Aún después de décadas de avance en el tratamiento del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH), las personas que viven en esta condición deben enfrentar estigmas sociales que les impiden llevar la vida normal que la ciencia les ha permitido. Uno de esos obstáculos en Colombia se ha encontrado en la expedición de licencias de conducción.
La Corporación MásQueTresLetras, dedicada a la información sobre VIH para combatir estigmas, conoció el caso de una persona que en el trámite de la licencia de conducción en Bogotá, le solicitaron exámenes adicionales en base a su condición de salud, que no están contemplados en el proceso reglamentario.
Infobae Colombia conoció el testimonio del denunciante, un joven que vive con VIH desde hace tres años. Él adelanta el trámite para obtener la licencia de conducción, como parte de los documentos que espera tener para un viaje al extranjero, para lo que cuenta con apenas un mes.
Terminó las clases teóricas y para pasar a las prácticas del curso de conducción, le solicitaron los exámenes de aptitud física que se requieren para todos los aspirantes, los cuales se deben realizar ante un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado por el Ministerio de Transporte y que, aunque brindan servicios de baja complejidad, deben estar inscritos en “Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud”.
Estos centros tienen la obligación, según la Resolución 217 de 2014, de “calificar los resultados de acuerdo con las competencias científicas y técnicas adquiridas por el profesional de la salud, utilizando los medios científicos, escritos, orales, prácticos y por observación, con el fin de determinar si el solicitante posee la aptitud física, mental y de coordinación motriz para conducir un vehículo”.
El denunciante acudió a Metvida IPS por recomendación del centro de enseñanza donde realiza el curso, para obtener el certificado. Allí pasó la prueba psicológica en la que le preguntaron si tomaba medicamentos, a lo que manifestó que tomaba antirretrovirales para tratamiento de VIH. La profesional de la salud decidió omitir ese reporte, debido a que de acuerdo a la rúbrica podría interpretarse como sustancia psicoactiva.
Luego, el joven pasó a la prueba de medicina general que se realiza después de las pruebas mentales, físicas, auditivas y visuales, para que el médico realice una entrevista estructurada sobre su historial médico o diagnóstico clínico. Él, por su experiencia como paciente y trabajador en salud, decidió responder con sinceridad.
Al informar de su diagnóstico, según contó a este medio, la médica general le hizo preguntas tipo “cómo ocurrió el contagio” y qué medicamentos tomaba. Al terminar, pasó a la consulta visual y al salir le pidieron volver con la médica de la consulta general.
“Todo pensé menos que al llegar me iba a encontrar con esto”, señaló. La doctora le entregó un documento en el que le solicitaba un certificado de su médico tratante “en el que conste patología controlada, recuento de linfocitos T-CD4 y paciente apto para conducir”. En esta remisión no exigía ausencia de enfermedades infectocontagiosas, únicamente “certificar si la patología motivo de la remisión, está controlada o no (sic.), para determinar su aptitud para la conducción de vehículos automotores”.
Desde la evaluación, el denunciante sintió que algo extraño sucedía por haber informado de su diagnóstico, pero al pedirle el certificado lo confirmó. Él tenía cita de control, que son mensuales, hasta dentro de un mes, y no es fácil programar una nueva fecha; por lo que tuvo que ir hasta su IPS y esperar que el doctor tuviera un momento libre, para hablar con él.
El infectólogo, confundido por el requerimiento, le entregó un documento de dos líneas en el que señaló que se encontraba indetectable, es decir que el virus está controlado, y escribió “que no presenta contraindicación para conducción de ningún tipo de vehículo”. Al llevarlo al centro de certificación de conductores vio cómo se pasaban el documento de mano en mano, sin ningún protocolo y hasta el día siguiente le dieron el certificado.
Aunque en el documento de requerimiento de exámenes adicionales, la IPS se sustenta en el Anexo I de la Resolución 217, en el cual se detallan las patologías en las cuales se deben solicitar certificados médicos, en ese documento no aparece el VIH. En él solo se asocian condiciones que tienen algún tipo de relación con la capacidad de conducción, como fallas visuales, cardiacas, hematológicas, trastornos del sueño o mentales.
Entre las patologías de ese documento, se contempla que no se admite el síndrome de apena obstructiva a menos que se certifique favorablemente por un médico tratante que se encuentra controlada en tratamiento. El denunciante había sido operado de ese trastorno unos meses antes, con reconstrucción de las vías respiratorias, pero sobre esa condición no le solicitaron, pese a que sí se contempla en la norma, exámenes adicionales.
“Esto representa una discriminación para personas que viven con VIH porque es poner barreras. A esta persona le obligaron a hacer un trámite extra que le implicó tiempo, dinero y esfuerzo que a otras no se les pide. Es un trato diferencial. Si esta persona certificaba CD4 bajitos, ¿entonces le negaban la licencia? ¿La van a discriminar por eso? Cuando no hay ninguna ley que diga se debe negar por eso”, explicó a Infobae Miguel López, cofundador de MásQueTresLetras.
Estos centros están vigilados por el Ministerio de Transporte. Desde la Oficina de Regulación de esa entidad, confirmaron a este medio que ese tipo de exámenes no se deben solicitar. Así mismo, desde la Superintendencia de Transporte, que es la encargada de vigilar a estos CRC, señalaron que los exámenes médicos corresponden a psicológico, visual, auditivo y médico, “pero dentro del médico no podrían exigir uno de VIH porque no estaría relacionado esto con la aptitud para la conducción”.
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Sin embargo, no es la única entidad que estaría incurriendo en el error. Nelson Taibell, médico tratante magíster en VIH que atiende pacientes de esta población, señaló a Infobae que en el último mes han llegado a su consultorio dos personas solicitando el mismo documento que, si no fuera por su necesidad para cumplir con el tramite, lo negaría por ser innecesario.
“El primero me llamó mucho la atención porque uno no comprende para qué. Le pregunté y fue porque dijo que sufría de VIH. Él siente que inmediatamente cambió la tónica y le dijeron que no le iban a expedir el documento hasta que no llevara un certificado firmado por mí, donde yo básicamente ponía que él no era un riesgo de contagio, su CD4 estaban bien y su carga estaba normal”, sostuvo el doctor Taibell en diálogo con Infobae.
En los tres años que lleva atendiendo a personas que viven con VIH, solo hasta este año se ha presentado esa solicitud. Además, desde hace décadas se evidenció que las personas con esta condición no representa ningún riesgo para su vida en comunidad, ni por contacto físico directo y mucho menos si han alcanzado la indetectabilidad.
“El certificado de ese tipo que más se hace es para procedimientos invasivos, pero ya inmediatamente entras en un estado de normalidad (de carga viral), te puedes hacer la cirugía que tú quieras, no tienes ningún riesgo de nada. Si ni así se predispone para un problema, mucho menos para conducir”, explicó el experto en VIH.
Desde la Superintendencia señalan que, en este tipo de situaciones, las personas podrían presentar una acción de tutela. Sin embargo, ese proceso tardaría al menos 10 días, que extendería el tiempo que las personas dedican a la solicitud de la licencia de conducción.
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