Nueva batalla jurídica: el presidente de Grupo Sura demandó a las autoridades para quitarle las acciones al Grupo Gilinski

Gonzalo Pérez, presidente del Grupo Sura, demandó a Superintendencia Financiera, la Superintendencia de Salud y la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de tumbar el acto administrativo que otorgó acciones de algunas de las empresas del conglomerado al Grupo Gilinski

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Foto de archivo. Vista general
Foto de archivo. Vista general del edificio del colombiano Grupo SURA en Medellín, Colombia, 27 de febrero, 2018. REUTERS/Fredy Builes

Este domingo se conoció que Gonzalo Pérez, presidente del Grupo Sura, demandó a la Superintendencia Financiera, la Superintendencia de Salud y la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de que se declare la nulidad de los actos administrativos que avalaron la oferta pública de adquisición (OPA) lanzada por el Grupo Gilinski para adueñarse de las acciones de Nutresa, Sura y Argos, del Grupo Empresarial Antioqueño (GEA).

Así lo reveló la revista Semana, que además anexó un documento de 37 páginas en el que se constituye la denuncia pública en contra de las autoridades mencionadas ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

En noviembre de 2021 Jaime Gilinski inició una cruzada para adueñarse de las empresas del GEA y desde entonces ha invertido cerca de 10 billones de pesos que le han servido para ganar poder político y económico dentro de la organización. Ahora, Pérez, ha iniciado una batalla jurídica para tratar de impedir dicho proceso.

En un expediente, que incluye también a Ricardo Jaramillo, CFO del conglomerado, y Juan Luis Múnera, la cabeza legal, se hacen evidente todas las acciones jurídicas en contra de las autoridades regulatorias con el fin de tumbar el acto administrativo que le otorgó las acciones de algunas de las empresas del GEA al Grupo Gilinski, algo que la revista Semana llamó “amenazas y medidas intimidatorias”. Cabe recordar que Gabriel Gilinski es accionista mayoritario de dicha publicación.

Los recursos jurídicos en contra de las autoridades regulatorias incluyen cartas, derechos de petición y documentos formulados por abogados como Ramiro Bejarano Guzmán, Jaime Elías Robledo Vásquez (socio de Brigard y Urrutia) y Juan Carlos Esguerra Portocarrero.

Por ejemplo, en la demanda en contra de la Superintendencia de Salud, se argumenta que esta entidad infringió la ley “al haber aprobado la adquisición indirecta de acciones de EPS Sura sin haber hecho las verificaciones y las valoraciones que en derecho le correspondía (expedición irregular y falsa motivación)”. Previamente, la ‘Supersalud’ decidió “aprobar la solicitud de autorización previa para la adquisición indirecta de una participación no controlante del 10% o más de la composición del capital de la EPS Suramericana SA, presentada por las sociedades Nugil SAS y JGDB Holding SAS, de conformidad con el resultado de la Oferta Pública de Adquisición”.

Actualmente, el GEA no se configura como una corporación registrada como una sociedad, sino que funciona como una propiedad accionaria cruzada entre los holdings de la organización con el fin de blindarse de inversiones extranjeras o de un proceso de adquisición como el que justamente iniciaron los Gilinski.

Es de recordar que el grupo empresarial está en la mira de la Superintendencia de Sociedades para determinar si están actuando como conjunto para perseguir un mismo objetivo. Así lo indicó el superintendente delegado de Supervisión Societaria, Carlos Gerardo Mantilla, quien fue el encargado de enviar un oficio a la Superintendencia Financiera, este documento solicita de manera expresa hallar si en realidad, este conglomerado empresarial está funcionando como conjunto o de manera individual.

La Supersociedades basa su argumentación esencialmente en la ley 222 de 1995, marco legislativo que regula la consolidación de grupos empresariales o accionistas sobre las compañías. En esta misma regulación se ponderan situaciones como el derecho de retiro de una participación accionaria, el régimen de sociedades.

En esta ley también se aborda el tema de las matrices y los actos de subordinación, en este punto en específico se habla sobre cuándo un grupo empresarial es considerado como tal y hasta qué punto actúa transparentemente, situación que pretende determinar la Superintendencia de Sociedades sobre el GEA.

Lo que se pretende conocer con esta investigación de oficio es si este grupo empresarial se extralimita de sus propósitos que tiene sobre cada empresa, sea la cementera, prestadora de servicios en salud o la comercializadora de alimentos, para perseguir un objetivo conjunto que esté compartido por una sola matriz.

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