Estos serán los productos con descuento del 19 % en los días sin IVA de 2023

Pese a que estaban descartados por el Gobierno de Gustavo Petro, las jornadas con exención del impuesto se aplicará el próximo año, pero para productos nacionales

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Los días sin IVA significaron un punto importante para el comercio colombiano en la reactivación económica tras la pandemia del covid-19. FOTO: Archivo Particular
Los días sin IVA significaron un punto importante para el comercio colombiano en la reactivación económica tras la pandemia del covid-19. FOTO: Archivo Particular

Pese a que se habían descartado por el presidente Gustavo Petro, en 2023 se harán dos días sin IVA en Colombia. La información la confirmó este miércoles el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, al precisar que se logró un acuerdo con los ponentes del proyecto de reforma tributaria y los congresistas de las comisiones económicas de Senado y Cámara de Representantes para celebrar estas jornadas exentas del impuesto al valor agregado, que es del 19 %, pero solo para productos de fabricación nacional que no superen el tope de 3.040.000 pesos.

De igual manera, el portal Valora Analitik dio a conocer la lista completa de productos que podrían aplicar a los días sin IVA desde 2023 y los topes que tendrían. Estos están divididos en siete categorías. Son las siguientes:

Prendas de vestir:

En esta categoría se mantiene un tope de 800.000 pesos. Allí se incluiría cualquier pieza de vestido o calzado: camisas, camisetas, blusas, pantalones, jeans, faldas, zapatos, tenis, etc.

Complementos de vestuario:

Los complementos de vestuario tendrán también un tope de 760.080 pesos.

Entre los productos incluidos estarían morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas, paraguas, pañoletas y bisutería.

Aparatos eléctricos para el hogar:

Esta categoría, que antes se llamaba ‘Electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones’, el precio tope será de 3.040.000 pesos.

En el listado están televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, máquinas de lavar y secar, aspiradoras, estufas, enceradoras de piso y trituradores eléctricos de desperdicios.

Productos eléctricos, incluidos electrodomésticos, podrán comprarse con descuento. Eso sí, estos tendrán que ser colombianos o con valor agregado en el país de más de 50 %.

Además, aparatos eléctricos como máquinas de afeitar, cepillos de dientes, calentadores de agua, secadores, planchas, calentadores de ambiente y ventiladores de uso doméstico, aires acondicionados y hornos eléctricos.

La lista la completan hornos microondas, planchas para cocinar, tostadores, cafeteras o teteras eléctricas, así como computadores personales y equipos de comunicaciones.

Artículos especializados para deportes:

Tendrá el mismo tope de la categoría anterior (3.040.000 pesos) y podrán comprarse diversos productos.

Entre estos, pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores, manillas, guantes (béisbol, softbol y boxeo) y zapatos especializados para deporte.

Además, podrán comprarse bicicletas, incluyendo las eléctricas, con un precio de venta con descuento por los días sin IVA.

Objetos de entretenimiento:

La categoría aplicará para muñecos que representen personajes, animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero y juegos electrónicos y videojuegos.

También para trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas y canicas.

Esta categoría incluye patinetas y patinetas eléctricas con un precio de venta por unidad igual o inferior a 15 unidades de valor tributario (UVT) o 570.060 pesos, dice el proyecto.

Artículos para el estudio:

El listado de este grupo es corto y también incluirá un tope de 570.060 pesos.

Allí hay cuadernos, software educativo, lápices, esferos, borradores, taja lápices, correctores, plastilina, pegantes y tijeras.

Bienes e insumos agropecuarios:

La última categoría, que aplicará para el sector agropecuario colombiano, tendrá un tope de 3.040.000 pesos

En esta clasifican semillas, frutos para la siembra, abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, insecticidas, raticidas y demás antirroedores.

También están fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación, reguladores del crecimiento de las plantas, sistemas de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego, guadañadoras y cosechadoras, entre otros.

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