Multas de tránsito: hasta el 14 de septiembre los morosos de Bogotá podrán acceder a un descuento

La Secretaría de Movilidad del Distrito tiene proyectado que 471.00 personas puedan acogerse a esta medida

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La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) informó que hasta el 14 de septiembre los ciudadanos que se encuentren en mora podrán acceder a un descuento para el pago oportuno de sus multas de tránsito. 
FOTO: ARCHIVO PARTICULAR
La Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) informó que hasta el 14 de septiembre los ciudadanos que se encuentren en mora podrán acceder a un descuento para el pago oportuno de sus multas de tránsito. FOTO: ARCHIVO PARTICULAR

El Distrito de Bogotá y la Secretaría de Movilidad anunciaron a toda la ciudadanía que hasta el próximo miércoles 14 de septiembre tendrá la posibilidad de acceder a descuentos para pagos de multas de tránsito impuestos antes del 30 de junio de 2021.

Cabe recordar que estos descuentos se realizan según el automotor o vehículo que conduzca el ciudadano, con base a esto, se aplicará la siguiente fórmula: 40 % para motocicletas y 20 % para vehículos sobre el valor capital de la deuda, además, no se cobrará intereses de mora.

Asimismo, la Secretaría de Movilidad hace una invitación a todo los deudores para que puedan aprovechar esta oportunidad y ponerse al día con la ciudad.

Esta es la infografía que detalla el paso a paso, para poder acceder a este beneficio antes de 14 de septiembre
Foto: vía movilidadbogota.gov.co
Esta es la infografía que detalla el paso a paso, para poder acceder a este beneficio antes de 14 de septiembre Foto: vía movilidadbogota.gov.co

“La Secretaría de Distrital de Movilidad hace un llamado a la ciudadanía para que se acoja a los beneficios de la Ley de Inversión Social, y pague sus multas impuestas por infracciones a las normas de tránsito antes del 14 de septiembre”, resaltó Sebastián Cortés, director de Gestión de Cobro.

Según La Ley 2155 de 14 de septiembre de 2021, llamada Ley de Inversión Social, se implementaron una serie de soluciones en materia social, fiscal y económica enmarcadas en tres objetivos específicos: la protección a los más vulnerables, la reactivación económica y estabilización de las finanzas públicas.

Así pues, con esta ley se han beneficiado hasta la fecha aproximadamente 33.546 ciudadanos y se proyecta que más de 471.00 personas se puedan acoger a esta medida, que vencerá el 14 de septiembre del presente año.

Desde la cuenta oficial de Twitter de la SDM @SectorMovilidad, el director de Gestión de Cobro de la Secretaría de Movilidad, Sebastián Cortés, aclaró la información pertinente a esta oportunidad de pago:

Esta es la información sobre los descuentos que se realizarán a los cobros pro comparendos impuestos

Al mismo tiempo, la SDM aclaró que no podrán acceder a los descuentos los ciudadanos que hayan sido multados por conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de alguna sustancia psicoactiva.

De esta manera usted podrá consultar para realizar el oportuno pago:

  1. Ingresar al sitio web de la Secretaría de Movilidad www.movilidadbogota.gov.co,
  2. Hacer clic en el botón Consulta de comparendos
  3. Digitar el número de documento de identidad o la placa del vehículo para acceder a la opción de ‘pagos’ de cada una de las obligaciones vigentes.
  4. Posteriormente, podrá efectuar el pago a través de la plataforma PSE o imprimir el volante de pago para cancelar en las sucursales bancarias o puntos autorizados.

Cabe recordar que según el artículo 2 del Código Nacional de Tránsito, el comparendo es una orden formal de notificación para que el presunto contraventor o implicado se presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción.

Para finalizar, la Secretaria de Movilidad recordó a todos los ciudadanos que no logren estar cobijados en esta oportunidad, que pueden acceder a un acuerdo de pago para lograr facilidades y beneficios.

Para poder acceder a este acuerdo de pago debe cumplir con los siguientes requisitos:

Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones establecidas

  1. Cédula de ciudadanía del deudor o codeudor (Fotocopia).
  2. Cédula de extranjería del deudor y/o codeudor (Fotocopia)
  3. Certificación de estado de cédula de ciudadanía expedida por la Registraduría.
  4. Fotocopia de un recibo de servicio público.
  5. Certificación bancaria.
  6. Certificación laboral o declaración de renta.
  7. El deudor debe aportar, garantías personales, reales, bancarias o de compañía de seguros.
  8. El acuerdo de pago se debe realizar personalmente o a través de un abogado con poder autenticado ante notario o a través de un tercero mediante autorización.
  9. Certificado de existencia y representación legal. En caso de ser persona jurídica.

Solicitar la suscripción del preacuerdo en los puntos de atención Centros de servicios de Movilidad Calle 13 y Paloquemao. Realizar el pago de la primera cuota dentro de los primeros cinco (5) días hábiles de realizado el pre-acuerdo de pago,

Reclamar la resolución del acuerdo de pago, según el caso. Para facilidades de pago de tránsito dentro de los tres (3) días hábiles siguientes después del pago de la primera cuota, en los puntos de atención.

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