Educación para personas discapacitadas: Ministerio de Educación amplió el plazo para certificar los programas

Las 96 Entidades Territoriales Certificadas en Educación tendrán plazo hasta el 31 de octubre de 2023 para radicar el informe y el plan de trabajo

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En su propósito de desarrollar una educación inclusiva y desarrollar la participación de las personas que tienen alguna incapacidad, el Ministerio de Educación amplió los plazos para radicar el informe y el plan de trabajo de las 96 entidades que cuentan con los certificados para implementar las ofertas educativas en sus territorios.

De acuerdo a la Circular 021 de 2022, las 96 Entidades Territoriales Certificadas en Educación (ETC) tendrán como plazo hasta el 31 de octubre de 2023 para radicar en el ministerio el informe del proceso de caracterización y el plan de trabajo con acciones concretas, para iniciar el tránsito a ofertas educativas pertinentes para personas con discapacidad, en el marco de la inclusión y equidad en la educación.

Por eso el Ministerio de Educación Nacional atiende las inquietudes de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación (ETC) respecto al cumplimiento de las disposiciones y los plazos determinados en el contenido de la Circular 020 de 2022.

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Esta Circular busca reconocer la inclusión y la equidad como un proceso permanente, que valore y responda a las particularidades de todos los estudiantes con discapacidad, en los establecimientos educativos oficiales y no oficiales de Educación Preescolar, Básica y Media.

Es así que el informe del proceso de caracterización territorial como el plan de trabajo con decisiones y acciones concretas a mediano plazo, podrán ser radicados a más tardar el 31 de octubre de 2023 en el Sistema de Gestión Documental del Ministerio de Educación Nacional, Subdirección de Fomento de Competencias.

Igualmente, el plan de trabajo propuesto debe contemplar iniciar su implementación a más tardar el año lectivo de 2024, aunque podría comenzar antes, si así lo dispone la Secretaría de Educación Certificada. Es importante tener presente que este plan debe quedar en el marco del Plan de Acción de 2023.

De esta manera, el Ministerio de Educación Nacional trabaja para alcanzar el proceso de transformación de la oferta educativa y garantizar la materialización del derecho a la educación de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidad, en el marco de la inclusión y equidad en la educación.

La Circular 020 invita a las 96 Entidades Territoriales Certificadas a desarrollar ocho acciones para avanzar en la implementación de la educación inclusiva:

1. Las entidades territoriales deben revisar su marco normativo territorial para identificar decretos, directivas, circulares y demás orientaciones que vayan en contravía de lo dispuesto en la normatividad actual y así adelantar las acciones necesarias para derogarlas.

2. Realizar un análisis exhaustivo y caracterización de la oferta educativa brindada para niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidad en su territorio para identificar ofertas de educación que se presenten de manera segregada (donde los estudiantes con discapacidad son separados de estudiantes sin discapacidad y/o de su misma edad o se atienden en condiciones diferentes a los espacios físicos educativos o con ofertas que no sean educativas, por ejemplo atención de salud o de cuidado).

3. Si existen este tipo de ofertas, las Secretarías de Educación deben adelantar un proceso de tránsito progresivo, teniendo como prioridad a los estudiantes. Es vital revisar cada caso particular y tomar las decisiones y acciones correspondientes para garantizar el derecho a la educación inclusiva que promueva el desarrollo integral.

4. Identificar la ubicación geográfica del domicilio de los estudiantes con discapacidad para que puedan matricularse en establecimientos educativos cercanos a su lugar de residencia.

5. Implementar procesos de cualificación y formación permanente para Docentes, Directivos Docentes y Orientadores Escolares que favorezcan el tránsito de ofertas segregadas a ofertas enmarcadas en la educación inclusiva.

6. Realizar constante y articuladamente acciones para garantizar que la educación de calidad beneficie a todas las personas con discapacidad, en el marco de la inclusión y equidad en la educación.

7. Vincular a Docentes temporales de apoyo pedagógico viabilizados por el Ministerio, así como la contratación de intérpretes de Lengua de Señas Colombiana LSC, guías intérpretes, modelos lingüísticos, mediadores pedagógicos, docentes bilingües biculturales y tiflólogos, que requieren los estudiantes con discapacidad para garantizar su participación plena y efectiva en igualdad de condiciones con sus compañeros.

8. Realizar seguimiento permanente para que los niños de Primera Infancia con discapacidad que hacen tránsito para ingresar a los establecimientos educativos en el grado Transición, ingresen a los establecimientos educativos más cercanos a su residencia sin ningún tipo de barreras para su ingreso.

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