Fenalco rechaza la rumba hasta la 1 de la mañana en Cartagena

La Alcaldía de la ciudad busca implementar una serie de medidas para afrontar la ola de inseguridad, y una de ellas sería decretar el horario para la rumba hasta la 1 de la mañana, algo que no le gustó mucho al gremio

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Los establecimientos para el cosumo de alcohol solo podrían estar abiertos hasta la 1 a.m. EFE/Ricardo Maldonado Rozo
Los establecimientos para el cosumo de alcohol solo podrían estar abiertos hasta la 1 a.m. EFE/Ricardo Maldonado Rozo

La Federación Nacional de Comerciantes, Fenalco, expresó a través de un comunicado difundido a la opinión pública su preocupación por el borrador de decreto presentado por el Distrito de Cartagena, en el que se establece que el horario permitido para los establecimientos nocturnos y discotecas sería hasta la 1 de la mañana, y no hasta las 3, como está estipulado actualmente.

“Con mucha preocupación recibe Fenalco Bolívar las propuestas contenidas en los proyectos de decretos sometidos a consulta, sobre horarios y rumba segura. Ha sido reiterada la posición gremial frente a la naturaleza de las mismas en el sentido de que son restrictivas de las actividades económicas formales, trasladan mayores cargas y costos a los administrados, desplazan el ejercicio del control sobre particulares y desconocen las dinámicas propias de la adopción de decisiones de creación y puesta en marcha de empresas”, se puede leer en el comunicado de la federación gremial.

Y luego agrega: “Desde ya se confía en que las disposiciones que adopte la Administración, no impongan restricciones indebidas e injustificadas. La medida de reducción de horarios de establecimientos es la decisión más fácilmente adoptable para el ejercicio del control. Sin embargo, muestra el desafecto a los esfuerzos y a las muchas y costosas limitaciones”.

Este decreto haría parte de una serie de medidas de orden público que quiere implementar la Alcaldía de Cartagena para hacerle frente a la ola de inseguridad que golpea a la ciudad. Desde la Secretaría de del Interior y Convivencia Ciudadana aclararon que este no será el decreto definitivo, porque esperan socializarlo con diferentes actores que se puedan ver afectados.

En el primer artículo del borrador se puede leer que “Los establecimientos de comercio abiertos al público podrán funcionar en los siguientes horarios, siempre que se encuentren en zonas aptas de acuerdo con el plan de ordenamiento territorial vigente con venta y consumo de bebidas alcohólicas, tales como: bares, discotecas, estaderos, restaurantes, cantinas, bares, tabernas, billares, casinos y salones de juego localizados será desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta la una de la mañana (1:00 a.m.) del día siguiente”.

Luego dice que: “Los establecimientos con venta y sin consumo de bebidas alcohólicas, tales como tiendas, salsamentarias, estancos, licorerías, cigarrerías y similares, podrán expender bebidas alcohólicas desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta las doce de la noche (12:00 p.m.), y su funcionamiento será a partir de las cinco de la mañana (5:00 a.m.)”.

Los establecimientos que vendan alcohol, pero sin consumo, como los supermercados, podrían permanecer abiertos las 24 horas, pero solo podrían vender alcohol desde las 6 a.m. hasta la 1 a.m. “Los establecimientos denominados centros o clubes sociales públicos o privados, cuando ofrezcan servicios o actividades de recreación, se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas, se realizan bailes o cualquier tipo de espectáculo que no sea dirigido exclusivamente a socios o accionistas, sino al público en general, podrán funcionar desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta la dos de la mañana (2:00 a.m.) del día siguiente”, se lee en el borrador además.

Por otra parte, los establecimientos de bebidas alcohólicas ubicados en plazas de mercado podrían funcionar de 10 a.m. a 7 p.m. En cuanto a la venta de alcohol a domicilio, el parágrafo 2 del borrador dice que “La restricción contenida en el presente artículo no se aplica a las ventas de licores y/o bebidas alcohólicas y/o embriagantes a domicilio privado. No está permitido consumir bebidas alcohólicas y/o embriagantes en zonas comunes de edificios o unidades residenciales, con excepción de los salones comunales y zonas comunes con destinación exclusiva”.

También habría un toque de queda para menores de edad entre las 10 de la noche y las 5 de la mañana en toda la ciudad. Podrían estar fuera de sus casas en este horario, pero solo en compañía de sus padres y con justificación.

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