Acuerdo de Escazú: los pros y contras del acuerdo ambiental en Colombia

Tras la audiencia pública sobre el tratado ambiental que se llevó a cabo el pasado 1 de septiembre y la radicación de la ponencia positiva que busca dar celeridad a la implementación del acuerdo, Infobae Colombia se dio a la tarea de recopilar los puntos a favor y en contra que han surgido

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La senadora Maria Fernanda Cabal
La senadora Maria Fernanda Cabal ha sido una de las grandes detractoras del acuerdo. Carolina Giraldo, representante por Risaralda, ha sido una de las ponentes del acuerdo.

A ritmo acelerado comienza a moverse la ratificación del Acuerdo de Escazú que pese a haber sido firmado por Colombia el 11 de diciembre del 2019, ha enfrentado un proceso tortuoso por parte de consenso en el Legislativo.

La razón que permitiría que el país esté más cerca, estaría dada por la radicación de la primera ponencia positiva liderada por la representante a la Cámara por Risaralda, Carolina Giraldo. De ser aceptada, un único debate en la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes y una discusión en plenaria quedarían pendientes para lograr que el acuerdo pase de nuevo a votación.

El acuerdo, que en esencia se convierte en la herramienta para la protección del medioambiente y los derechos humanos, no solo busca garantizar el acceso a la información y la participación pública, sino también posibilita mayor acceso a la justicia en la materia.

Pero tales pretensiones, que lo convierten en uno de los acuerdos más importantes para la región en términos medioambientales, ha despertado en el país una serie de debates a favor y en contra. Infobae Colombia se puso en la tarea de indagar sobre los argumentos de cada cara de la moneda.

El Acuerdo de Escazú ,
El Acuerdo de Escazú , pese a haber sido firmado por Colombia el 11 de diciembre del 2019, ha enfrentado una ratificación difícil en el legislativo. Foto: Juan Camilo Díaz

Seguridad Jurídica

Uno de los aspectos que más se han discutido hasta la fecha gira en torno a la seguridad jurídica. Sin bien, algunos representantes de gremios, durante la audiencia pública realizada el pasado 1 de septiembre en la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes, manifestaron que esta se ve afectada con su implementación, son varios también los detractores.

María Fernanda Cabal, senadora por el partido Centro Democrático, le explicó a este medio que la inseguridad jurídica no es un asunto que recaiga sobre un solo sector sino que incide en todos los ámbitos. En ese sentido, explica, el acuerdo da pie a que el Estado recaiga en una “duplicidad normativa que generaría inseguridad jurídica, en asuntos vitales para el ordenamiento como el acceso a la información ambiental, la participación pública y el acceso a la justicia ambiental”.

En concordancia está Roberto Bruce, vicepresidente de Fedegán, quien en el marco de la audiencia explicó que actualmente Colombia ya cuenta con una normatividad extensa en la que no solo se comprenden aspectos como la participación ciudadana, sino también la protección al medioambiente ampliamente definida a través de licencias, planes de manejo y guías ambientales etc.

En tal sentido, dicha ratificación sólo contribuiría a sumar dificultades “que pueden llevar a situaciones insolubles respecto al adelantamiento de proyectos de interés nacional, desincentivar la inversión que tanto necesita el país y frenar la moderada senda de crecimiento y recuperación en la que nos encontramos bajo nuestro marco jurídico vigente”.

Sin embargo, para Carolina Giraldo, representante de la Alianza Verde y quién lideró la radicación de la primera ponencia positiva por la ratificación, el acuerdo no atenta contra la seguridad jurídica, sino que por el contrario, la fortalece, proporcionando estabilidad económica.

“Hoy en día al tener falta de información ambiental muchas veces los inversionistas y otros actores no saben cómo actuar frente a proyectos o inversiones. Esta información ambiental que va a ser más fácil de adquirir, gracias al Acuerdo de Escazú, va a facilitar que haya seguridad jurídica y también seguridad económica”, dijo en diálogo con Infobae Colombia.

A esto, se suma la perspectiva de Carlos de Miguel, jefe de la Unidad de Políticas para el Desarrollo Sostenible de la División de Desarrollo Sostenible y Asentamientos Humanos de la CEPAL, que afirmó durante la audiencia que el acuerdo no solo da más espacio a la seguridad jurídica, sino que le apunta a un fin último: dar paso al desarrollo sostenible, es decir, a “esa integración entre un buen crecimiento económico que lleve a una inclusión social y que proteja la base natural del desarrollo de las generaciones presentes y futuras al medio ambiente sano”.

