Reforma tributaria de Gustavo Petro: estos son los alimentos que se gravarían, y los que definitivamente no

En las próximas horas se espera la oficialización del documento final que se debatirá en el Congreso, no obstante, ya se conocen algunos de los productos que tendrían un impuesto adicional, afectando así el bolsillo de los colombianos

Guardar
Estos serían los alimentos que
Estos serían los alimentos que impactaría la reforma tributaria.

Por lo menos para el colombiano a pie, uno de los temas más importantes de la reforma tributaria sería el gravamen a los productos de la canasta básica familiar, para este caso, los denominados alimentos ultra procesados y azucarados fueron una de las pretensiones que desde el principio anunció el gobierno nacional. A portas de confirmarse cuál será el texto final y los montos que posiblemente los colombianos tendrán que asumir, a partir de la nueva normativa fiscal, se dieron a conocer algunos de estos productos que se verían afectados.

Tal vez este sea el rubro que más impacte a todos los colombianos, o por lo menos el que se puede hacer más fácil de comprender, por eso hace una semana del ministro de hacienda y crédito público, José Antonio Ocampo, anunció que uno de los cambios que se le había hecho al texto inicial: sería excluir de esos gravámenes a las panaderías y pequeños negocios, a los que se presupone, se les cobraría un impuesto del 10 % por cada uno de estos alimentos.

“Vamos a proponer una excepción para los pequeños negocios, como por ejemplo, las panaderías, para que no tengan que pagar ese impuesto y que sean las empresas de mayor tamaño o los importadores de esos productos los que lo asuman”,

Precisamente este punto de los alimentos y bebidas azucaradas es uno de los más controversiales, el colocar impuestos a estos productos es un tema que se viene hablando desde hace varios gobiernos, pero, que el de Gustavo Petro es el que se ha mostrado más a favor de estas iniciativas, no obstante, entendiendo el impacto que esto generaría en la canasta familiar, sumado a una creciente inflación que se vive en el país, el ministro Ocampo, aseguro qué dichos cambios se harán en un período transitorio, mientras las compañías y establecimientos van comprendiendo cómo se realizará la aplicación de estos impuestos.

Más o menos la fórmula iría determinada por la cantidad de nutriente o componente frente al peso o dimensión neta del producto en cuestión, por ejemplo, en una bebida de 100 mililitros, si está contiene menos de 6 gramos de azúcar, no será impactada por la reforma, o más o menos que el 10 % del total del contenido calórico no provenga de estos aditivos.

No obstante, si la bebida tiene entre 6 y 10 gramos de azúcar por 100 mililitros, pagarán 18 pesos por cada 100 ml, sí superan los 10 gramos, pagarían $ 35.

Lo mismo pasará con los que son altos en sodio, sí este tiene más de un miligramo calórico en un producto de 300 miligramos verá el impacto. Aunque enredado, según la explicación qué da el jefe de la cartera de hacienda, esto se hace precisamente para no impactar a los pequeños productores:

“Los impuestos de alimentos ultra procesados y bebidas no se aplican a pequeños productores. Si el productor es una panadería de hasta cierto tamaño no se le cobrará el impuesto. Depende del nivel de ventas de la tienda. Si está por debajo de cierto nivel de ventas no se le cobrará”.

Claro está hasta que no sé publiqué el texto final y obviamente lo apruebe el congreso no hay una lista definitiva no obstante esbozando con estos estándares se pueden suponer que los productos afectados serán: lácteos azucarados o con edulcorantes, embutidos y similares o derivados de las carnes, confitería, chocolates, pastas y mezclas de panadería y galletería, bases de cereales, jaleas, mermeladas, salsas, helados, entre otros.

Cabe recalcar, que cada categoría tiene unas excepciones o exclusiones, que se determinarán para cada producto en particular. Estas tarifas se aplicarían de manera progresiva, teniendo un impuesto del 10 % para el 2023, el 15 % para el 2024 y el 20 % para el 2025.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar