Las quejas de la Corte Constitucional por el nulo avance de los gobiernos para superar el hacinamiento en las cárceles

El alto tribunal extendió el Estado de Cosas Inconstitucional e indicó que en las cárceles del país existiría una violación masiva y generalizada de derechos de los presidarios

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 Cristina Pardo Schlesinger le envió un mensaje a toda el poder judicial del país, “no es posible que sigamos manteniendo posiciones jurisprudenciales no unificadas
Cristina Pardo Schlesinger le envió un mensaje a toda el poder judicial del país, “no es posible que sigamos manteniendo posiciones jurisprudenciales no unificadas

En la Inauguración del XVII Encuentro de la Jurisdicción Constitucional, Cristina Pardo Schlesinger, presidenta de la Corte Constitucional de Colombia, señaló que los gobiernos no han puesto todo lo que es necesario para superar el Estado de Cosas Inconstitucional en materia de hacinamiento en las cárceles y URI.

Hay que recordar que el pasado 6 de abril la Corte Constitucional extendió el Estado de Cosas Inconstitucional al estudiar nueve tutelas, después de analizarlas, indicó que en las cárceles del país existiría una violación masiva y generalizada de derechos de los presidarios.

En ese momento y con votación 5-3, el alto tribunal dictó una serie de órdenes a corto y largo plazo para solucionar la crisis de derechos humanos, que implica la construcción de prisiones, el traslado de personas condenadas que están en dichos centros a cárceles, así como adecuar nuevos lugares con condiciones de dignidad.

Sin embargo, en el encuentro de la rama judicial Pardo Schlesinger comentó que:

“Los Estado de Cosas Inconstitucional que se han declarado ya tres veces en materia carcelaria han sido de las de más difícil cumplimiento, es decir, aquello donde la Corte siente que digamos los gobiernos (porque han sido varios) no han puesto todo lo que es necesario para superar este estado”, señaló la presidenta de la Corte Constitucional.

Respecto al Estado de Cosas Inconstitucional en criterio de la Corte Constitucional, es necesaria la intervención del juez constitucional para orientar la coordinación y articulación efectiva entre las distintas entidades del orden nacional y territorial que, desde sus competencias, deben resolver una situación que atenta intensamente contra las garantías constitucionales.

Estos procesos estarían divididos en dos etapas:

  • En la primera fase (transitoria), el objetivo principal es disminuir y acabar con el hacinamiento en las inspecciones, estaciones y subestaciones de Policía, unidades de reacción inmediata y sitios similares. Esto con el fin de atender de forma inmediata la situación indigna en la que se encuentran las personas allí recluidas.
  • En la segunda fase del plan de acción (definitiva) el objetivo es eliminar de manera definitiva el uso de los denominados centros de detención transitoria y ampliar los cupos en los establecimientos carcelarios a nivel territorial y nacional, con condiciones adecuadas que aseguren los derechos de las personas procesadas.

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El XVII Encuentro de la Jurisdicción Constitucional se realizará en Villa de Leyva (Boyacá) hasta mañana 30 de septiembre y tiene como lema ‘Todos somos jurisdicción constitucional’. En el espacio, invitados y expertos se referirán, como primer eje temático, al ‘derecho constitucional global’, su sentido, alcance y límites.

En un segundo eje se ocuparán de buscar las razones por las que los jueces ordinarios, en su rol de jueces constitucionales, se apartan, ocasionalmente, de las líneas jurisprudenciales fijadas por la Corte en su tarea de protección de los derechos fundamentales.

Durante el encuentro, Cristina Pardo Schlesinger le envió un mensaje a todo el poder judicial del país, “no es posible que sigamos manteniendo posiciones jurisprudenciales no unificadas. No solo al interior de cada una de las altas cortes, sino al interior de la Rama debemos procurar una justicia igualitaria”, sostuvo durante su intervención.

En el mismo sentido sostuvo lo siguiente:

“La Corte reconoce que no está sola en la labor de materializar la supremacía constitucional. Sin embargo, no se puede desconocer que su papel ha sido significativo en el respeto de las normas constitucional”, finalizó la magistrada.

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