En las últimas horas se conoció que, pese a estar preso por dirigir una presunta estructura criminal en varios departamentos de Colombia, el Consejo de Estado negó la demanda que pedía quitarle la investidura al senador Mario Castaño, del Partido Liberal.
De acuerdo con el tribunal, el demandante no cumplió con los parámetros exigidos para solicitar lo que coloquialmente se conoce como “muerte política”, que le imposibilitaría volver a ejercer algún cargo de elección popular. Hay que recordar que Castaño se ganó una curul en las elecciones legislativas del pasado 13 de marzo y alcanzó más de 68 mil votos.
A pesar de ello, no se pudo posesionar porque las autoridades lo capturaron para que respondiera por varios de los presuntos delitos de los que se le acusaban. Este fue el principal argumento del sujeto que demandó su investidura ante el Consejo de Estado, que negó las pretensiones y le dio un plazo de 10 días para corregir los errores de la demanda para volver a presentarla.
El demandante aseguraba que Mario Castaño había incurrido, supuestamente, en la violación del artículo 183 de la Constitución nacional donde se estipula que los congresistas que no tomen posesión de sus curules 8 días después del 20 de julio, que es cuando asumen los nuevos senadores y representantes, automáticamente serían inhabilitados para volver a hacer política.
“Razón por la cual, por actos atribuibles a su voluntad, no concurrió el 20 de julio pasado a tomar posesión como senador de la República para el período constitucional 2022-2026″, señala el sujeto en el auto del Consejo de Estado y que conoció la revista Semana.
Lo curioso de esta demanda es que el individuo se le pasó uno de los más elementales requisitos, que era avisarle al congresista liberal que enfrentaba un proceso de pérdida de investidura. Por esa razón, la magistrada Marta Nubia Velásquez Rico negó las pretensiones y le dio el mencionado plazo para hacer las correcciones solicitadas.
Para ello, la togada le explica al ciudadano que pide la muerte política de Castaño que emita la información pertinente para evaluar el caso: “De conformidad con lo requerido por esta norma, se observa que el solicitante no manifiesta ni acredita haber remitido la demanda y sus anexos al denunciado, no obstante que aporta su dirección de correo electrónico para efectos de notificación, por lo que deberá corregirse la demanda”, expresó la togada.
Este round ganado del senador liberal se conoce luego de que esta semana la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia anunció que Mario Castaño se someterá a una sentencia anticipada por el escándalo e investigación que enfrenta por un presunto entramado de corrupción que involucra a mandatarios locales, exalcaldes y contratistas del Estado.
La decisión del alto tribunal se dio luego de que el congresista liberal, capturado el pasado 7 de junio, le pidió a la Corte poder recibir una sentencia anticipada, lo que lleva a los togados a suspender la etapa de investigación en la que se encontraba el polémico caso de Castaño.
“Dentro del proceso contra el senador Mario Alberto Castaño, actualmente se encuentra privado de la libertad, el senador manifestó su interés de acogerse a sentencia anticipada. Por lo tanto, la Sala de Instrucción suspendió la discusión en torno a al cierre de la etapa de investigación para adelantar ese trámite pedido por la defensa del congresista”, señaló la Corte Suprema.
Con la decisión de Castaño de pedir que se le aplique la sentencia anticipada estaría admitiendo que, en efecto, habría participado en labores de corrupción. Tras esta solicitud, la Sala de Instrucción del alto tribunal colombiano podría darle algunos beneficios penales que reducirían su estadía en la cárcel. Sin embargo, como la Corte es la encargada de los aforados, ya no se enfocará en seguir investigando, sino que pasará directamente a determinar cuánto tiempo de prisión tendrá que pagar el congresista liberal.
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