El Consejo de Estado revisó un fallo que deslegitimaba el nombramiento de Daniel Palacios como ministro del Interior del Gobierno Iván Duque y encontró que, en efecto, su designación no cumplió con las normas. Este septiembre el Alto Tribunal se pronunció sobre el tema para ratificar que la administración anterior violó la Ley de Cuotas que exige que el 30 % de los más altos cargos del Estado sean ocupados por mujeres.
“Según un fallo del Consejo de Estado, el nombramiento de Daniel Palacios como ministro del Interior, durante el Gobierno anterior, violó la cuota mínima de género que exige que el 30 % de los más altos cargos del Estado sean ocupados por mujeres. (...) Por estas razones, se ratificó el fallo por medio del cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró nulo este acto administrativo, que fue objeto de una demanda, en ejercicio del medio de control de nulidad electoral”, indicó el Alto tribunal en su fallo de ratificación.
El problema inició a finales de 2020. En ese entonces el expresidente Duque designó a Palacios como ministro del Interior y enseguida distintos sectores le señalaron el incumplimiento a la Ley de Cuotas. A pesar de las advertencias, el nombramiento se hizo efectivo y Palacios quedó a cargo de la mencionada cartera de gobierno.
Así las cosas, en febrero de 2021 distintos actores, entre ellos el centro de estudios jurídicos y sociales DeJusticia, interpusieron una demanda para anular el nombramiento de Palacios.
Posteriormente, el primero de julio el Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó anular su elección. El fallo emitido por la corporación señaló que Iván Duque debió designar a una mujer al mando de esta cartera.
Con eso en mente, 30 días después Palacios apeló la decisión. A través de su cuenta de Twitter el exministro dijo que consideraba tener legitimidad en la cartera que dirige. En ese momento dijo que el Consejo de Estado había aprobado su nombramiento.
“Frente a decisión proferida por el T.A de Cundinamarca, respeto la decisión en primera instancia. Apelaré la decisión ante el Consejo de Estado, quien ya se había pronunciado frente a este mismo acto administrativo declarando la legalidad del mismo”, escribió.
Sin embargo, el Consejo de Estado no le dio la razón. Se argumentó que antes de que Palacios fuera nombrado, quien fungía como ministra del Interior era Alicia Arango. Así las cosas, en ese momento el gabinete estaba compuesto por seis mujeres, lo que equivalía a un 33,3% de todo el gabinete.
Cabe explicar que el 30 % de los 18 ministerios es una cifra compuesta por un número entero y un decimal de 5,4. De acuerdo con el fallo, ello implicaba que, para aplicar la cuota mínima, la cifra se debía aproximar al siguiente número entero, por tratarse de una interpretación más favorable a los intereses del género discriminado. Es decir que, para cumplir con la exigencia, se debía mantener a seis mujeres en el gabinete y no únicamente a cinco.
Sin embargo, el gobierno Duque solo dejo cinco de los 18 ministerios para que fueran dirigidos por mujeres, lo que equivale a un margen de solo el 27,7%, que es inferior al mínimo exigido por el artículo 4º de la Ley 581 del 2000.
Con este panorama, el Consejo de Estado negó las pretensiones formuladas en el recurso y confirmó la nulidad del acto de nombramiento del ministro Palacios. Aclaró que no procede declarar que en este caso exista cosa juzgada, pues en la demanda previa contra el nombramiento se había optado por no adelantar un juicio de juridicidad del acto, por considerarse que habían desaparecido las condiciones que se estimaban como irregulares y que motivaban la acción.
Cabe anotar que a la fecha no se sabe qué consecuencias tendrá esta decisión, pues la administración de Iván Duque terminó el pasado 7 de agosto y con ella también se dio por terminado el liderazgo de Palacios en el Ministerio del Interior.
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