Ministro de Transporte no podría cobrar SOAT a la fuerza

Hace una semana Guillermo Reyes aseguró que el seguro sería cobrado, “así sea por las malas”, con el fin que todos los conductores cumplieran con el requisito. No obstante, la legislación actual le impediría hacer este tipo de acciones

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Ministro de transporte, Guillermo Reyes,
Ministro de transporte, Guillermo Reyes, se defiende de acusaciones de plagio. Colprensa

El dilema con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, SOAT, sigue siendo un dolor de cabeza para las aseguradoras y al parecer para el gobierno nacional, esto teniendo en cuenta las declaraciones del ministro de transporte, Guillermo Reyes, en el marco de la Convención Internacional de Seguros, dónde aseguro que cobrarían por la fuerza este requisito, generando cobros coactivos a todos aquellos conductores que se les venza, además de ajustar las cámaras de videovigilancia para determinar qué placas tienen vigente o no esto. El dilema es que la legislación actual le impide al gobierno nacional generar estas acciones. Sigue el debate sobre la pertinencia, o no, de dicha normativa.

“El sector asegurador no quiere expedir Soat ya que está desfinanciado por la irresponsabilidad de los colombianos de cumplir con su obligación, pues hasta 61,85% de los propietarios de motocicletas no tiene Soat (...) la única forma de obligar a los colombianos a tener SOAT es a las malas (...) Incluiremos al sector asegurador para que aporten propuestas para ver cómo forzar al colombiano a tener Soat. No se puede sacar una moto con $50.000 y no tener Soat”, fueron las palabras del jefe de la cartera de transporte.

Hay un punto que resulta contradictorio y es que están obligando a tener un requisito, que dentro de su nombre dice, que es obligatorio, además, el gremio de las aseguradoras se une a esa preocupación, principalmente por las pérdidas que les está dejando la expedición de los SOAT. Fasecolda aseguró que en el 2021 detectaron cobros irregulares por más de 456 mil millones de pesos, sumados 238 mil millones que ya se perdieron en el primer semestre del 2022, culpando a entidades de salud, entre otras personas y empresas qué estarían defraudando a las compañías.

“Lamentablemente hay muchas modalidades de fraude, hay en algunas IPS del país y en algunas regiones verdaderos carteles encargados de defraudar el seguro obligatorio porque funciona bien, atendió cinco millones de heridos en los últimos seis años, imagínese lo que pasaría en el sistema de salud si no hubiera SOAT”, declaró el presidente de Fasecolda, Miguel Gómez Martínez.

¿Qué dice la normativa actual?

Actualmente en el país si el propietario de un vehículo no adquiere el SOAT, o no lo renueva, eso no le genera ningún tipo de multa o sanción, no obstante, si la autoridad competente lo sorprende sin este documento, la persona está sujeta a recibir un comparendo de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la inmovilización del vehículo y los costos que esto implica, por ejemplo, traslado en grúa y el tiempo dentro del parqueadero de las secretarías de movilidad, o patios cómo son conocidos.

Mas o menos, una grúa cuesta entre 140 mil y 150 mil pesos, dependiendo del tipo de vehículo qué se tenga y la ciudad donde se efectúe la inmovilización. Las tarifas varían por días, van desde los 9 mil hasta los 70 mil dependiendo de los mismos factores anteriores, y la cantidad de días qué el automotor o la motocicleta este dentro de dichos parqueaderos.

Varias veces ha intentado mediante proyectos de ley sancionar, de manera automática podría decirse, el hecho que un conductor no renueve el SOAT, por ejemplo, del año pasado a mediados de junio se radicó un proyecto que pretendía generar este tipo de cobros coactivos, pero, finalmente lo que se terminó aprobando fue un beneficio para aquellos buenos conductores, que además de adquirirlo a tiempo, no hagan uso del mismo durante el período de vigencia.

El Tiempo realizo varias entrevistas a abogados expertos en derecho de tránsito, los cuales concluyeron que la propuesta del ministro Reyes no es posible, ya que solo se pueden generar este tipo de cobros coactivos cuándo se radica un acto administrativo, en firme, y se sanciona a la persona como infractora.

De hecho, un fallo de la Corte Constitucional, dónde se avaló la ley 2161, asegura que solamente se podrá sancionar al propietario del vehículo, siempre y cuando se demuestre que el mismo ha incurrido en alguna infracción.

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