El Ministerio de Trabajo, en cabeza de la profesora, sindicalista y política colombiana, Gloria Inés Ramírez realizó una invitación para que todos los empleadores que han generado empleos en el mes de agosto, puedan acceder a los incentivos que está entregando en Gobierno Nacional.
Los empleadores que deseen ser partícipes de estos beneficios, tendrán plazo hasta el próximo jueves 29 de septiembre, para que se acerquen al cualquier entidad financiera y puedan llevar a cabo la pertinente inscripción. Este apoyo a generación de nuevo empleos estará vigente hasta agosto del 2023, según lo resaltado en la Ley 2155 de 221.
Cabe desatacar que a la fecha se ha hecho entrega de un aproximado de 625 mil empleos, siendo así los departamentos en donde se han entregado gran parte los beneficios e incentivos por parte del Gobierno Nacional, siendo estos: Bogotá (8.119), Antioquia (5.112), Valle del Cauca (2.216), Santander (1.212), Cundinamarca (1.168), Atlántico (942) y Norte de Santander (627).
Por otro lado, de estos 624.601 empleos que se han generado, 469.706 han correspondido a jóvenes entre las edades de 18 y 28 años; 83.6615 han sido para mujeres mayores de 28 años y 71.280 a hombres mayores de 28 años, estos según el reporte ofrecido por la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP).
Por otra parte, más de 24.400 empleadores en Colombia han recibido este tipo de incentivo por haber conseguido la generación de 624. 601 nuevos empleos a julio de 2022, de los cuales el Gobierno destinó 415.963 millones de pesos.
En cuanto al estímulo que tendrá vigencia hasta agosto de 2023 y en el cual el empleador podrá recibir un máximo de 12 pagos, este beneficiará a personas jurídicas, naturales, uniones temporales, consorcios, cooperativas y patrimonios autónomos.
Así pues, se deberá demostrar la calidad de empleador, mediante un a Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y las cooperativas de trabajo asociado que hayan logrado cotizar por el mes completo, trabajadores complementarios al comparar con las cotizaciones del mes de marzo de 2021, en consecuencia de sus trabajadores dependientes.
Por consiguiente a esto se debe realizar una verificación de los documentos de la correspondiente postulación del mes, por parte del control de las entidades financieras o cooperativas de ahorro y crédito. Esta información será trasladada a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales, a la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales los cuales realizarán la debida validación.
Estos son los criterios a tener en cuentas para los empleadores que deseen participar en estos incentivos por la generación de nuevos empleos en el país, por parte del Ministerio de Trabajo y el Gobierno Nacional:
1. Por trabajadores que hayan sido adicionados entre edades de 18 a 28 años, el empleador recibirá como incentivo el equivalente al 25% de un salario mínimo legal mensual vigente.
2. Al haber incluido en la nómina mujeres mayores de 28 años, se les otorgará un 15 % de un salario mínimo legal mensual vigente.
3. Cada hombre mayor de 28 años que hayan sido vinculados adicionalmente, se hará entrega del 10 % de un salario mínimo legal mensual vigente.
En cuanto a los parámetros de postulación que deben tener en cuenta los empleadores, para el mes de septiembre, deben presentar los siguientes documentos:
Formulario de manifestación de postulación para beneficios del incentivo a la generación de estos nuevos empleos, se bebe anexar los certificados de cumplimiento de requisitos y por último, copia del Registro Único Tributario (RUT) del empleador, expedido entre los seis meses previos a la postulación.
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