Corte Constitucional ordenó la reducción de precios del SOAT así como nuevas sanciones

Mientras para Fasecolda, la evasión, accidentalidad y fraude son los fenómenos que afectan al seguro y lo tienen en una fuerte crisis, el alto tribunal tomó medidas para disminuir su costo

Guardar
El SOAT electrónico se implementó
El SOAT electrónico se implementó en agosto del 2017 y que se puede comprar en línea en cualquiera de las plataformas de las compañías de seguros.

Después de que el ministro de Transporte, Guillermo Francisco Reyes, informara que en el país el 47 % de los propietarios de vehículos evade el pago del seguro, la Corte Constitucional dejó claro que los propietarios pueden acogerse a una reducción del valor del seguro.

La tarea más difícil que ha tenido el Ministerio de Transporte, a parte de entregar y garantizar buenas vías, es precisamente la de evitar los accidentes de tránsito, ya que constituyen entre el 1 y el 3 % del PIB del país. A parte de estas cifras, la Organización Mundial para la Salud confirmó que en el mundo se registran alrededor de 1.3 millones de muertos por accidentes de tránsito y cerca de 50 millones de personas sufren lesiones a causa de accidentes viales.

Vale recordar que en el país, de acuerdo con los datos de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), sólo hasta el 30 de junio de 2022 se registraron 3.783 muertes por accidente viales, siendo los motociclistas los causantes del 58.9 % del total, seguido por los peatones con el 22 %.

Le puede interesar: Gasolina para motos subsidiada a través del SOAT, la propuesta para reducir el incremento en los combustibles

El ministro Guillermo Reyes manifestó que se requiere el acompañamiento de las aseguradoras para extender el mensaje a los conductores de que el SOAT no es una adición de costos a sus gastos anuales, sino un seguro que protege la vida del conductor y de las demás personas que circulan por las vías del país.

Al mismo tiempo, la Corte Constitucional informó que los propietarios de los vehículos que sean sorprendidos sin el seguro podrían ser sancionados.

También aclaró que serán sancionados los dueños de los carros que se movilicen sin la revisión tecnicomecánica, que excedan los límites de velocidad y que no respeten los límites de velocidad. Pero también anunció que habrá reducción en el precio.

En un comunicado, la Corte afirmó que “La norma objetiva y razonablemente permite establecer que, si los propietarios de los vehículos velan porque estos circulen cumpliendo con las normas de tránsito, se disminuirá la accidentalidad en las vías, se garantizará que las víctimas de los accidentes de tránsito estén cubiertas con el SOAT y disminuirían las pólizas del mismo siniestradas”.

Además, la ley ordenó una reducción de los precios del SOAT. A juicio de la Sala Plena de la Corte Constitucional, que aprobó una ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, este tipo de incentivos pueden impulsar, asimismo, el objetivo de reducir la evasión.

“Más propietarios pueden buscar beneficiarse de la reducción en la tarifa del seguro establecida en la misma ley y, por tanto, más propietarios se verán inclinados a renovarlo oportunamente, e, incluso, adquirirlo por primera vez”, dice el comunicado del alto tribunal.

Algunos expertos aseguraron que la norma violaba, entre otros principios, el de la presunción de inocencia, porque podrían presentarse casos en los que el propietario del vehículo recibiera un comparendo por una infracción cometida cuando otra persona conducía.

No obstante, la Corte Constitucional descartó este argumento. A su vez, aclaró que se debe seguir un proceso sancionatorio con todas las garantías, cuando se impongan sanciones al dueño del carro por exceder la velocidad, irrespetar los semáforos o transitar por lugares no permitidos.

“La propiedad tiene una función social y ecológica, de la cual se desprenden unos deberes de diligencia y vigilancia respecto del bien sobre el cual esta recae, por una parte y, por la otra, en todo caso, frente al incumplimiento de los deberes que la ley impone, para que haya lugar a la sanción, deben respetarse las reglas propias del proceso administrativo sancionatorio en el cual se garanticen los derechos fundamentales de audiencia, defensa, contradicción y, en general del debido proceso”, informó la corte en el comunicado.

SEGUIR LEYENDO:

Guardar