Lo que deberán probar Mancuso y Jorge 40 para ser admitidos en la JEP

Los excomandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) tendrán la última oportunidad de ser admitidos en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), para lo que deberán entregar toda la verdad sobre su vínculo con las Fuerzas Armadas

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Los excomandantes de las Autodefensas
Los excomandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) tendrán su última oportunidad de ser admitidos en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en el caso de entregar toda la verdad frente a su vínculo con las fuerzas armadas . Salvatore Mancuso.

Este miércoles 31 de agosto, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) anunció que los excomandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) Salvatore Mancuso y Rodrigo Tovar Pupo, conocido como Jorge 40, tendrán la última oportunidad de ser admitidos en la justicia transicional.

La Sala de Apelación del tribunal de paz determinó que los exjefes paramilitares tendrán el último chance de contar toda la verdad que conocen del conflicto armado, incluidos sus vínculos con los altos mandos de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, para ser acogidos por la JEP.

“Esta es una audiencia de verdad total. Luego de participar en esta audiencia, si la Sala de Justicia entiende que ha sido exitosa, procederá a contrastar estos aportes para determinar si fueron presentes, efectivos y suficientes, y solo si pasa ese examen, que es complejo y riguroso, serán sometidos a esta jurisdicción”, señaló el presidente de la JEP, Eduardo Cifuentes.

Sin embargo, el magistrado aclaró que esta competencia no se extiende a los paramilitares en su conjunto, debido a que estos comparecen ante Justicia y Paz, sino que aplicará únicamente a los comandantes máximos de las autodefensas, quienes tuvieron el control de este “aparato militar y lo pusieron a disposición de la fuerza pública” y sobre quienes recae la responsabilidad de patrones de macrorciminalidad “conjuntamente diseñados o ejecutados”.

Foto de archivo. El jefe
Foto de archivo. El jefe de los escuadrones paramilitares de ultraderecha Salvatore Mancuso habla con periodistas en Campo Dos, zona rural del municipio de Tibú, en el departamento de Norte de Santander, Colombia, 9 de diciembre, 2004. REUTERS/Daniel Muñoz

Salvatore Mancuso

En el caso de Salvatore Mancuso, exjefe del estado mayor de las AUC y segundo comandante de las Autodefensas Unidas de Córdoba y el Urabá (ACCU), deberá demostrar su condición de “sujeto incorporado funcional y materialmente a la fuerza pública en su condición de bisagra o punto de conexión entre los aparatos militares y paramilitares, en calidad de posible máximo responsable de violaciones de derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH)”.

La JEP había rechazado la solicitud de su sometimiento en calidad de tercero civil, así como la que buscó como agente estatal de facto, luego de determinar que no cumplía con las condiciones establecidas al evidenciar que durante su trasegar criminal se desempeñó como miembro de los paramilitares; sin embargo, en este caso puede ser concebido como sujeto funcional al Estado.

“Lo anterior dado que aquel se apodera del ejercicio de funciones públicas y presta una contribución que podría ser determinante respecto de uno o varios patrones de criminalidad conjunta con miembros de la fuerza pública, con capacidad, además, de incidir tanto en la calificación de los hechos punibles como en la responsabilidad penal de los miembros del Ejército y de la Policía Nacional comprometidos en la combinación de fuerzas”, señaló la JEP.

Los excomandantes de las Autodefensas
Los excomandantes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) tendrán su última oportunidad de ser admitidos en la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), en el caso de entregar toda la verdad frente a su vínculo con las fuerzas armadas

Rodrigo Tovar, alias Jorge 40

En el caso de Rodrigo Tovar, alias Jorge 40, excomandante del Bloque Norte de las AUC, quien purgó una condena en Estados Unidos y regresó a Colombia en 2020, deberá demostrar que durante el conflicto armado asumió un rol de bisagra o punto de conexión entre esta estructura criminal con importante presencia en la región Caribe y asumió máxima responsabilidad en la comisión de patrones macrociminales con la fuerza pública como comandante paramilitar.

“En el auto se aclara que los sujetos incorporados funcional y materialmente al Estado no son miembros de este –ni de iure ni de facto– y tampoco tienen los derechos u obligaciones propios de los servidores públicos. Su reconocimiento tiene efectos únicamente en el proceso de justicia transicional que aplica la justicia transicional”, concluyó la JEP.

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