El Estado colombiano, bajo la presidencia de Gustavo Petro Urrego, acatará las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, también conocida como CIDH, en lo que se refiere a los eventos que se dieron en el marco del Paro Nacional, que empezó a finales del mes de abril del año pasado (2021).
En una entrevista con semana, la directora de la Agencia Jurídica del Estado, Martha Lucía Zamora, afirma que -junto al Ministerio de Defensa- se está analizando el accionar de las Fuerzas Militares y lo dicho desde la CIDH.
Zamora dijo que ha mantenido comunicaciones con el nuevo ministro de Defensa, Iván Velásquez, con el fin examinar estas actuaciones, sobre todo por las demandas que ha recibido el Estado, lo que evoca un cambio de mentalidad en cuanto a la actuación de las FF.MM. en este tipo de hechos.
La directora de esta Agencia señaló que las actuaciones de las Fuerzas Militares en el Paro Nacional de 2021 se van a revisar en conformidad a la legislación activa en Colombia, pero que el propio presidente Gustavo Petro ha pedido que se revise los protocolos uy manuales del proceder en medio de las manifestaciones “ya que es toda una revolución de la fuerza pública”
Una de las recomendaciones de la CIDH es separar a la Policía Nacional (y con ella al Escuadrón Móvil Anti Disturbios -ESMAD-) del Ministerio de Defensa con el fin de que sus actuaciones vayan más acorde con un actuar dentro de las ciudades y en atención de su población y no bajo una perspectiva militar, como la del Ejército Nacional.
La CIDH dice que las actuaciones de los manifestantes en el mes de mayo del 2021 se vinculan con reivindicaciones estructurales e históricas de la sociedad colombiana, por el descontento e inequidad social y económica de la ciudadanía colombiana, que se encuentra constituida en el marco de la Constitución de 1991 y de los Acuerdos de la Habana en el 2016.
El mismo informe señala que se pudio establecer por un monitoreo que las manifestaciones sistemáticas (2019 -2021) tienen que ver aumento de los niveles de pobreza, inequidad y violencia y el aumento de asesinatos de líderes y lideresas sociales y firmantes de los Acuerdos de Paz entre el expresidente Juan Manuel Santos y la extinta guerrilla de las FARC.
Cuáles son las recomendaciones de la CIDH derribadas del Paro Nacional y el ejercicio de las FF.MM en ese marco
1. Promover el estándar interamericano según el cual los funcionarios públicos tienen el deber de abstenerse de realizar declaraciones que estigmaticen o inciten a la violencia contra las personas que participan de las manifestaciones y protestas.
2. Elaborar y aprobar una ley estatutaria que regule los alcances y limitaciones del derecho a la protesta en Colombia, de acuerdo con lo dictado por la Corte Suprema y en conformidad a los estándares internacionales en la materia.
3. Ejecutar, en el marco de las protestas y manifestaciones, los operativos de seguridad con estricto apego a los protocolos del uso legítimo de la fuerza y en cumplimiento a los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad establecidos en los estándares internacionales.
4. Asegurar que las fuerzas de seguridad que intervengan para proteger y controlar el desarrollo de las manifestaciones y protestas tengan como prioridad la defensa de la vida y la integridad de las personas, absteniéndose de detener arbitrariamente a manifestantes o de violar sus derechos en cualquier otra forma, de acuerdo con los protocolos vigentes.
5. Implementar, de manera inmediata, mecanismos para prohibir de manera efectiva el uso de la fuerza letal como recurso en las manifestaciones públicas.
6. Reforzar y reestructurar los procesos de formación, entrenamiento y capacitación de las personas integrantes de los cuerpos de seguridad del Estado, incluyendo un enfoque étnico-racial y de género.
7. En ámbitos de formación, usar protocolos de actuación y creación de mecanismos de rendición de cuentas, que promuevan que el Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad) cumpla funciones de garantía del orden público y el ejercicio del derecho a la protesta.
8. Separar a la Policía Nacional y su Esmad del Ministerio de Defensa, a fin de garantizar una estructura que consolide y preserve la seguridad y evite toda posibilidad de perspectivas militares.
9. Adoptar las medidas necesarias para asegurar la rendición de cuentas de las fuerzas de seguridad del Estado, por medio de la investigación, de forma imparcial, exhaustiva y expedita de las denuncias de violación de derechos humanos. Lo mismo que juzgar y sancionar a los responsables y reparar a las víctimas y sus familiares.
10. Sistematizar los datos sobre personas fallecidas, heridas, detenidas, desaparecidas y víctimas de violencia de género como consecuencia de las protestas sociales de manera transparente, actualizada, clara, concisa y articulada con la información brindada por la sociedad civil.
11. Proveer y coordinar con urgencia programas de reparación integral a las víctimas, especialmente en aquellos casos en la que agentes de seguridad del Estado incurrieron en actos de violencia sexual como mecanismo de tortura y provocaron traumas oculares con la finalidad de ejercer control sobre las personas manifestantes.
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