Soberanía

Uno de los grandes temas alrededor del cual se ha creado un debate es lo que respecta a la soberanía. La doctora Mónica Villa Moreno, miembro de la junta directiva de la Asociación Colombiana de Exploración Acexplo y abogada especialista en derecho minero, aseguró en el marco de la audiencia que ésta puede verse amenazada pues “el Acuerdo de Escazú es un cheque en blanco que entrega la soberanía a las Naciones Unidas”.

En ese sentido, la abogada menciona al artículo 95 de la Constitución colombiana como suficiente normativa para nombrar a todos los ciudadanos defensores del medioambiente y de los derechos humanos. “¿Por qué entregarle a las Naciones Unidas la decisión de si lo estamos haciendo bien, regular o mal, con las sanciones que ello trae, cuando ni siquiera somos capaces de gobernarnos a nosotros mismos?”, indagó.

Asimismo lo destacó para Infobae Colombia María Fernanda Cabal, quien afirmó además que el acuerdo puede incurrir en una violación de dicho principio.

“Este acuerdo le da legitimación por activa a terceros para controvertir por vía administrativa o judicial las decisiones de particulares sobre su propiedad y de las comunidades étnicas. Les permite acudir también a los tribunales internacionales y pedir medidas cautelares ante estos para frenar proyectos minero-energéticos, agrícolas entre otros, claves para el desarrollo del país y sus regiones. En la práctica, con Escazú, se activa la Corte Internacional de Justicia, que permitiría a los Estados demandar a otros cuando considere que se está generando un daño ambiental transfronterizo. Esta, es una clara violación al principio de soberanía”, dijo a este medio.

La afirmación resulta contraria a los principios del acuerdo en el que se hace especial mención “al principio de soberanía permanente de los Estados sobre sus recursos naturales” y el “principio de igualdad soberana de los Estados”.

Además, para Carolina Giraldo hace parte de un mito que confunde pues “se ha creado alrededor del Acuerdo de Escazú mucha desinformación. La verdad es que no tiene nada que ver el Acuerdo de Escazú con la conformación de una Corte Internacional Ambiental. En el acuerdo no se pueden crear sanciones hacia los países. Hay unos mecanismos que ya existen a nivel internacional por los que se podrían dirimir conflictos ambientales internacionales, pero no se crea un nuevo mecanismo, como una nueva corte, que pueda por ejemplo sancionar a un país como Colombia”.

Así mismo, en la audiencia pública, la docente e investigadora de la Universidad del Rosario, Lina Muñoz, explicó que se han planteado muchas interpretaciones con lecturas erradas y equivocadas del acuerdo.

“Hoy hacen parte del acuerdo países con las economías más grandes de América Latina. ¿Será que ellos no se preguntaron si es que iba a haber una invasión a la soberanía? (...) Se ha dicho que el artículo 19 del acuerdo obliga a Colombia a someterse a la Corte Internacional de Justicia y esto es falso. Solo lo declara como una posibilidad, siempre que se haga expresamente por ambas partes en un conflicto. ¿Será que Colombia va a acceder nuevamente a ir a la Corte Internacional de Justicia de manera voluntaria ?”

Audiencia pública del pasado 1
Audiencia pública del pasado 1 de septiembre del 2022 en la Comisión Segunda de la Cámara de Representantes.

Medios de información

Uno de los aspectos más relevantes del acuerdo propone la implementación de medios de información. Esta determinación, para algunos críticos, carece de sentido, pues en la actualidad, el Estado colombiano ya cuenta con medios a través de los cuáles es posible mantener contacto y acceder a los insumos requeridos.

Hernando Alfonso Escobar Isaza, en representación de la Asociación Colombiana de Minería, señala que el Acuerdo de Escazú no fortalece la democracia ambiental y tampoco los medios de información.

“Ya existen desde 1984 suficientes normas para que el Estado entregue toda la información con excepción de los expedientes penales en investigación y las actas de los consejos de ministros. ¿Por qué cuando se envía un derecho de petición el Estado no contesta? El Estado no cumple las normas. Y ustedes, ¿qué le están proponiendo? Que el Acuerdo de Escazú, que es otra norma más, resuelva ese problema. No lo va a resolver, no lo puede resolver”, dijo en el marco de la audiencia pública.

