente de Colombia, Juan Manuel Santos y Rodrigo Londoño, último jefe del secretariado del grupo insurgente, se presentó la primera masacre en Colombia.
El 5 de octubre de 2017, en la vereda El Tandil de Tumaco, Nariño, cerca de 1.500 personas, entre cultivadores, trabajadores, finqueros y miembros de la Asociación de Juntas de Acción Comunal de los Ríos Mira, Nulpe y Mataje Asominuma, se reunieron para protestar contra la erradicación forzada de los cultivos de coca.
Mientras se desarrollaba la movilización social, un grupo de Policías Antinarcóticos disparó hacia la manifestación, dejando un saldo de siete personas muertas y 22 heridas.
De acuerdo con declaraciones de los testigos, la Policía disparó contra personas indefensas. La Fuerza Pública dijo que se había tratado de un combate contra el frente Oliver Sinisterra, de las disidencias de las Farc. “No hubo uniformados heridos ni muertos, todas las víctimas eran civiles”, se lee en una investigación de Consejo de Redacción.
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Las víctimas fueron identificadas como: Gunga Pai, indígena del Resguardo Gran Rosario, Diego Escobar Dorado, líder campesino de la zona, Nelson Chacuendo Calambas, indígena nasa, Alfonso Taicus Taicus, indígena Awá, junto con Aldemar Gil Guachetá, Janier Usperto Cortés Mairongo e Iván Darío Muñoz Echevarría, quien falleció el 21 de octubre como consecuencia de los impactos de fusil.
Recientemente, mediante el auto 989 de 2022, la Corte Constitucional decidió que la masacre en la vereda El Tandil será investigada por la justicia ordinaria y no por la Penal Militar. Según dictó el alto tribunal:
“Los hechos en cuestión corresponde a la jurisdicción penal ordinaria pues, ante la existencia de dudas sobre el vínculo directo del delito con el servicio militar o de policía, resulta imperativo acudir a la regla general de competencia de la jurisdicción ordinaria”.
El Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (Cajar), que le hace un seguimiento a este caso, celebró la decisión de la Corte Constitucional, “la consideramos fundamental para avanzar hacia la justicia”.
Por su parte, la Comisión Intereclesial de Justicia y Paz recordó que para enero de 2018 se realizaría una audiencia para imputación de cargos por delitos de homicidio agravado y homicidio agravado tentado contra el comandante Javier Enrique Soto García del Núcleo Delta de la Policía Nacional y al comandante Jorge Niño León, del Pelotón Dinamarca.
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Sin embargo, la audiencia fue aplazada y luego cancelada. “Hasta el momento nadie ha sido condenado y la Procuraduría General de la Nación no ha sancionado ningún miembro”, señaló la organización social.
En el marco del quinto año de esta masacre, el Cajar realizó un foro sobre: Lecciones de un lustro de impunidad: “Los desafíos para la paz, la justicia y la no repetición, a cinco años de los hechos de El Tandil” que se llevó a cabo en la Universidad de Nariño con la participación de víctimas y organizaciones acompañantes.
El foro tuvo como objetivo visibilizar la impunidad existente, y la ausencia de verdad y garantías de no repetición de estos hechos, “que marcaron el inicio de una cruenta práctica de masacres posteriores a la firma del Acuerdo de Paz, donde se conjugan ataques contra poblaciones que subsisten con el cultivo de hoja de coca, y que han vivido las consecuencias humanitarias de políticas de erradicación forzada y presión de grupos al margen de la ley que controlan el negocio”, señaló la organización social.
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