Éste punto también lo expone la senadora Cabal, al destacar que de nuevo significa duplicidad normativa, en cuanto a que “contamos jurídicamente en Colombia con: Constitución Política, artículo 23 y artículo 74; Ley 1712 de 2014; Ley 1755 de 2015; Planes estratégicos sectoriales que garantizan la transparencia en sus procesos; Plataformas ANLA (Vital y Ágil); Sistemas de información de las CARs. En el caso de la Participación pública en asuntos ambientales, encontramos el siguiente desarrollo normativo: Constitución Política, Artículo 79; Ley 1757 de 2015; Convenio 169 de la OIT – Consulta previa y Sistemas de consulta de las Autoridades Ambientales”.

Pero si bien, la Constitución y el Estado sí se han preocupado por dar cabida a estos medios, lo cierto es que para quienes se encuentran a favor del tratado, estos mecanismos deben fortalecerse. Ángela Fernanda Garavito Jiménez, funcionaria del Ministerio del Interior, explicó en el marco de la audiencia, que el Estado sí tiene presente el derecho al acceso a la información ambiental en la normativa y la jurisprudencia colombiana y “en ese sentido, las obligaciones de acceso generación y divulgación de información ambiental consagradas en el acuerdo complementarán las acciones y mecanismos actualmente existentes”.

Carolina Giraldo también es consciente de ello. De hecho, señala que con la firma del acuerdo se “establece mayor transparencia en el acceso a la información ambiental que debe ser pública. Hoy, lo que pasa en Colombia es que no es clara esa información. Por ejemplo, si nos metemos a la página de cualquier CAR, por ejemplo la CAR de Risaralda, es muy difícil navegar esas páginas porque no cumplen con los estándares de transparencia que hoy ya existen en el país”. Así mismo, explica, la implementación de estos medios de información daría también pie a la creación de un centro de intercambio de información entre los países, que sería un mecanismo diseñado para facilitar la toma de decisiones en términos de políticas públicas.

Protección a líderes ambientales

En 2021, Global Witness afirmó que Colombia es el país en donde se presentan más asesinatos de líderes ambientales.

La grave situación que para el actual gobierno es uno de los temas más importantes de su agenda, no solo ha sido motivo para que Ángela Fernando Garavito Jiménez explique que hay establecidas varias acciones para poner en marcha el plan de emergencia de protección de líderes, profesores y firmantes del Acuerdo Final de Paz durante los primeros 100 días de Gobierno. Estas, cuenta, se verán fortalecidas y complementadas con la ratificación del acuerdo.

Carolina Giraldo coincide en ello, pues explica que en este momento se tienen unos mecanismos de protección en donde el Estado, “después de mucho tiempo, hace un análisis de riesgo que al final otorga un mecanismo de protección. Lo que se busca con el Acuerdo de Escazú es que por ejemplo, tengamos unas medidas de protección que sean preventivas, pero que además se hable de lo ambiental desde lo particular y desde lo colectivo. Además, es importante que haya un real acceso a la justicia, porque muchas veces estos casos quedan en la impunidad”.

Pero sin bien, el artículo 9 del documento habla de la necesidad de “tomar las medidas adecuadas efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir en el ejercicio de los derechos contemplados en el presente acuerdo”, lo cierto es que desde la otra orilla el tema no solo es abordado sobre el cuestionamiento de las capacidades del Estado para su protección, sino también sobre las acciones que ya se ejecutan para garantizar la vida de estas personas.

Hernando Alfonso Escobar Isaza, en representación de la Asociación Colombiana de Minería, durante el desarrollo de la audiencia pública se manifestó escéptico. “El acuerdo sólo establece normas de tipo declarativo, no existe una sola norma que proteja un defensor”, dijo.

En ese orden de ideas, cuando se le preguntó a la senadora María Fernanda Cabal sobre las formas en las cuales el acuerdo podría mejorar y garantizar la seguridad de los líderes ambientales, ella manifestó que en la actualidad el Estado ya provee estas medidas.

“En Colombia los llamados líderes sociales sufren la persecución y la amenaza de los grupos terroristas. De acuerdo con información de la Unidad Nacional de Protección, para 2021, el 49 % de los protegidos eran líderes sociales. Además de los mecanismos de protección constitucional y legal que le asiste a cada ciudadano, el Estado debe garantizar la seguridad de todos”.

Pero si bien el número de víctimas no da tregua en el país y existen errores que dejan en el limbo los fallos judiciales, la única certeza que existe es que el planeta atraviesa por una emergencia ambiental. Ésta situación, como lo han repetido innumerables veces los expertos, si no es abordada por sectores gubernamentales y privados a tiempo desde los ejes idóneos y siguiendo la línea de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, será más difícil de subsanar y seguirá comprometiendo no solo al medioambiente, sino también la vida de las personas.

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